Los coches con etiqueta medioambiental Cero Emisiones y ECO podrán circular por 'Madrid Central'

Los coches con etiqueta medioambiental Cero Emisiones y ECO podrán circular por 'Madrid Central'
21 comentarios
HOY SE HABLA DE

El cierre del tráfico al centro de Madrid se enmarca en el proyecto denominado 'Madrid Central', que se pondrá en marcha en noviembre. Una de las novedades incluidas en la nueva Ordenanza de Movilidad recientemente aprobada es que los vehículos con etiquetas medioambientales ECO y Cero podrán acceder y circular libremente por esta área, además de otras excepciones ya previstas.

Priorización del transporte colectivo, los peatones y los ciclistas

Destacada Madrid Central
Este es el logo elegido para representar el proyecto y que se pintará en la calzada de los accesos.

A mediados de mayo se dieron a conocer las primeras pinceladas de este drástico plan que busca atajar el problema de la contaminación tras un toque de atención de Bruselas a España; el país no será demandado de momento. Por entonces conocimos que habría excepciones, como los vehículos de los residentes o aquellos considerados Cero Emisiones, pero se han añadido algunas más dejando así la lista de exclusiones:

  • Vehículos de personas empadronadas en el área e invitados, previa autorización.
  • Vehículos Cero Emisiones: coches eléctricos e híbridos enchufables. Globalmente, cualquier vehículo, desde ciclomotor hasta camiones que estén clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 km o vehículos de pila de combustible.
  • Vehículos ECO: esta categoría es la de los híbridos enchufables con una autonomía inferior a los 40 km, los vehículos híbridos no enchufables (HEV), los que usen gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.
  • Bicicletas.
  • Vehículos de personas con movilidad reducida.
  • Servicios públicos esenciales, Policía Municipal, Agentes de Movilidad, grúa municipal.
  • Servicios sanitarios y de emergencias, incluidos los que llevan a cabo la entrega de medicamentos a centros sanitarios y farmacias.
  • Taxis.
  • Vehículos de arrendamiento con conductor con servicio previamente contratado en la zona.
  • Los vehículos que presten servicios y suministros a la zona (repartidores).
  • Las motocicletas y ciclomotores.
  • Los vehículos que accedan a aparcamientos de rotación que dispongan de distintivo medioambiental.

La nueva ordenanza también planea reducir la velocidad a 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido, así como en las de sentido único. Además, será de 20 km/h en las vías de plataforma única, en las que la acera y calzada se encuentran al mismo nivel.

En cuanto a los vehículos de carga y descarga, su horario será de 7 a 22 horas para vehículos de menos de 18 toneladas, y de 22 a 7 horas para los demás. Además, tendrán que darse de alta en el nuevo registro de distribución urbana de mercancías. Se abre la posibilidad de crear reservas en zonas residenciales para reparto domiciliario ante la expansión del comercio electrónico.

En plan 'Madrid Central' se pondrá en marcha en noviembre y vendrá precedido por una campaña informativa y la colocación de señales verticales anunciando las áreas restringidas. Las multas comenzarán a expedirse en febrero de 2019.

Foto | Wikimedia/ FDV.

Temas
Comentarios cerrados