El cambio en los exámenes prácticos para obtener el permiso de conducir que se introduce hoy en España pone en el centro de atención los sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS). A partir de hoy, se permiten de forma oficial ciertos ADAS en el examen práctico. Y decimos "de forma oficial" porque, en realidad, algunos de estos sistemas ya se encontraban en uso desde hace años.
¿Cambia mucho el examen para el aspirante al permiso de conducir? No. Sencillamente, se incorporan ahora unos sistemas que ya hace tiempo que están en la calle y se permite abiertamente su utilización, antes de que la Unión Europea haga que varios de ellos sean obligatorios en los vehículos, de cara a 2022.
A la práctica habrá pocos cambios para los aspirantes a conductores, que sólo deberán conocer los sistemas que monta el coche con el que se examinen, tanto en lo que respecta a su utilización como en lo que se refiere a sus limitaciones y a su conexión y desconexión, cuando eso sea posible.
ADAS permitidos en el examen de conducir
La lista publicada por la DGT muestra sistemas de todo tipo.
Start-stop. Sistema de arranque del automóvil que apaga el motor cuando está al ralentí y lo vuelve a encender cuando se pisa el embrague.
Sistema de ayuda de salida en pendiente, conocido como Hill Holder. Este dispositivo cuenta con un sensor que detecta el ángulo de inclinación en el que se encuentra el coche, impidiendo que el automóvil se vaya hacia atrás al levantar el pie de freno.
Activación automática de alumbrado y limpiaparabrisas. Ambos sistemas se activan cuando un sensor detecta una disminución de la visibilidad o presencia de lluvia suficientemente significativa.
Frenado de emergencia urbano e interurbano (AEB). En caso de despiste del conductor y riesgo de colisión por alcance, el sistema es capaz de detectar un peligro inminente y actuar de dos formas: avisando al conductor y en caso de que el conductor haga caso omiso a la advertencia, el sistema AEB tomará el control del vehículo para detenerlo y realizar una frenada de emergencia.
Aviso de frenada de emergencia (EBD). Ayuda a los conductores a detectar cuándo el vehículo que circula por delante está realizando una frenada de emergencia.
Alerta de tráfico cruzado (RCTA). El sistema supervisa el tráfico trasero en sentido transversal al salir marcha atrás de un aparcamiento en batería y avisa al conductor en caso de riesgo.
Cámara de marcha atrás, cámara 360º y/o sensores de aparcamiento. Estos sistemas no deben confundirse con el sistema de ayuda total al estacionamiento, que aparca por sí solo el vehículo y no está permitido.
Sistema de detección de fatiga que alerta al conductor en situaciones en las que pierda la concentración al volante, ya sea por fatiga o sueño.
Cuando una autoescuela da de alta un coche en la DGT, o en el Servei Català de Trànsit en el caso de Cataluña, debe hacer constar si el vehículo cuenta con ciertos ADAS, mientras que otros han sido vetados durante años, por lo que hasta ahora las autoescuelas debían comprar coches sin esos ADAS o bien pasar por el taller para desconectarlos.
De los sistemas glosados, el start-stop y el asistente a la salida en pendiente llevan años en uso consentido sin mayores contratiempos ni reclamaciones por parte de Tráfico, mientras que el verdadero cambio viene con el reconocimiento por parte de la DGT de los sensores de luces y de lluvia, las cámaras, los sensores de aparcamiento y los sistemas de frenado de emergencia autónomo.
Además, hay sistemas que podrán montar los vehículos que se utilicen en examen, aunque deberán ser desactivados antes de realizar la prueba.
Este es el caso del control de velocidad adaptativo, el sistema de aviso y/o corrección del cambio involuntario de carril y el ya mencionado sistema de asistencia total al estacionamiento, aunque se permitan la cámara de marcha atrás, la cámara 360º y los sensores de aparcamiento.
Qué deberán saber ahora los alumnos cuando se examinen con ADAS
En el modelo de examen actual, que data de 2009, el aspirante a la obtención del permiso debe realizar alguna comprobación de forma previa al inicio de la marcha. El examinador le puede preguntar cómo se ponen en marcha las luces antinieblas, por ejemplo. En el caso de un coche con start-stop, antes de comenzar la prueba el examinador ahora le podrá pedir que desactive y active el sistema.
Además, con los sistemas que toman el control de alguna función que antes recaía completamente en el conductor, el alumno deberá estar al tanto de que el sistema realmente funciona. Por ejemplo, en el caso de los sensores de luces, el alumno deberá verificar que las luces efectivamente se encienden antes de entrar en un lugar con visibilidad reducida, y encenderlas a mano si fuera necesario.
En este sentido, la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) ha expresado sus dudas sobre la implementación de estos cambios en el examen de conducir, ya que entienden que se puede producir un "agravio comparativo", según sus palabras, entre alumnos que utilicen estos sistemas y alumnos que no lo hagan.
En el caso del sensor de luces, la DGT ha explicado que los examinadores permitirán que el ADAS funcione una vez rebasada una señal de obligación del uso de alumbrado, mientras que en coches sin sensor de luces el alumno debe encender el alumbrado de forma manual antes de superar dicha señal.
En cuanto a la frenada de emergencia, que primero avisa y luego interviene, los examinadores no calificarán el aviso, pero sí la necesidad de intervención, que equipararán a una intervención realizada por el profesor y, por tanto, será causa de suspenso directo por falta eliminatoria.
En este apartado, la CNAE observa también que si el aviso no comporta falta, pero sí la intervención, en un caso similar sin ADAS debería permitirse que el profesor advirtiera de un posible riesgo de colisión sin penalización para el alumno.