Cada vez que repostamos combustible en una gasolinera, prácticamente la mitad de lo que pagamos son impuestos, como puede verse desglosado aquí. En España parte de estos impuestos son fijos, mientras que otros varían según la cantidad repostada, como el denominado impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH).
Este impuesto tuvo un tramo que dependía de las Comunidades Autónomas entre 2013 y 2018, que permitía que el precio del combustible pudiese variar drásticamente dependiendo de la región. Ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal dicho tramo autonómico, pero los conductores podrían no recuperar nunca los miles de millones recaudados durante esos cinco años.
Hasta 6.500 millones de euros con un destino incierto
Desde 2013 hasta 2018 inclusive, el impuesto de Hidrocarburos en España permitía a las CCAA aplicar un tipo impositivo adicional al fijo estatal de 2,4 céntimos/litro que sumaba hasta 4,8 céntimos por litro de combustible repostado, lo que se traducía en precios muy diferentes al repostar en según qué región.
En 2019 esto cambió, pasando a gravar los carburantes en dos tramos (general y especial) los cuales se aplican sobre cada mil litros del combustible en cuestión, y varía según qué combustible repostemos. Por ejemplo, actualmente, en España el IEH es de 0,472 euros/litro en el caso de la gasolina sin plomo 95 y 0,379 euros/litro para el gasóleo A.
A esta cifra hay que añadirle el conocido como tramo especial, que suma 7,2 céntimos/litro. 21% de IVA.
⚗️ El #TJUE ha declarado ilegal la modificación realizada por el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, sobre el Impuesto Especial de #Hidrocarburos, que permitió a las Comunidades Autónomas aplicar un suplemento propio entre 2013 y 2018.https://t.co/O3BNbNHhC1
— Economist & Jurist (@EconomistJurist) May 31, 2024
Pues bien, es ahora cuando el TJUE ha dictaminado que es ilegal que las regiones de un mismo país apliquen tipos impositivos diferenciados para un mismo producto y uso, ya que esto, según los magistrados, “podría fragmentar el mercado interior y comprometer la libre circulación de mercancías”. Dicha sentencia, se produce a raíz de un litigio entre la distribuidora de combustibles DISA y sus proveedores, como recoge El País.
El fallo abre la puerta a posibles reclamaciones por parte de los consumidores y empresas que pagaron el tramo autonómico del impuesto durante esos cinco años. Según datos de la Agencia Tributaria, la cifra total de devoluciones podría ascender a más de 6.500 millones de euros, aunque la cantidad exacta y el proceso para reclamar todavía están en discusión.
El asunto incluso “podría desembocar en que los transportistas exigieran por lo civil la devolución del impuesto a las gasolineras, lo que crearía una situación complicada”, recoge ABC.
Aunque la Agencia Tributaria establece que los sujetos pasivos del impuesto son las empresas distribuidoras y no los consumidores finales, lo que podría complicar las reclamaciones directas por parte de los ciudadanos. En caso de que el Tribunal Supremo no permita las devoluciones, las empresas afectadas podrían recurrir a la responsabilidad patrimonial del Estado o a la vía civil para exigir compensaciones.
Desde el Ministerio de Hacienda, ahora bajo la dirección de María Jesús Montero, se ha señalado al anterior gobierno del Partido Popular, responsable de implementar este tramo autonómico. Hacienda ha destacado que esta es una de las múltiples sentencias que han anulado medidas fiscales del anterior gobierno, atribuyendo la situación a una “mala praxis legislativa”.
La declaración de ilegalidad del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos por parte del TJUE marca un importante precedente en la legislación fiscal europea y española. Aunque el futuro de las reclamaciones y devoluciones aún es incierto, la sentencia subraya la necesidad de armonizar las políticas fiscales para evitar la fragmentación del mercado y asegurar una competencia justa en toda la Unión Europea.