Cierres perimetrales y toques de queda sin estado de alarma: las restricciones de movilidad de las Comunidades Autónomas

Cierres perimetrales y toques de queda sin estado de alarma: las restricciones de movilidad de las Comunidades Autónomas
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Datos revisados a fecha 14 de octubre de 2021.

Tras el fin del estado de alarma el pasado domingo 9 de mayo, todas las Comunidades Autónomas han levantado el cierre perimetral de su territorio. No obstante, hay regiones que mantienen el perimetraje en algunos municipios o zonas de elevada incidencia, y otras el toque de queda nocturno.

Hay que recordar que el estado de alarma servía de aval jurídico para que los gobiernos autonómicos aplicarán restricciones de movilidad, como el cierre de la totalidad de la comunidad o los toques de queda en las horas nocturnas.

Ahora las comunidades quedan únicamente amparadas en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que según su artículo tercero permite a las comunidades "adoptar las medidas oportunas" y que "consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible", que es tan amplia como ambigua para la adopción de restricciones de movilidad.

Cierres perimetrales y toques de queda sin estado de alarma en cada Comunidad Autónoma

De esta manera, la imposición de este tipo de medidas queda supeditada al aval de la justicia: es decir, que debe contar con la ratificación de los tribunales superiores autonómicos.

Sin embargo, el Gobierno, mediante decreto, ha modificado la ley que regula el contencioso administrativo incluyendo la posibilidad de que las comunidades puedan aplicar limitaciones que atentan contra los derechos fundamentales mediante autorización judicial.

Así, en caso de que las medidas propuestas sean rechazadas por los tribunales superiores, podrán acudir en casación al Tribunal Supremo, que revisará la posibilidad de que sean o no impuestas. Para ello, ya se está coordinando este organismo, pues debe responder en un plazo de cinco días, para agilizar el proceso.

Las restricciones de movilidad, por comunidad

Cierres perimetrales y toques de queda sin estado de alarma en cada Comunidad Autónoma

Como hasta el momento, en aquellas zonas o localidades perimetradas no se permitirá la entrada y salida de las mismas, a excepción de trayectos justificados: laborales, por motivos sanitarios, acudir a centros docentes, realizar trámites administrativos o exámenes, cuidado de personas dependientes o regreso al domicilio habitual, entre otros.

Estas zonas o municipios sí permiten viajes en tránsito, es decir atravesarlos siempre que el origen y destino no sea una zona o localidad perimetrada.

Andalucía

La comunidad aplica el cierre perimetral de municipios de más de 5.000 habitantes con una tasa de incidencia superior a los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes (Nivel 4).

La Junta también aplica el toque de queda nocturno, de 2:00 a 7:00 en las poblaciones que cumplan estos indicadores (más de 5.000 habitantes y una incidencia acumulada superior a 1.000 casos).

Ningún municipio está cerrado perimetralmente.

Ningún municipio tiene impuesto actualmente el toque de queda nocturno

De nuevo esta semana, la Junta de Andalucía no ha propuesto ningún municipio para aplicar el toque de queda o el cierre perimetral.

Aragón

Sin restricciones de movilidad.

Cantabria

Sin restricciones de movilidad.

Castilla y León

Sin restricciones de movilidad.

Castilla - La Mancha

Sin restricciones de movilidad.

Cataluña

Sin restricciones de movilidad.

Ceuta

Sin restricciones de movilidad.

Comunidad de Madrid

Sin restricciones de movilidad.

Comunidad Foral de Navarra

Sin restricciones de movilidad.

Comunidad Valenciana

Sin restricciones de movilidad.

Extremadura

La Junta aplica el cierre perimetral en los municipios de más de 1.500 habitantes con una incidencia acumulada superior a 500 casos, aunque en caso de otros más pequeños también pueden aplicarse valorándose individualmente.

Como excepción, en los municipios confinados se permite la movilidad a los ciudadanos que ya tengan la pauta completa de vacunación.

Ningún municipio tiene aplicado actualmente el cierre perimetral.

Galicia

Sin restricciones de movilidad.

Islas Baleares

Sin restricciones de movilidad, excepto que están prohibidas las reuniones entre no convivientes, tanto en la vía pública como en hogares, en horario nocturno que varía según nivel de incidencia.

Actualmente ninguna de las islas tiene aplicada esta restricción. La situación de cada isla se analiza semanalmente.

