Según el Confidencial Digital, la DGT está sancionando a 121 km/h en zonas de 120 km/h (turismos sin remolque y motocicletas) desde hace dos semanas. Eso supondría pasarse por el forro, con perdón de la expresión, los márgenes de medición que están instaurados de forma legal. No he encontrado otra fuente que refuerce esta información.
En cambio, se puede leer en el Diario del Siglo XXI, vía Agencia Servimedia, que la DGT negó ayer mismo que se estén violando los márgenes de medición, y que están sancionando a +8 a +12 km/h sobre el límite legal de velocidad. No se han cambiado sensores en cualquier caso, siguen siendo los mismos cinemómetros.
Aunque la tabla de sanciones actual permite multar a +1 km/h, los sistemas de medición, ya sean por ondas (radar) o por imágenes (control de tramo), tienen un error de medición que establece el Instituto de Metrología. Además, hay un error máximo limitado por el BOE, Orden ITC/3123/2010, del 26 de noviembre.
El velocímetro del coche, por razones de homologación, nunca marca menos velocidad de la real, siempre más, aunque sea +1 km/h (como vimos en el SEAT Exeo 2.0 TDI que probamos en 2009). Pueden marcar hasta un 12% más de la velocidad real, lo normal es que el error ande en +4 a +10 km/h sobre la velocidad real.
Esto implica que el que circula a la velocidad exacta del tramo o punto controlado, según su marcador, es inmune a una sanción por exceso de velocidad (si el tipo de vehículo que lleva puede, claro). A 121 km/h reales, si te llega una multa, recúrrela, porque ganarás.
Si el Confidencial está en lo cierto, cosa que voy a poner en duda, estas sanciones no tendrían soporte legal y se desestimarían. Ahora bien, tal y como recomendó Josep Camós recientemente en Motorpasión, no conviene jugar con los márgenes de medición, que nos podemos pasar de listos.
Pero si alguien cree que puede haber sido cazado, puede consultar TESTRA y ver si tiene alguna sanción. Personalmente no le doy mucha veracidad a la información del Confidencial, no se puede poner una sanción por exceso de velocidad pasando por encima de la normativa al efecto, y eso va a misa.
Esos márgenes también pueden salvar a más de uno de “comerse” un radar a 130 km/h de marcador, e incluso 135 según el modelo, pero lo ideal es no circular a más de la velocidad real que marcan las señales. Es un método a prueba de fallos, salvo que haya señalización por obras y les haya dado por recalibrar el cinemómetro.
Ni siquiera los radares de tramo pueden multar, legalmente, a +1 km/h, aunque técnicamente tienen una precisión casi total. Los márgenes están ahí, y mientras sigan en su sitio, permiten la defensión contra un exceso por los pelos, a todas luces inofensivo, ya que a 121 y a 120 km/h la probabilidad de tener un accidente es prácticamente la misma.
Fuente | El Confidencial Digital, Diario del Siglo XXI
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