La Guardia Civil ha denunciado en una semana a 5.794 conductores por conducción distraída, de ellos 2.267 por uso del móvil. Estas denuncias son el resultado de la última campaña de vigilancia y concienciación sobre el peligro que suponen las distracciones al volante que la DGT ha realizado entre el 16 y el 22 de septiembre y a la que se han añadido controles en las vías de varios municipios.
Ojo, porque muchos conductores han sido cazados durante este periodo por conducir comiendo, por fumar, por buscar objetos e incluso por leer documentos durante la conducción.
Aún hay personas que usan auriculares al volante
Según ha informado la DGT, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado más de 342.00 vehículos que circulaban por carreteras convencionales y han efectuado 8.213 controles en los que han denunciado a 5.794 conductores, de los cuales, el 38,5% de las mismas (2.267) fueron por utilizar manualmente el teléfono móvil mientras conducían.
De hecho, en su particular caballo de batalla contra las distracciones, la DGT ha incluido en el borrador de modificación de la Ley del Permiso por Puntos aumentar de 3 a 6 los puntos a detraer en caso de que el conductor vaya manipulando el móvil.
Durante esta breve campaña de vigilancia también se han dado muchos casos de otras distracciones que no siempre se tienen en cuenta a la hora de considerar una multa, como comer, beber o fumar.
Así, un total de 1.392 denuncias han sido formuladas por otras infracciones que provocaban distracción: 32 por conducir comiendo, 372 por colocarse el cinturón durante la conducción, 6 por fumar, 78 por búsqueda de objetos, 128 por lectura de documentos mientras conducen o 32 por distracción con otros usuarios.
No, no está prohibido fumar al volante. PERO puede ser causa de #distracción y por tanto de #accidente. Que por un 🚬 tu vida no se quede en humo. pic.twitter.com/kU836ahcAu
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 9, 2018
Lo cierto es que en España no existe una ley que regule la acción de fumar al volante, solo sus consecuencias en base al artículo 18.1 del Reglamento de Circulación:
"1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".
Es decir, si la acción de fumar se convierte en una distracción, puede ser considerada como una falta leve, que está sancionada con una multa de 100 euros. Tirar colillas por la ventana sí se considera una falta grave, que conlleva una sanción de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet debido al riesgo de provocar un incendio.
También han sido denunciados durante esta campaña 384 conductores por usar cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido y 33 por manipular navegadores pantallas de acceso a internet, reproductores de vídeo o DVD durante la conducción.
Ojo, porque la DGT ahora tiene otro aliado más en la labor de vigilancia: los drones.