La relación entre los medicamentos y la conducción resulta complicada si no se toman las medidas adecuadas. Y, como tantas otras cosas en la vida, estas medidas dependen mucho del conocimiento de los efectos de la medicación, de las indicaciones de los profesionales sanitarios y, por supuesto, de la actitud y compromiso del propio conductor para tener todo esto en cuenta.
Conducir requiere un importantísimo esfuerzo mental y físico, por lo que tanto el cuerpo como la mente deben estar en las mejores condiciones para realizarlo. Cualquier sustancia que interfiera en ese funcionamiento puede suponer una importante merma en la seguridad vial. Por tanto, hay que insistir, a la hora de tomar cualquier medicina, conviene informarse de cuales son sus efectos sobre la conducción, asesorarse bien por el médico y seguir escrupulosamente sus indicaciones.
La ingesta de medicamentos, un hábito más que adquirido
Y es que para algunas personas los fármacos casi forman parte de su dieta. Enfermos crónicos o en tratamiento son habituales de ciertos medicamentos, los cuales han de ingerir día a día, y tienen sobrado control sobre sus efectos. Pero en muchos casos no se presta la suficiente atención a los tratamientos ocasionales, medicinas a los cuales no se está habituado y que pueden acabar en una situación de peligro al volante.
Sin entrar en el tema de la “automedicación” y centrándonos solo en aquella prescrita por los médicos, según datos del estudio WIN World Survey 2019 (WWS), que el Instituto DYM ha llevado a cabo en España, un 42 % de la población mayor de 18 años toma medicamentos prescritos por un médico con mucha o moderada frecuencia. Un porcentaje que crece 7 puntos en relación con el estudio realizado el año anterior.
El consumo de medicamentos crece año tras año
La tendencia general en el último año sigue al alza. Otro estudio de la Universidad Complutense de Madrid revela que, en marzo de 2020, con los primeros casos de COVID-19 en España, el uso de antibióticos en hospitales españoles creció un 11,5 %.
Y esta tendencia también la observan los expertos en medicamentos que afectan a la conducción, como puedan ser los ansiolíticos o los antidepresivos. Ya sea de modo habitual o puntual (por temas familiares o laborales), su uso puede afectar negativamente al volante.
¿Cuáles son los principales riesgos?
En España, la normativa actual únicamente exige que en los prospectos de figuren los posibles efectos sobre la capacidad para conducir un vehículo. Se pueden observar en la sección 2 de los prospectos, en el apartado “Conducción y uso de máquinas”. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios clasifica así los principales trastornos en función del tipo de medicina administrada y su impacto:
Tipo de medicamento |
Efectos para la conducción |
---|---|
Trastornos del sueño (Hipnóticos) |
Somnolencia, disminución de la atención y disminución de la capacidad de reacción. |
Ansiedad (Ansiolíticos) |
Somnolencia, disminución de la atención y disminución de la capacidad de reacción. |
Depresión (Antidepresivos) |
Nerviosismo, ansiedad, somnolencia, alteración de la coordinación, visión borrosa. |
Gripe y catarro (Antigripales y anticatarrales) |
Somnolencia. |
Dolor (Analgésicos) |
Somnolencia, disminución de la capacidad de concentración y de reacción, mareo. |
Alergias (Antialérgicos) |
Somnolencia, visión borrosa (colirios). |
Migrañas (Antimigrañosos) |
Somnolencia, mareos, debilidad. |
Afecciones oculares |
Visión borrosa. |
Psicosis (Antipsicóticos) |
Somnolencia, mareo, agitación, cansancio. |
Epilepsia (Antiepilépticos) |
Somnolencia, mareos, visión borrosa, fatiga, sensación de debilidad. |
Parkinson (Antiparkisonianos) |
Somnolencia, episodios repentinos de sueño, espasmos, visión borrosa, confusión. |
Diabetes |
Hipoglucemia |
Antihistamínicos |
Somnolencia, capacidad de reacción reducida |
Los medicamentos se clasifican en cuatro categorías en función de la manera en que afectan a la capacidad de conducir y utilizar maquinaria:
- Categoría 0: medicamentos seguros o que raramente afectan a la capacidad para conducir.
- Categoría 1: medicamentos que afectan levemente a la capacidad para conducir. En estos, la advertencia a los pacientes es que no conduzcan sin leer la sección “Conducción y uso de máquinas” del prospecto que mencionábamos antes.
- Categoría 2: medicamentos que afectan moderadamente la capacidad para conducir. Aquí la advertencia es que no se conduzca sin consultar con el médico y/o farmacéutico y que se lea la sección “Conducción y uso de máquinas” del prospecto.
- Categoría 3: medicamentos que afectan notablemente la capacidad para conducir. Aquí la advertencia es simplemente "No conduzca" y consulte con su médico cuándo podrá volver a conducir.
