La Dirección General de Tráfico ha tomado cartas por fin en el asunto de los patinetes eléctricos. A través del nuevo Real Decreto 970/2020 por el que se modifica el Reglamento de Circulación los vehículos de movilidad personal (VMP) ya tendrán una normativa específica, y no ha gustado a todo el mundo.
Los cambios en materia de Tráfico que atañen a los VMP no son pocos como ya hemos explicado, y entre ellos está la documentación necesaria que deberán portar, pero ¿de qué se trata? Vamos a explicarlo.
La documentación obligatoria para los VMP, en código QR
Si bien la DGT no va a exigir que los patinetes eléctricos y el resto de VMP no requieran ningún tipo de formación o licencia, ni matrícula, ni que tengan un seguro (aunque no se descarta en un futuro), sí que se les va a requerir que lleven una documentación mínima obligatoria.
Los usuarios de patinetes eléctricos tendrán que disponer de un certificado de circulación en el que se refleje que tienen los requisitos técnicos mínimos necesarios para su uso en vías públicas. Una documentación que no se exigirá de manera inmediata sino que se definirá durante los próximos meses mediante una resolución y que empezará a pedirse 24 meses después de su aprobación.
Este certificado tendrá que estar recogido en el manual de características de VMP, donde se detallarán de forma dinámica los criterios técnicos tanto a nivel estatal como de la Unión Europea recogiendo los cambios técnicos a medida que vayan evolucionando e incluyendo nuevos modelos.
La documentación bastará con un código QR donde se recojan todas las características del modelo en uso, a lo que Pere Navarro ha añadido también que se desarrollarán medidas específicas para evitar el trucaje de los VMP. Una práctica que se está extendiendo también en el mundo de los patinetes eléctricos.
¿Y qué pasa con los usuarios que ya tengan un patinete eléctrico pero no dispongan del certificado? En este caso el propietario tendrá que ponerse en contacto con el fabricante o distribuidor de su patinete eléctrico para conseguir la documentación necesaria antes de que sea exigible.
Más cambios para los patinetes eléctricos
Aparte de esta documentación, la DGT ha hecho públicos todos los cambios normativos que atañen a los VMP como la no obligatoriedad de llevar casco y su exclusión definitiva de las aceras, circulando sólo por la calzada. Además también se detalla que tendrán que seguir las mismas normas de circulación del resto de vehículos y con una velocidad máxima no superior a 25 km/h.
Eso sí, queda limitado su uso a entornos urbanos, prohibiéndose de este modo su circulación tanto por zonas peatonales como por autopistas y autovías dentro de poblado, tramos interurbanos y travesías. Sí podrán circular por carriles bici.
Donde el Gobierno ha hecho hincapié en lo referente a los patinetes eléctricos y su proliferación indiscriminada es en la definición de cómo deben ser. Se definen los VMP como vehículos de una o más ruedas propulsados exclusivamente por motores eléctricos y que únicamente podrán tener asiento en caso de contar con sistema de autoequilibrado.
De esta manera se quedan fuera de la normativa todos esos mal llamados patinetes eléctricos que se estaban comercializando hasta ahora y que se asemejaban más a ciclos a motor, ciclomotores o incluso motocicletas. Los vehículos para personas con movilidad reducida quedan fuera de esta clasificación.
Todos estos cambios no han sentado nada bien al colectivo de usuarios de patinetes eléctricos. Las asociaciones que recogen a los conductores de VMP ven en la nueva normativa un ataque frontal contra ellos calificando las exigencias como discriminatorias hacia su colectivo.
Una normativa que pone trabas a las alternativas de movilidad sostenible en un momento donde son más necesarios que nunca. Es inconcebible que en lugar de su equiparación a las bicicletas les incluyan restricciones que buscan anular su potencial como alternativa al coche. https://t.co/MHryJvTKyi
— AUVMP 🛴🔌 (@auvmpmad) November 10, 2020
Para los usuarios de VMP este nuevo marco que va a implantar el Gobierno a través de la DGT "anula el potencial" de los patinetes eléctricos con restricciones que no se imponen a las bicicletas. Para ellos VMP y bicicletas deberían ir de la mano y ven un sinsentido que no se les deje circular por tramos interurbanos. Algo que es cuestionable desde la perspectiva de la seguridad.
Cientos de pueblos conectados por carretera interurbana a veces con buen arcén. Para ayudar a la "España vaciada" un #patineteelectrico (puede alcanzar 25 km/h y mantenerse) estará prohibido mientras que, por ejemplo, una bici a 10 km/h sí podrá.#asíNohttps://t.co/eEutwjGP51 pic.twitter.com/6SxCh2IIJ6
— en Patinete por Madrid (@patinetePorMad) November 10, 2020
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