¿Cuándo podremos salir de nuestra comunidad autónoma con el coche? La nueva normalidad llegará el día 21, con reglas propias

¿Cuándo podremos salir de nuestra comunidad autónoma con el coche? La nueva normalidad llegará el día 21, con reglas propias
4 comentarios

El mapa de España se ha convertido en un complejo mosaico en el que confluyen la Fase 2, la Fase 3 y la nueva normalidad, todo a las puertas de que la última prórroga del estado de alarma llegue a su fin el día 21 de junio.

Sobrevolando la situación se encuentra una de las variables más complicadas de regular: la movilidad. ¿Cuándo podremos salir de nuestras comunidades autónomas con libertad?

21 de junio: fin de las restricciones a la movilidad

Maletas

El estado de alarma se ha prorrogado desde el 14 de marzo hasta en seis ocasiones, ya que sin este instrumento no es posible aplicar medidas de restricción a la movilidad en todo el territorio por parte del Ejecutivo central.

El Real Decreto 555/2020 establece la última prórroga del estado de alarma:

"La prórroga establecida en este real decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020 hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y en las disposiciones que lo modifican, aplican y desarrollan, sin perjuicio de lo que se establece en los artículos siguientes".

Esto significa que el domingo 21 de junio ya no habrá estado de alarma, y las restricciones a la movilidad entre comunidades autónomas desaparecerán en todo el país.

Además, el 22 de junio se abrirán las fronteras con la Unión Europea, excepto con Portugal, cuya fecha se pospone hasta el 1 de julio. Este día Europa también abrirá sus fronteras externas.

Ojo, porque la incertidumbre de cómo avanzará la pandemia impide saber si será con seguridad un adiós definitivo e indefinido del estado de alarma en España. Además, en la nueva normalidad las comunidades podrán decidir qué criterios aplican para 'regular' la vida cotidiana.

Camper

Por otro lado, el fin del estado de alarma no supone la desaparición de todas las medidas adoptadas, puesto que el uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio, al igual que el estricto control de aforos en espacios cerrados y al aire libre y la recomendación de guardar distancia de seguridad de 1,5 metros con el resto de personas, entre otras.

Según datos de La Moncloa de 14 junio, en España se han notificado un total de 243.928 casos confirmados de COVID-19 y 27.136 fallecidos. Madrid encabeza la lista, con 70.521 casos totales, seguida de Cataluña, con 59.820 y de Castilla y León, con 19.343 casos totales confirmados.

Galicia se adelanta a la nueva normalidad

Moncloa
Fuente: La Moncloa.

Actualmente la mayor parte del territorio español se encuentra en la Fase 3 de desescalada.

Solo Madrid, cuatro ciudades de Castilla y León (Ávila, Salamanca, Segovia y Soria) y varias zonas sanitarias de Cataluña (Alto Penedés y El Garraf, Barcelona, Metropolitana Norte y Metropolitana Sur y Lleida) se encuentran aún en Fase 2, por lo que pasarán directamente a la nueva normalidad el día 21 de junio.

Esto significa que los desplazamientos en estos territorios a otras comunidades autónomas siguen limitados a supuestos de necesidad contemplados en el estado de alarma.

Incluso tras el fin del estado de alarma, la movilidad podría verse restringida de nuevo entre territorios con distinta situación epidemiológica.

Galicia va paso por delante de todos ellos, puesto que hoy ha sido el primer territorio en decir adiós al estado de alarma.

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, pidió el pase adelantado a su comunidad, que recibió el visto bueno del Ministerio de Sanidad. Recordemos que en Fase 3 las comunidades pueden solicitar el fin del estado de alarma si cumplen con los criterios epidemiológicos en cuando a contagios y capacidad del sistema sanitario.

En este escenario, es posible que Cantabria también entre en los próximos días en la nueva normalidad.

Eso sí, los gobiernos regionales decidirán a qué ritmo avanzan en esta situación post-COVID-19 y por ejemplo Galicia no permitirá de momento la apertura de locales de ocio nocturno, dejando las fiestas populares y la apertura de parques infantiles para el 1 de julio.

De hecho, Feijóo ha adelantado que podría crear una norma de salud pública que permita "limitar la movilidad de algunos territorios" donde el número de contagios siga siendo alto.

En Motorpasión | Probamos el Ford Puma ST Line X 155 CV, un original SUV urbano que convence por su dinamismo y no tanto por su habitabilidad

Temas
Comentarios cerrados
    • Creo que convendría matizar que las conclusiones que se sacan de las palabras de Feijoo no son correctas.

      En ningún caso se podrán habilitar restricciones por parte de las CCAA macro que afecten a la generalidad de los territorios en base a criterios genéricos como el artículo da a entender. El ejemplo que pone es incorrecto: no hay ninguna base legal para que una CCAA restrinja a otra el desplazamiento de sus habitantes ya que es un derecho fundamental y sólo puede restringirse por un estado de alarma.

      A lo que se refiere es, como se hizo previo al estado de alarma, puede restringirse la movilidad a habitantes de focos concretos de infección, como sucedión e Igualada o en el hotel de Tenerife, todo ello sin decretar estado de alarma. Es eso lo que hay que regular.

    • 00:00 horas del día 21. Entonces, el domingo 21 ya se puede cambiar de comunidad? O hay que esperar al lunes 22?

    • Cerrar respuestas
    • Avatar de casedabeltran Respondiendo a casedabeltran

      por lo que se lee en la noticia, el mismo domingo ya se podrá viajar con libertad

    • Buenas tardes:

      En primer lugar, mi enhorabuena por este blog, que visito con mucha frecuencia, y en el que siempre encuentro contenidos de interés.

      Me gustaría puntualizar algo respecto a este artículo, dada su importancia: la mascarilla NO es obligatoria en la vía pública, espacios al aire libre, o espacios cerrados de uso público; sólo será obligatoria cuando NO sea posible mantener "una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros".

      Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

      Artículo 6. Uso obligatorio de mascarillas.
      1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

      a) En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
      https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-5895

    Inicio
    ×

    Utilizamos cookies de terceros para generar estadísticas de audiencia y mostrar publicidad personalizada analizando tu navegación. Si sigues navegando estarás aceptando su uso. Más información