Se solicita la entrega de un test diagnóstico negativo (PCR, antígenos) para entrar a cualquiera de las islas, estando exentos:

- Los viajeros nacionales vacunados y los que provengan de comunidades con menos de 60 casos de incidencia acumulada.

- Residentes que acrediten haber pasado la enfermedad, hayan recibido la primera dosis de la vacuna (15 días antes mínimo) o vengan de comunidades con menos de 60 casos de incidencia.

Islas Canarias

Sin restricciones de movilidad.

Los viajaros nacionales deberán presentar una prueba PCR, de antígenos o TMA para entrar a las islas.

La Rioja

Sin restricciones de movilidad.

Melilla

Sin restricciones de movilidad.

País Vasco

Sin restricciones de movilidad.

Desde el 1 de septiembre el gobierno vasco ha levantado la prohibición de las reuniones sociales en la vía pública, aunque recomienda el confinamiento nocturno entre la 1:00 y las 6:00 y la limitación de reuniones en la calle en los municipios de elevada incidencia (más de 150 casos por 100.000 habitantes).

Principado de Asturias

Sin restricciones de movilidad.

Región de Murcia

Sin restricciones de movilidad.

El gobierno regional ha levantado la prohibición de reuniones entre no convivientes en la vía pública, además de en domicilios, en horario nocturno que se aplicaba entre las 2:00 y las 6:00.

Esta medida ha dejado de aplicarse independientemente del nivel de alerta de los municipios.

Toques de queda nocturnos: a qué hora empieza y termina en cada comunidad

Cierres perimetrales y toques de queda sin estado de alarma en cada Comunidad Autónoma

Al igual que en el caso de los cierres perimetrales, los desplazamientos en horario nocturno se limitan a trayectos justificados en aquellas comunidades, o zonas y municipios en su interior, que lo tienen impuesto.

Estas son las franjas horarias en las que lo aplican las comunidades en las que ya se ha avalado por la justicia.

comunidad autónoma

HORARIO

ANDALUCÍA

2 a 7 (en municipios de más de 5.000 habitantes y elevada incidencia)

ARAGÓN

-

ASTURIAS

-

CANTABRIA

-

CASTILLA - LA MANCHA

-

CASTILLA Y LEÓN

-

CATALUÑA

-

COMUNIDAD VALENCIANA

-

EXTREMADURA

-

GALICIA

-

ISLAS BALEARES

-

ISLAS CANARIAS

-

La rioja

-

MADRID

-

MURCIA

-

NAVARRA

-

PAÍS VASCO

-

ceuta

-

melilla

-

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Comentarios cerrados
    • interesante

      Creo que es la primera web donde veo todo correctamente indicado y actualizado. Por favor mantenedlo así porque es de gran ayuda.

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    • Avatar de virutasdd Respondiendo a Virutas

      La información no es del todo correcta. OJO con lo que leemos.

    • En las Islas Canarias no es correcto. Para acceder a las Islas Canarias, aparte de lo mencionado, es tan simple con cumplir uno de los siguientes requisitos:

      1. Haber recibido la pauta completa de vacunación contra la COVID-19 de una vacuna autorizada por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud, dentro de los 8 meses previos al desplazamiento.

      2. Haber recibido una dosis de una vacuna contra la COVID-19 autorizada por la Agencia Europea del Medicamento, con más de 15 días de antelación y dentro de los cuatro meses previos al desplazamiento.

      3. Haber pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

      Saludos.

    • Artículo 19
      Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

      Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

    • Cerrar respuestas
    • Así es, los gobiernos se están pasando la constitución por los santos cojones ya que se los permiten los borregos en este caso españoles.

      No tienen ningún derecho en poner toques de queda, ni confinamientos ni cierres perimetrales, son unos sinvergüenzas que están violando el derecho a ser mínimamente libre. Por qué viviendo en el sistema nunca seremos libres.

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    • Avatar de raulgm93 Respondiendo a Diablo

      Yo no les voté. Pero si que tienen derecho, lo ponen la leyes y en la constitución también los ampara lo puede poner un gobierno de la falange o uno anarquista.

      Cuando el gobierno central lo solicita sea del color que sea, los representantes que hemos votado todo los españoles son los que aprueba un estado de alarma o excepción. No lo hace el gobierno. Para que no tenga el poder absoluto.

      También tiene derecho, porque así lo indica la legislación, sin haber estado de alarma o excepción. Que las comunidades autónomas lo soliciten y que la justicia avale o no la restricciones.

