El nuevo certificado que necesitas para ir a trabajar si desempeñas un servicio esencial, en detalle

El nuevo certificado que necesitas para ir a trabajar si desempeñas un servicio esencial, en detalle
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Desde el pasado lunes, el Gobierno limitó la movilidad a las actividades no esenciales a fin de restringir aún más la libertad de desplazamientos en el marco del estado de alarma.

Así se anunció en rueda de prensa el domingo y entró en vigor un día después al publicarse en el BOE el Real Decreto por el que se reguló un permiso retribuido recuperable para los asalariados (es decir, por cuenta ajena) que no presten servicios esenciales y, por otra parte, se estipuló que aquellos que sí realicen una actividad esencial deberán portar un certificado que así lo acredite cuando se desplacen a sus puestos de trabajo.

Una "declaración responsable" para ir a trabajar

Certificado Ir A Trabajar

Se trata de un "modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo y en la que se indique que la persona trabajadora portadora del mismo puede continuar realizando desplazamientos a su lugar de trabajo o de desarrollo de su actividad de representación sindical o empresarial".

Así queda definido en la Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, a través de la cual el Ejecutivo especifica que dicho certificado solo es válido para "personas trabajadoras por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable y aquellas otras dedicadas a la actividad de representación sindical o empresarial".

Los autónomos quedan fuera del permiso retribuido recuperable y, por ende, de las limitaciones de movilidad y actividades señaladas como esenciales ya que únicamente se aplica a las personas trabajadoras por cuenta ajena.

Guardia Civil Trafico 3

El modelo recoge los datos de la empresa (domicilio, teléfono, dirección...), así como los datos de la persona representante. También indica los datos del trabajador y la declaración de que "reúne las condiciones para no acogerse al permiso retribuido recuperable establecido en el Real Decreto-ley 10/2020".

El certificado de desplazamiento llega después de que el Gobierno lo descartase en un principio con "carácter obligatorio al no estar previsto por Interior", por lo que la Guardia Civil no lo exigía, pero si se consideraba recomendable para agilizar las comprobaciones de los agentes.

Si bien, José Luis Martínez-Almeida, alcalde de Madrid, se anticipó a la decisión del Gobierno y decretó que la Policía Municipal de la capital multe a cualquier persona que se dirija a trabajar y no pueda documentarlo desde el pasado 24 de marzo.

Cabe recordar que en los viajes permitidos durante el estado de alarma podrán ir dos personas en el coche, una por cada fila de asientos, y el incumplimiento de esta normativa acarrea multas de entre 100 y 600.000 euros e incluso pena de cárcel.

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