En Motorpasión no hemos dedicado ni una línea al caso de Cristina Cifuentes, que como sabéis tuvo un choque el pasado 20 de agosto circulando en su ciclomotor, una Yamaha YN50R, por un carril BUS de Madrid. Al parecer, el conductor de un turismo BMW (sin especificar modelo) fue a girar sin advertir la presencia del ciclomotor y le dio un toque al vehículo de la delegada del Gobierno de España en Madrid. Cifuentes se fue al suelo y fue ingresada de gravedad en el Hospital de La Paz.
No lo hemos comentado porque hasta ahora había poco que contar, más allá de la evolución de la víctima de tráfico, que va cursando con normalidad dentro de lo grave que fue el suceso. Sin embargo, ayer Zoom News destapó una caja interesante: Cifuentes circulaba de forma ilegal, y eso podría comportarle problemas con las coberturas del seguro. Veamos por qué.
Para empezar, Cifuentes se enfrenta a una infracción de tráfico, de acuerdo con lo publicado. Dicen que la delegada del Gobierno circulaba en ciclomotor y por el carril BUS del Paseo de la Castellana a la altura de la calle del Profesor Waksman cuando tuvo el siniestro. Bien. Si uno acude a la web del Ayuntamiento de Madrid, encuentra el siguiente extracto relativo a las Ordenanzas Municipales:
Según lo establecido en la instrucción 1/2006 del 21 de septiembre de 2006 del boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, nº 5722, pág. 3.352 y el artículo 29 de la Ordenanza General de Movilidad del 27 de Septiembre de 2005: se autoriza a las motocicletas a circular por carriles actualmente ya reservados para autobuses y taxis. Se debe entender la motocicleta como vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor de cilindrada superior a 50 cc, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/hora, de acuerdo con la definición que ofrece el Anexo II del Reglamento General de Vehículos. Queda prohibido el tránsito por estos carriles a cualquier vehículo que no esté comprendido en dicha categoría.
Es decir, que circulaba incorrectamente. De acuerdo con lo que dice la Ley, eso es así. Luego podríamos meternos en si es más o menos lógico que se permita el uso del carril BUS a una moto y no a un ciclomotor. A fin de cuentas, en ciudad el comportamiento de uno y otro vehículo son similares. También podríamos meternos en si todo el mundo lo hace. Pero tanto un debate como el otro son anecdóticos para el caso que nos ocupa. Lex dura (o surrealista) sed lex. ¿No era eso?
Cifuentes no pasa la ITV
La segunda parte es la que más chirría, y es que, por lo que ha descubierto Zoom News y ha reproducido La Vanguardia, la Yamaha YN50R de Cifuentes nunca ha pasado la ITV, a pesar de haber sido matriculada en mayo de 2005. En España, los ciclomotores de dos ruedas pasan su primera ITV a los tres años de antigüedad, y después cada dos años.
Eso es así desde 2007, cuando entró en vigor, de manera escalonada, un cambio normativo que se adelantaba a las últimas disposiciones de la Comisión Europea, cuyo interés está en homogeneizar las ITV de toda la Unión Europea y, sobre todo, inspeccionar los vehículos de dos ruedas. Fuera de España, cada país hace de su capa un sayo y hay pocos programas de inspecciones tan exhaustivos como aquí en cuanto a motos y ciclomotores. Europa quiere regularizar esa situación.
Y en España hemos sido precursores del cambio normativo, tal es nuestro carácter: nos gusta dar ejemplo de cómo se deben hacer las cosas. Así, nuestros ciclomotores deben pasar la inspección periódica, y si no se siguen los cauces legales nos encontramos con el registro del vehículo que se ha encontrado (y ha publicado) Zoom News:
Ahora, ¿cómo era aquello de dar ejemplo? Al margen de la evolución de la víctima de tráfico --que lo es y eso nadie lo discute--, estamos ante uno de esos casos en los que no predicar con el ejemplo hace que el conductor anónimo se sienta cada vez más calvo, de tanto que le toman el pelo.
Más allá de esta pataleta, habrá que ver si las aseguradoras tienen con Cifuentes el mismo trato que dispensarían a cualquier ciudadano que tuviera un siniestro vial circulando de forma incorrecta y con un vehículo que, siguiendo la Ley, hace años que debería haber sido inmovilizado por ser un potencial peligro para los demás. Sí, ella no fue culpable de la caída, pero existe una cierta responsabilidad por su parte, por ir circulando por donde no debía a lomos de un vehículo que a saber cómo estaría.
Ese remate de no haber pasado la inspección nos da un elemento más para la reflexión. No es que se le pasara un mes el plazo máximo, es que ese ciclomotor lleva tres ITV de retraso: una en 2008, otra en 2010 y otra en 2012. Digamos que lo de Cristina Cifuentes con la seguridad de su vehículo (porque garantizar la seguridad vehicular es el cometido de las inspecciones periódicas) adolece de una falta de cuidado que ahora puede volverse en contra de la siniestrada. Una siniestrada, por cierto, cuya factura sanitaria no va a ser precisamente reducida.
Fuente | Zoom News Foto | RTVE, Daniel Lobo