Las multas en Madrid por saltarse las Zonas de Bajas Emisiones y el protocolo de anticontaminación serán más caras

Las multas en Madrid por saltarse las Zonas de Bajas Emisiones y el protocolo de anticontaminación serán más caras
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En la reformada Ley de Tráfico se han incluido nuevas multas y una de ellas es que se impondrá por no cumplir con las restricciones impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) así como las aplicadas en los protocolos por episodios de elevada contaminación.

Y precisamente este nueva sanción, que es de 200 euros, se aplicará en Madrid una vez entre en vigor el 21 de marzo de 2022. Así lo ha confirmado el Ayuntamiento de Madrid, que además estrena ahora la denominada Madrid ZBE y cuya primera fase comienza este sábado, 1 de enero de 2022.

De 90 euros a 200 euros

Multa agente de movilidad de Madrid

Hasta el momento, y hasta el 20 de marzo, el acceso y la circulación en las zonas de bajas emisiones de Madrid a los coches y vehículos que no lo tienen permitido se sanciona y se sancionará con 90 euros.

Pero a partir del 21 de marzo no será así, tal y como señala el Ayuntamiento en el comunicado referente la nueva ZBE de Madrid:

El acceso no permitido a Madrid ZBE, al igual que con las otras dos ZBDEP, constituye una infracción leve de tráfico hasta el 20 de marzo inclusive del año 2022, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c), y puede ser sancionado conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con 90 euros.

Y es que precisamente el 21 de marzo entran en vigor el grueso de nuevas multas recogidas en la revisada Ley de Tráfico. Entre las mismas se disponen las que se aplican por incumplir las restricciones de la ZBE, así como por los protocolos por elevados episodios de contaminación.

En la reformulada normativa, estos incumplimientos pasan a estar entre los recogidos como infracciones graves y se contemplan en el Artículo 76 en el nuevo punto añadido z3):

No respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.

Todas las infracciones graves se sancionan con una multa de 200 euros, siendo por tanto la cuantía aplicada por incumplir estas medidas.

Hay que señalar que, según confirmó a Motorpasión la DGT, esta multa se propone como paraguas legal para "unificar este criterio a nivel estatal", pero los ayuntamientos seguirán teniendo potestad para aplicar la cuantía que consideren según su regulación municipal.

Pese a ello, el Ayuntamiento de Madrid ha optado por unificar la cuantía en base a la nueva Ley de Tráfico, lo que supondrá multas más caras por incumplir este precepto pasando de los actuales 90 euros a 200 euros.

Cómo, dónde y cuándo se aplica esta multa

Señal de la ZBE de especial protección del Distrito Centro de Madrid

Esta sanción se impone en Madrid por incumplir dos medidas diferenciadas: las restricciones de las ZBE y las del protocolo de anticontaminación.

Madrid dispone de tres áreas de Zonas de Bajas Emisiones que restringen la circulación a coches y vehículos, siendo las medidas que se aplican diferentes.

- ZBE de especial protección del Distrito Centro (antes Madrid Central): solo pueden circular libremente los coches y vehículos de etiqueta ECO y CERO. Los B y C únicamente pueden acceder si van directos a un aparcamiento. Los sin etiqueta tienen totalmente prohibido el acceso, aunque hay excepciones (residentes, comerciantes con local en la zona, vehículos de personas de movilidad reducida, de servicio etc.). Las multas están activas desde el 11 de diciembre de 2021.

- ZBE de especial protección Plaza Elíptica: se restringe el acceso y circulación a los coches y vehículos sin etiqueta de la DGT. También contempla excepciones: residentes, comerciantes con local en la zona, de servicio, etc. Si bien ha entrado en vigor el 22 de diciembre, las multas no empezarán hasta el 22 de febrero de 2022.

- Madrid ZBE: toda la capital pasará a ser una zona de bajas emisiones, comenzando la primera fase el 1 de enero de 2022, es decir, desde el sábado. Desde esa fecha y hasta el 31 de diciembre, no podrán acceder ni circular por toda la almendra central (zona interior enmarcada por la M-30) los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital. Se comenzará a multar el 1 de marzo de 2022.

