Según la DGT, en las carreteras españolas contamos con más de 1.500 tramos considerados como peligrosos, con un total de 25.000 kilómetros. Para reducir la siniestralidad, la institución vial hace uso de 1.392 radares en activo, entre fijos (764), móviles (548) y de tramo (80), a los que se han ido sumando algo más de 100 a lo largo de este año 2021.
La DGT quiere aumentar más el número, ya que aún estamos muy lejos de países de nuestro entorno como Francia (en torno a 4.000 radares) o Reino Unido (8.000). Su afán no es recaudatorio, sino disuasorio, para que podamos extremar las precauciones, por lo que publica la ubicación de muchos de estos radares. En efecto, los radares nos vigilan, pero nosotros también podemos vigilarlos a ellos.
Tipos de radares y cómo identificarlos
Lo primero que debemos saber es que el nombre correcto que debemos usar es cinemómetro, o dispositivo para medir la velocidad. El radar como tal es solo un tipo de estos dispositivos y, actualmente, también podemos encontrar cinemómetros con láseres infrarrojos, cámaras, etc. Pero, en lo que nosotros respecta, lo más práctico es clasificar los cinemómetros no tanto por la tecnología que utilizan, sino por su disposición y uso en la carretera.
Cinemómetros o radares fijos
Como su propio nombre indica, son fijos, aunque evidentemente pueden cambiar de un año para otro si la DGT lo considera necesario. La institución vial suele publicarlos en su web, y muchos de ellos también se encuentran señalizados en la vía. Vemos algunos subtipos.
- De cabina: se colocan en una cajas situadas junto al arcén de la carretera, siendo más habituales en carreteras secundarias. Realmente existen más cabinas que radares y algunas se mantienen vacías como simple elemento disuasorio.
- De pórtico: se sitúan en las estructuras alzadas que sirven para sujetar los carteles y paneles informativos, por lo que suelen ser más comunes en vías de mayor capacidad.
- De tramo: en este caso, se trata de dos cámaras que captan a los vehículos al inicio y al final de un determinado tramo. Calculan el tiempo que tardamos en cubrir esa distancia y si es más o menos del que deberíamos según el límite de velocidad. Es común en túneles y puentes.
- