Cuando se puso en marcha la emisión de etiquetas medioambientales de la DGT, se explicó por activa y por pasiva que el sistema serviría para facilitar la gestión de la circulación cuando hubiera restricciones por razones medioambientales. Llevando los coches identificados no habría problemas, venían a decir.
No es obligatorio llevar puesta la etiqueta medioambiental en el parabrisas porque, de hecho, la DGT tiene el lógico registro de los vehículos que permite la emisión de los adhesivos. Aunque, vista esta foto, tampoco parece que el distintivo CERO sirva para demasiado. En cambio, la imagen resulta útil para ilustrar hasta qué punto una aplicación nefasta de la ley puede causar problemas a quien cree estar haciendo las cosas como es debido.
Aparcar gratis con un coche eléctrico en zona azul en Madrid es posible... si no te denuncian por hacerlo
Por si la pegatina zero no fuera suficiente... pic.twitter.com/ywkUqiGENT
— David R (@drojavi) 22 de octubre de 2017
Quizá no sea la primera vez que un agente denuncia de forma indebida, si nos atenemos solamente a lo que marca la DGT con sus etiquetas medioambientales. Según estas, un vehículo de cero emisiones se reconoce en toda España como tal, a los efectos que cada ente local considere necesario para preservar el medioambiente: restringir la circulación, permitir o no el estacionamiento...
Cabe recordar aquí que "el régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal", según reza el artículo 93 del Reglamento General de Circulación, por lo que corresponde acudir a las ordenanzas de Madrid para comprobar que, en efecto, tener la etiqueta CERO permite aparcar gratis en las zonas azules y verdes del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), pero antes hay que registrar el vehículo en una base de datos específica.
Y es en Madrid donde fue tomada la imagen por alguien que reparó en el detalle. Donde no llega la síntesis que se alcanza con un adhesivo, un color y un dígito, cabe la necesidad de redactar un cartel de quita y pon, protegerlo con una funda multitaladro de polipropileno que garantiza la conservación del ruego escrito durante numerosos usos, y esperar a que el agente que vigila tenga la amabilidad de leer el papelote.
Y ni así, porque la ley local indica otra cosa.
Aparcar un coche de cero emisiones en una ciudad nunca antes visitada, o la burocracia llevada al absurdo
Como recordatorio, cabe tener presente el catálogo de adhesivos en el que nos gastamos el dinero público, no se sabe muy bien para qué:
No se sabe muy bien para qué, porque exhibir el distintivo no es obligatorio y porque, en el caso que nos ocupa, a la hora de la verdad es necesario que el vehículo se encuentre registrado en el Ayuntamiento de Madrid para que se le tenga en cuenta a la hora de evitar la denuncia. Así nos lo confirman desde el Ayuntamiento de Madrid, donde nos indican por vía telefónica que es necesario registrar el vehículo CERO de cualquier visitante con tres días de antelación, para beneficiarse del estacionamiento gratuito en zonas verdes y azules del SER.
Se entiende que tener el coche apuntado en el registro es útil para agilizar la vigilancia del estacionamiento. Cuando introducimos el número de matrícula en un parquímetro, no es necesario dejar el recibo a la vista porque el vigilante puede consultar en su dispositivo de control si el vehículo tiene pagado el aparcamiento. De forma análoga, si se trata de un vehículo de cero emisiones, lo lógico es pensar que al vigilante del SER le aparece el vehículo como exento de pago de forma automática y permanente... si ese vehículo ha sido registrado previamente.
Y esto conlleva una noticia buena y otra no tan buena.
La buena noticia es que el registro del vehículo sirve también para acceder a las Áreas de Prioridad Residencial. La mala noticia es que el sistema es una chapuza de dimensiones indescriptibles, puesto que supedita el derecho que otorga la ley municipal al conductor de un vehículo que se encuentre etiquetado como CERO para toda España... a la inclusión de sus datos en un registro local.
Está claro que no hay nada ilegal en esta forma de proceder, pero sí se pone un escollo al ciudadano de forma difícilmente justificable. Si cunde el ejemplo, ¿será necesario registrar el vehículo en cada ciudad en la que el conductor de un coche híbrido enchufable pretenda estacionar?
No olvidemos que la etiqueta CERO incluye vehículos de cero emisiones tales como los coches eléctricos, pero también los eléctricos con autonomía extendida y los híbridos enchufables que disponen de una autonomía eléctrica igual o superior a 40 kilómetros. No se trata sólo de vehículos eléctricos, pensados inicialmente para rutas urbanas. Y, aunque así fuera, los eléctricos de mayor autonomía bien pueden utilizarse para cubrir largos recorridos.
La cuestión de fondo es que no es necesario estar vinculado a una ciudad en concreto para necesitar estacionar en esa ciudad en un momento dado.
Siendo así las cosas, no es baladí pensar en un conductor que visite Madrid y quiera estacionar libremente en zona azul del SER, según le permite por ley el nivel de emisiones de su vehículo. Siendo así las cosas, también, la obligatoriedad de figurar en un registro de vehículos adicional al que ya tiene la DGT en sus servidores, y que bien podría compartir con los municipios, son ganas de entorpecer la vida de los ciudadanos con burocracias engorrosas.
Claro, que siempre quedará al interesado el recurso administrativo ante la denuncia, sin ganas de que prospere porque la ordenanza obliga al registro, el tiempo empleado a costa del conductor que cree conocer la ley y el fastidio de saberse denunciado de forma absurda por un ente municipal.