Avisos de controles de alcoholemia: son legales pero ¿son lo ideal?
Avisar de la presencia un control de alcoholemia hoy por hoy no es ilegal. Mediante cualquier red social, sistema de mensajería instantánea o aplicación de las que avisan sobre la existencia de radares, obras o cualquier otra contingencia, es legal avisar a los conductores sobre la presencia de la policía unos kilómetros más adelante. Sin embargo, existe un debate abierto sobre la idoneidad de este tipo de avisos.
De vez en cuando este debate vuelve al primer plano de la actualidad, por ejemplo cuando la Guardia Civil ha decidido investigar un choque mortal sucedido este pasado fin de semana en Muros (Pontevedra). Al parecer, el causante dio positivo en alcohol y drogas, así que lo siguiente fue preguntarse si ese conductor cambió de carretera para continuar la marcha tras ser alertado de un control preventivo.
Avisar de un control policial no es nada nuevo. Durante décadas, los conductores alertaron de la presencia de la policía con ráfagas de luces de carretera, algo que el redactado del Reglamento General de Circulación se encargó de ilegalizar a partir de enero de 1992, cuando en el Artículo 100 se especificó lo que sigue:
Se prohíbe la utilización de la luz de largo alcance o de carretera siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado, así como el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en el presente Reglamento.
Y, entre las "finalidades previstas", no estaba avisar de la presencia de agentes encargados de la vigilancia del tráfico. Pero ese uso tampoco estaba ni prohibido ni previsto en el Código de la Circulación de 1934, que fue el que se utilizó antes de desplegar la Ley de Bases de 1989 en reglamentos como el citado.
Conclusión: lo mismo que antes se avisaba con ráfagas, hasta que se prohibió, ahora se avisa con aplicaciones móviles, porque no están prohibidas... hasta que un día lo puedan estar.
Aunque, puestos a prohibir, vigilar que nadie utiliza avisos telemáticos es algo bastante más complicado que vigilar el uso de las largas "con finalidades distintas a las previstas en el presente Reglamento". Al fin y al cabo, si algo nos ha enseñado internet es la dificultad de poner puertas al campo.
¿Es igual avisar de un control de alcoholemia que avisar de un radar de control de la velocidad?
Otro punto interesante a la hora de hablar sobre los avisos de controles policiales llega cuando nos planteamos si es lo mismo avisar de un control de alcoholemia que avisar de un radar de control de la velocidad.
En esencia, podríamos pensar, se trata de una misma cosa. Hay un control sobre posibles infracciones de tráfico, y hay un aviso que enviamos o que nos envían para que estemos alerta ante dicho control sobre posibles infracciones de tráfico, sea cual sea su naturaleza. Es una misma cosa.
¿O no?
Por ejemplo, Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, ha explicado por activa y por pasiva que su entidad considera los radares como meros instrumentos de recaudación, por lo que, a la hora de posicionarse en este debate, es muy claro cuando dice:
"Un automovilista puede difundir hechos o informaciones que ha conocido de forma lícita por observación directa como, por ejemplo, cruzarse con un radar en su camino."
¿Podría hacerse lo mismo al hablar de los avisos sobre controles de alcoholemia? Seguramente aquí podríamos desempolvar algún manual de Sociología para acabar explicando que para conseguir que una ley se cumpla, primero tiene que ser aceptada por quienes la deben cumplir. Castigos aparte.
Y de castigos va lo que ahora sigue.
Todo, con tal de evitar el control de alcoholemia
El caso de la conductora que avisó de un falso siniestro vial para eludir un control es digno de estudio. Como si fuera un personaje de película de atracos, la mujer presuntamente llamó al servicio de Emergencias 112 para evitar un control de alcoholemia montado en las inmediaciones de la autovía A-4, que conecta Madrid con el sur de España, a la altura de Leganés. Al desviar la atención (y los efectivos policiales) sobre la autovía A-42, que enlaza Madrid y Toledo, se libró del control.
Los hechos sucedieron en el mes de enero, y justo ahora la Guardia Civil ha hecho públicos los resultados de su investigación. Tras analizar las llamadas al servicio de Emergencias, han acusado a la supuesta ocasionante de la falsa alarma de un delito de desórdenes públicos por el que podría ser condenada a una pena de prisión de tres meses y un día o a una multa de tres a dieciocho meses.
Y, finalmente, puede suceder que nos pillen avisando de un control... que todavía no existe pero que existirá. En este caso, hablamos de controles de velocidad con radares móviles. Sucedió en Pontevedra en junio de 2014, y el autor de los hechos fue detenido por un presunto delito de revelación de secretos.
Según la Guardia Civil, el hombre difundió por WhatsApp una captura de pantalla con las ubicaciones de los radares móviles y los nombres de los agentes que practicarían el control, con anterioridad a esa jornada de trabajo. Obviamente, este aviso a lo Nostradamus y los avisos de controles en caliente no son lo mismo, pero sí revelan una misma intención: evitar la multa como sea, con avisos.