El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona sobre el establecimiento de su Zona de Bajas Emisiones (ZBE), la cual restringe la circulación de los vehículos más contaminantes que carecen de etiqueta de la DGT.
Según recoge La Vanguardia, la resolución del tribunal considera que existe una desproporción en las restricciones y que su ámbito de aplicación es igualmente excesivo, tanto en lo referido a su extensión geográfica como en el tipo de vehículos excluidos. Asimismo, declara que algunas de las restricciones carecen de informes concluyentes que las avalen.
La sala Contenciosa anul·la l'ordenança de #ZBE de @bcn_ajuntament per manca d'informes que avalin algunes restriccions, excés de l'àmbit geogràfic d'implantació i massa restricció del tipus de vehicles afectats, entre altres motius. Estima així sis recursos de 10 col·lectius.
— TSJCat (@tsj_cat) March 21, 2022
En la emisión de la sentencia, la justicia catalana ha tenido en cuenta los recursos presentados por diez colectivos entre los cuales se encuentran la Plataforma de Afectados por las Restricciones Circulatorias, la Asociación de Familias Numerosas de Cataluña o la Federación Empresarial Catalana de Autotransporte.
Las multas seguirán pese a la anulación
A pesar de que la sentencia anula la existencia de la ZBE, ésta no se hará efectiva de manera inmediata dado que ninguno de los colectivos demandantes lo ha solicitado. Por tanto, el consistorio barcelonés seguirá sancionando a los vehículos sin etiqueta que accedan a ella.
Por el momento, la justicia está a la espera de recibir el recurso del Ayuntamiento. Cuando eso suceda, dictará en casación su resolución definitiva la cual, de seguir la misma dirección, sí supondrá el fin de las restricciones y las sanciones.
La ordenanza sobre la ZBE entró en vigor el 1 de enero de 2020, y es el espacio de restricción para vehículos contaminantes más extenso de España. Abarca una extensión superior a 95 km² que incluye no sólo Barcelona, sino también buena parte de su área metropolitana como Sant Adrià de Besòs o L'Hospitalet de Llobregat.
Precisamente en este punto, el TSJC señala en su sentencia que la aplicación de las restricciones no está adecuadamente justificada. Asimismo, resalta que los informes utilizados por el Ayuntamiento para su adopción contienen "datos no actualizados y no plantean ninguna alternativa de planificación que no sea la de prohibir de forma uniforme la circulación en toda la zona".
Sobre este razonamiento la sentencia recuerda que el puerto (la zona de la ciudad con mayores niveles de contaminación) se encuentra fuera del ámbito de la ZBE, mientras que otras zonas que sí pertenecen a ella no llegan a superar los límites de contaminación marcados por la UE.
Respecto a los vehículos afectados, el tribunal reconoce el efecto negativo de la medida en aquellos conductores que no pueden afrontar la renovación de sus vehículos. Actualmente, quien desee conducir un vehículo sin distintivo medioambiental (gasolina antes de 2000, diésel antes de 2006) por Barcelona sólo puede hacerlo los fines de semana, o entre las 20:00 y las 7:00 horas en días laborables.
Sobre ello la justicia concluye que "en el procedimiento de elaboración de la ordenanza no se ponderan suficientemente las consecuencias económicas y sociales que pueden derivarse de estas medidas para los titulares de un vehículo sin distintivo ambiental, ni se valoran medidas alternativas o menos restrictivas".
Siguiendo el camino de Madrid Central
A pesar de que el Ayuntamiento de Barcelona ya está preparando su respuesta en forma de recurso, la sentencia ha caído como un jarro de agua fría para el equipo de Ada Colau, quienes ya tenían encima de la mesa seguir extendiendo las restricciones de la ZBE, ahora sobre los vehículos con etiqueta 'B'.
Por ahora, los acontecimientos apuntan a que el caso barcelonés seguirá los pasos de lo ocurrido con Madrid Central. La ordenanza que dio origen a esta última fue tumbada definitivamente por el Tribunal Supremo hace casi un año, lo cual obligó al consistorio de Martínez-Almeida a reemplazarla por la puesta en marcha de Madrid 360.
De igual modo, la sentencia sobre la Ciudad Condal coincide en tiempo con la agenda propia del Gobierno central en esta materia. Y es que, antes de que termine este año, todos los municipios de más de 50.000 habitantes deberán contar con un plan para implementar zonas de bajas emisiones.
De momento, la recién renovada Ley de Tráfico ya pone medidas de su parte: a partir de hoy, quien incumpla las restricciones marcadas por las zonas de bajas emisiones cometerá una infracción grave castigada con multa de 200 euros.
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