Conducción bajo medicamentos, situación legal
Nuestro estado físico y mental es fundamental a la hora de conducir, por lo que descuidarlo nos puede acarrear graves consecuencias. Todo conductor tiene muy interiorizado la influencia del alcohol o las drogas en la tarea de conducir, algo a lo que han ayudado bastante las sanciones. Pero ¿qué pasa con otras situaciones, por ejemplo, la ingesta de comida o los medicamentos?
Al igual que en el caso de drogas o alcohol, las medicinas afectan a la conducción
Dentro de los medicamentos hay algunos que afectan a la conducción y otros no, el Real Decreto Legislativo 6/2015, en su artículo 14, establece: “No puede circular por las vías objeto de esta ley el conductor de cualquier vehículo con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se determine. Tampoco puede hacerlo el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción establecida en esta norma”.
Es decir, la mera presencia de drogas en el organismo puede acarrear una sanción de 1.000 euros y la detracción de seis puntos en el permiso de conducir.
Hay que tener en cuenta que ciertos medicamentos, como benzodiacepinas, antidepresivos, ansiolíticos o antiepilépticos pueden alterar el resultado de los test, dando positivo en la prueba de drogas.
En este caso, las circunstancias que han propiciado la realización de la prueba y la facultad de conducir es lo que va a decidir si hay o no sanción, ya que la ley dice que “quedarán excluidas aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo”.
Tu médico, el principal prescriptor
Los médicos en este aspecto tienen un papel fundamental. Tras salir de la consulta deberíamos tener claro de qué forma va a influir el medicamento recetado en nuestra tarea diaria. Si la conducción forma parte de nuestra rutina, debemos hacérselo saber al facultativo para que pueda aconsejarnos acerca de la conducción de vehículos o incluso contemplar la opción de modificar el tratamiento.
Antes de iniciar un tratamiento debemos consultar con el médico si podemos conducir normalmente bajo sus efectos
Con la finalidad de sensibilizar a los profesionales sanitarios y a la población general sobre las consecuencias negativas que determinados fármacos pueden tener en la conducción de vehículos y con el fin último de prevenir las lesiones por accidentes de tráfico, el Ministerio de Sanidad tiene publicado un documento de consenso sobre medicamentos y conducción en España.
En él, se hace hincapié en que los profesionales sanitarios consideren los efectos de los medicamentos en la conducción de vehículos, tanto en el momento de la prescripción como en el de la dispensación. Igualmente, estos han de buscar las alternativas terapéuticas más adecuadas y facilitar información particularmente a pacientes de edad avanzada, polimedicados, con patologías de especial riesgo, conductores profesionales o aquellos que circulen durante más de 40 minutos seguidos al día.
El pictograma en las cajas de medicamentos
Además de esa información que ya contienen los prospectos, y con el objetivo de llamar la atención sobre la misma, la normativa va más lejos. Establece que los medicamentos que puedan alterar la capacidad de conducir o utilizar máquinas deben incorporar además un símbolo o pictograma de advertencia en su cartonaje que se completa con la información disponible en el prospecto.
La relación de los fármacos autorizados en España con pictograma de la conducción se actualiza regularmente y puede encontrarse en la web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
¿Y las alternativas naturales?
Partiendo de que la ingesta de cualquier sustancia en nuestro organismo va a tener una serie de consecuencias, en algunos casos insignificantes, pero en otros de mayor importancia, resulta fundamental estar bien informado de cuáles son estos efectos.
No siempre vamos a encontrar información sobre las consecuencias de circular bajo sus efectos
Recurrir a las llamadas “alternativas naturales” sin tener la información adecuada puede ser contraproducente. Y no solo para la conducción, sino para nuestra salud en general. Esta es quizá uno de los principales aspectos a tener en cuenta
Mientras que en los medicamentos existe una normativa que obliga a las farmacéuticas a indicar los posibles efectos en la conducción, en otro tipo de productos alternativos a las medicinas esta información puede no ofrecerse al consumidor. Como consecuencia, el conductor no será consciente del peligro que entraña la ingesta de ese producto.
Nunca te pongas al volante si…
Por último, si tienes alguno de los siguientes síntomas, te recomendamos que dejes el coche y busques otra opción de desplazamiento:
- si has tomado algún medicamento y notas visión borrosa o doble;
- no eres capaz de concentrarte o permanecer alerta durante la conducción;
- o tienes dificultades para mantener la línea recta o recordar el camino que has realizado
Estos u otros tipos de acontecimientos anormales durante la conducción son señales de alarma. Para y deja el coche. Por tu seguridad y por la de todos.
Imágenes: Documento de consenso sobre medicamentos y conducción en España - Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Pixabay/Reggi Tirtakusumah, Arek Socha, Sozavisimost, cenczi, fsHH