Por otro lado, no cumplir con el protocolo por episodios de elevada contaminación también se sanciona con esta multa, y en el caso de Madrid también se discrimina por etiqueta de la DGT e implica diferentes restricciones según el nivel de escenario:

  • Exceder la velocidad de 70 km/h en M-30 y accesos a la capital desde la M-40 (a partir del escenario 1).
  • Circular por la almendra central y M-30 con un vehículo sin etiqueta medioambiental, incluyendo motocicletas (a partir del escenario 2).
  • Aparcar indebidamente en la zona regulada SER, sólo permitida para vehículos con etiqueta Eco y Cero (a partir del escenario 2).
  • Acceder y circular a toda la ciudad con un vehículo o motocicleta sin distintivo medioambiental (a partir del escenario 3).
  • Circular por la almendra central y M-30 con un vehículo con etiqueta B (a partir del escenario 4).
  • Circular por toda la ciudad con vehículos sin etiqueta y con distintivos B y C (escenario 5 y nunca aplicado hasta la fecha).

En Motorpasión | Estos son los factores que provocan la activación de los protocolos anticontaminación en las ciudades | El porqué de los planes anticontaminación: así calcula la UE las multas que impone a quienes se pasan de emisiones

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Comentarios cerrados
    • Tu mismo lo dices: libertad de circulación y establecimiento de las personas.

      Tu coche hasta le fecha no es una persona. Puedes ir andando como mejor te convenga siempre que respetes las leyes que promueven una mejor convivencia para todos.

      No me digas de los bienes. Tu coche también lo puedes poner encima de una grua (electrica por si acaso) y pasearlo por todo Madrid. Aaah, no, por las calles peatonales no podrá pasar. ¿Qué dirá al respecto de las calles peatonales el constitucional?

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    • El lío para las capitales va a ser monumental. Sobretodo para la gente que resida dentro de la zona, casi les obligan a desguazar sus coches viejos para adquirir unos con opciones de etiqueta....y por la pinta o bien 0 o bien ECO...porque la B o la C solo te permiten acceder a zonas de aparcamiento.

      Por otra parte, ya veremos si con eso hacen desaparecer la boina, o simplemente la convierten en un arco o la dispersan por los alrededores...la gran desventaja de Madrid (a fin de cuentas lo considero así) es que cualquier viajero del norte que quiera viajar al sur...a no ser que le pille cerca o bien la ruta de la plata o la AP7...está casi obligado a pasar por Madrid...espero que cuando vean resultados significativos, los publiquen y demuestren una diferencia notable de las medidas, y no para un simple desplazamiento de la famosa boina, perjudicando a otros que vivan por la periferia.

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      Madrid Central quedó anulado porque se planteó de forma chapucera, estaba lleno de inconsistencias y en general, era insostenible (en lo económico) para ciertos sectores. El artículo que mencionas no tiene nada que ver.

      Y aunque es triste, hay que recordar que están obligados a crear la nueva ordenanza de movilidad sostenible. Antes de 2023, todas las ciudades de más de 50.000 habitantes deben crear zonas de bajas emisiones. Y como es lógico, las restricciones se irán aplicando poco a poco, no a todos los vehículos de golpe.

      Siempre habrá perjudicados al principio, pero si no queremos hacerlo por el cambio climático, se hará para evitar la multa de la Comisión Europea xD.

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      "La libertad de circulación constitucional" no es la libertad de circulación con tu coche por aceras, calles peatonales, zonas restringidas al tráfico, ni aéreas de bajas emisiones. Es lo que tiene fumar ayusismo se creen que Libertad es hacer lo que te sale de los c.... siempre que te tomes una cervecita.

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    • Yo lo que no entiendo es como cada ayuntamiento puede legislar y restringir el tráfico de manera unilateral… este caso ya lo habéis comentado, será tumbado por inconstitucional, pero que cada ayuntamiento, incluso los pequeños, den prioridad de paso en un cruce a los ciclistas o se lo quiten, me parece una temeridad ( en Valencia incluso inventaron señales de tráfico) Yo que viajo, paso de una localidad a otra , he de conocer cada legislación local?? Eso es así? Eso es legal? Eso no es indefensión jurídica?

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