El pasado jueves 9 de abril, finalizó el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, en el que se recogía el permiso retribuido recuperable para los asalariados (es decir, por cuenta ajena) que no presten servicios esenciales y, con él, las restricciones de movilidad para los empleados de este tipo de actividades que volvieron al trabajo ayer lunes.
Por tanto, se regresa a la situación de antes del 30 de marzo puesto que el estado de alarma continuará vigente hasta, al menos, el 26 de abril. Los sectores no esenciales que desempeñaban su labor antes del permiso retribuido recuperable son, principalmente, la construcción y gran parte de la industria, y la DGT ha emitido una serie de consejos para su desplazamiento al trabajo.
Las mascarillas, para el transporte público
🚗En los desplazamientos al trabajo:
— Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) April 11, 2020
🔹Andando, en bicicleta o en moto no es necesario llevar mascarilla
🔹En los coches solo debe ir una persona por cada fila de asientos
🔹Guarda las distancia de seguridad en el transporte público. #COVID19 #EsteVirusLoParamosUnidos pic.twitter.com/qKpNDFvatk
En primer lugar, el organismo público recuerda la importancia de mantener una distancia interpersonal de unos 2 metros en todo momento.
En los casos en los que el desplazamiento al puesto de trabajo se realice a pie, será responsabilidad individual, mientras que se si viaja en autobús el conductor será quien vele porque se controle el aforo y la mencionada distancia entre los ocupantes. En metro o tren se debe respetar igualmente la distancia.
Por otra parte, el Ejecutivo se encargó este pasado lunes de llevar a cabo un reparto masivo de mascarillas reutilizables en estaciones de transporte público, las cuales aconseja llevar cuando se utilice este tipo de medio de transporte siempre que sea higiénica, no médica. Si bien, no es obligatorio.
Una medida de prevención para contener la propagación del COVID-19 que, en cambio, no es recomendable si se va a trabajar en vehículo privado: no es necesario portar mascarilla en turismos, bicicletas o motos.
Cabe recordar que en caso de que se utilice el coche como medio de transporte, sea privado o un taxi o VTC, solo puede viajar una persona por cada fila de asientos y manteniendo la mayor distancia posible, tal y como recoge el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
En los desplazamientos autorizados en el art.7 del RD del #estadodealarma, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, podrá ir como máximo un ocupante por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre ocupantes.#EsteVirusLoParamosUnidos pic.twitter.com/QkIiswotEB
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) March 25, 2020
Por otra parte, se recomienda extremar la limpieza del vehículo, en consonancia con la guía de buenas prácticas en centros de trabajo para prevenir los contagios del COVID-19 que ha hecho pública La Moncloa.
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