Un juzgado de Madrid sienta precedente en la capital al anular una multa por exceso de velocidad por superar el límite a 30 km/h a un conductor. ¿El motivo? Que no estaba señalizado dicho límite el cual no podía aplicarse de forma genérica ya que no se trata de una vía con un solo carril por sentido en toda su extensión.
El recurso presentado a través de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha sido estimado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid fallando a favor del sancionado por el consistorio. Según esta entidad, el Ayuntamiento madrileño habría sancionado injustamente, en la misma calle a unos 1.500 automovilistas.
Si bien los nuevos límites de velocidad en ciudad se han impuesto de forma generalizada en toda España desde mayo de este año, Madrid era una de las ciudades que ya estaba aplicando previamente este límite en las calles de un carril por sentido, siendo una de las medidas de su Ordenanza de Movilidad Sostenible que entró en vigor en octubre de 2018.
No obstante, pese a que han pasado más de tres años desde la llegada del limite a 30 km/h en Madrid, el consistorio no ha señalizado correctamente y como debiera toda esta zona.
Sin señal no puede haber multa
Y es que la sanción que ahora se ha anulado fue impuesta en septiembre de 2020. Según la notificación emitida a este conductor, circulaba a 46 km/h por una vía donde regía el nuevo límite a 30 km/h, según determina el Artículo 17 de la Ordenanza de Movilidad y que se aplica en las calles de un solo carril por sentido.
Pero, según se recoge en la resolución judicial, "la vía donde se formula la denuncia, Nuestra Señora de Valverde, no es una vía de un único carril por sentido como se puede comprobar en las fotografías aportadas".
De tal manera que para imponer esta sanción, el juez considera que es necesario que se acredite la limitación mediante una señal para exigir dicho límite y por tanto poder sancionar a quien lo incumple.
En concreto la multa fue aplicada en el nº 193 de la mencionada calle Nuestra Señora Valverde (la antigua carretera de Fuencarral) y el juzgado entiende que, dado que no existe señal alguna que acredite la limitación, se debiera aplicar el límite genérico de 50 km/h ya que "en algunos de sus tramos no es una vía de un único carril por sentido".
La multa que le fue impuesta era de 100 euros, que podría quedarse en 50 euros con pronto pago, pero el automovilista optó por recurrirla a través de esta asociación.
Y le ha salido bien, porque al dar la razón al sancionado el juzgado en la sentencia obliga al Ayuntamiento (el denunciante) a asumir los costes judiciales derivados de imponer el recurso, es decir 200 euros, tal y como se impone en el Artículo 139 de la Ley Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Más de 1.500 multas injustas y a vueltas con la señalización de los ayuntamientos
Según expone AEA, esta anulación podría sentar un precedente en las denuncias por rebasar el límite de 30 km/h en dicha calle y que se fijan en cerca de 1.500.
Y a la par, esta entidad también señala que las multas por incumplir el límite a 30 km/h se han disparado en general en la capital: en el primer trimestre de 2019 se fijaron en 1.424 mientras que en idéntico periodo en 2021 se han incrementado a 2.720 denuncias, lo que supone casi el doble.
AEA defiende que este aumento no se debe a "la voluntad infractora de los conductores" sino a la "dificultad que tienen éstos para conocer cual es el límite de velocidad que rige en cada calle si no hay una señalización concreta", en palabras de su presidente, Mario Arnaldo.
Y a ello se suma, según reclama Arnaldo, que la obligación de señalizar correctamente que deben cumplir los ayuntamientos, ni siquiera la respalda la DGT.
Así lo afirmó el propio Pere Navarro, director general de Tráfico, la semana pasada en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados: "A la DGT nos sale que va a haber menos señales porque antes, como era a 50 kilómetros, se tenía que poner en cada sitio la señal de 30 kilómetros por hora. Ahora, como lo hemos hecho por Boletín Oficial del Estado, con el cartel de que se entra en zona 30 ya no hace falta que se ponga hasta el final".
En definitiva, los ayuntamientos anticipan la norma pero no cumplen con su parte de dar la información necesaria a los conductores para que la misma se cumpla y además parece que tienen manga ancha para ello dada la posición de la DGT.
Pero según defiende AEA señalizar correctamente los límites de velocidad no solo es conveniente por razones de seguridad vial, sino que es obligatorio para que se cumplan los derechos legítimos de los conductores de cara a posibles sanciones.
Por eso insta al Ayuntamiento de Madrid la realización de una auditoria de la gestión de las multas de circulación para "evitar el injusto peregrinaje de recursos al que se somete a los ciudadanos". Y en este caso concreto se habría sancionado injustamente a 1.500 automovilistas en la capital, lo que podría "provocar el colapso de la justicia madrileña".
Madrid no es la única ciudad donde se han anulado sanciones por este motivo y con el límite a 30 km/h como protagonista, por ejemplo en Vitoria (País Vasco), a principios de año más de 1.000 multas fueron anuladas precisamente porque el tramo carecía de la señal pertinente y disponía de dos carriles por sentido.
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