La justicia ha puesto hoy un punto y seguido en el culebrón desatado entre el sector del taxi y el de los vehículos de arrendamiento con conductor (VTC). O bueno, más concretamente en la lucha del taxi contra las nuevas aplicaciones de alquiler de coches con conductor a las que consideran competencia desleal y por la que en 2015 la Federación Profesional del Taxi de Madrid (Fedetaxi) interpuso una demanda contra Cabify.
Hoy, el Juzgado Mercantil número 12 de Madrid ha tumbado la demanda y dejando sin argumentos (al menos de momento) a los taxistas que el pasado día 26 de mayo se manifestaron airadamente en el centro de Madrid reclamando la defensa de su negocio.
No hay responsabilidades que exigir a Cabify
Para ser justos, la sentencia en realidad ni da ni quita la razón a los argumentos que esgrimen los taxistas. El juez ha considerado que la supuesta deslealtad competitiva en la que Cabify estaría incurriendo es responsabilidad de los conductores que hacen uso de las licencias VTC en el desarrollo de su actividad y no de la empresa que actúa como proveedora de servicios de transporte.
Estas irregularidades a las que Fedetaxi hace referencia son en su mayor parte la captación de clientes en la vía pública o la circulación sin la hoja de ruta correspondiente que se les exige a las VTC, acciones sobra las que no cabe exigencia de responsabilidades a la empresa para la que trabajan estos conductores.
Además la sentencia también recoge que "no se ha podido demostrar que Cabify incitase a los conductores ni a los propietarios de estas licencias a cometer ninguna de estas infracciones", descargando de toda culpa a Maxi Mobility Spain S.L. (matriz de Cabify en España) y considerando que la empresa no ha obtenido ninguna ventaja competitiva.
Churras, merinas, Cabify y VTC
Aquí, como de costumbre, se juntan churras con merinas. Habrá VTC piratas o conductores captando clientes a pie de calle (en todos lados cuecen habas), pero de ahí a que sea la norma general de todas las VTC o el modelo de negocio de una empresa al completo hay un trecho. Un cliente de Cabify esperando al coche que ha pedido a través de su app no es captar un cliente a pie de calle.
Conociendo desde dentro el mundo de las VTC y más concretamente a Cabify, puedo contarte que hay dos modos de que un cliente solicite los servicios de uno de los coches asociados a esta empresa. Bien mediante reserva previa, entrando en la app y diciendo dónde y cuándo quieres un coche en tu puerta, o bien a través de la aplicación en tiempo, solicitando un coche y esperando a que llegue.
Es más, y poniéndonos en el peor de los casos que existiera captación, no hay manera de "introducir" en la aplicación de Cabify a un cliente captado en la vía pública. Si un conductor deja a un cliente de Cabify, circula "de vacío" y consigue un cliente, ese cliente será del conductor como autónomo, no de Cabify. Por cierto, realizar servicios de transporte propios o para un tercero mientras un conductor de Cabify está conectado a la aplicación es sancionado por la multinacional.
De hecho, esta sentencia viene a reflejar que en caso de darse estas acciones irregulares serán motivadas de forma individual por algunos conductores, teniendo que demostrarse que esos conductores en concreto son quienes están cometiendo competencia desleal.
Desde hoy, día en el que se ha hecho pública la resolución, Fedetaxi tiene 20 días para presentar un recurso de apelaciones que será respondido por la Audiencia Provincial de Madrid. Previsiblemente los taxistas recurran a ello, pues ya anunciaron en la última manifestación que "vamos a morir matando" según palabras del conocido como "Peseto Loco", uno de los taxistas más activos y perteneciente a la asociación Elite Taxi, el colectivo más radical dentro del sector.