      Por lo tanto lo que dices es falso, SI TIENEN DERECHO.

      SI GOBIERNA VOX SI TIENE DERECHO
      SI GOBIERNA PP SI TIENE DERECHO
      SI GOBIERNA EL PARTIDO ANIMALISTA SI TIENE DERECHO
      SI GOBIERNA PSOE SI TIENE DERECHO
      SI GOBIERNA PODEMOS SI TIENE DERECHO
      SI GOBIERNA ERC SI TIENE DERECHO
      SI GOBIERNA TERUEL EXISTE SI TIENE DERECHO

      Te ha quedado claro y te sigo dando argumentos?

    • Incluso durante el estado de alarma se podía cambiar de residencia. Durante el confinamiento.

      Si no eres capaz de entender y saber que hay mas legislación y contextualizar el momento pues yo tampoco.

      También tenía libertad de circulación, los infectados de Ébola, por qué nos los defendieron para que pudieran matar a casi toda la población del país?

      Te preguntó en algún momento a quién habías votado para dejarte circular durante los toques de queda o el confinamiento. A los de Podemos sí los dejaban salir por las noches y a los del PNV no?

      También hay derecho a la protección efectiva de la salud.

      Eso es cómo si alguien se mete en tu casa y dice artículo x todos los españoles tenemos derecho a la vivienda.

      El error del gobierno fue no solicitar el estado de excepción. Que también aparece en la construcción, en la misma constitución que me has dicho. El estado de alarma limita derechos y el de excepción suspende. Según el constitucional el gobierno debería haber solicitado la más alta de las restricciones de derechos posibles.

    • "Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos"

      Habrá quien discrepe, pero yo diría que no lo limitan por motivos políticos ni ideológicos, sino sanitarios

    • Menos en Canarias que según la justicia nos afecta a nuestros derechos fundamentales y no está justificado pese a estar en lo peor de la pandemia con 1000 casos diarios.

      Cualquier medida que se se intente implementar el TSJC las niega sistemáticamente y por último el supremo tampoco.

      En Canarias tenemos la ventaja de la insularidad somos 8 islas y cada una una barrera natural entre nosotros y además entre península.

      Los niveles y restricciones se hacían por isla, hasta que le toco a los hosteleros de Tenerife por los desmadres de su población.

      La justicia no acepta que una isla se aisle, del resto, tampoco toque de queda, ni limitar los cierres. Tampoco deja que se tomen medidas viendo cómo crece un pico enorme.

      No se a qué están esperando los hippies del gobierno central a solicitar el estado de excepción ante la atadura de pies y manos a la que nos somete la voluntad de los jueces.

      Gracias a los hosteleros podemos hacer cómo si nada pasara mientras mueren y se quedan con secuelas nuestros familiares y amigos.

      Mientras el resto de empresas se hunde por el egoísmo de los hosteleros de Tenerife, al alargar las consecuencias de la pandemia.
      Tienen los restaurantes abierto pero mo van a venir ni de Reino Unido, no de Alemania ni de ningún lado. Todo con la la complicidad de la injusticia que tenemos en España.

      El gobierno de Canarias debería revisar a ver si hay alguien de los que van a un restaurante cumplen con tener la mascarilla salvo en el momento de ingerir el alimento. Lo general es que se oa quiten al sentarse y se la pongan después de salir de la terraza o restaurante. Prácticamente nadie cumple en la hostelería y todo con el beneplácito del restaurante. Multa a restaurantes y clientes, la justicia dice que pueden estar abierto cuando quieran, pero también que la mascarilla es obligatoria.

      Ya es que no piso un restaurante desde poco antes del inicio de la pandemia, es que no lo voy a hacer hasta años después de que termine.

    • Lo que dice el artículo de Canarias de supremo está anulado. También está anulado que pidan pasaporte covid para acceder a restaurantes.

      Eso sí casi ningún país recomienda que vengan a Canarias. Tenemos 1000 casos diarios, en la islas es lo peor que hemos pasado desde que se inició la pandemia.

      Yo si fuese peninsular no vendría aquí, sí quieren poner más en peligro su vida venga ahora. Visiten la zona turística, Arona con 1124 casos IA 14 días y con las UCI acupadas al 29% sólo por casos Covid . Es Riesgo extremo. Es muy probable que lleven un recordatorio.

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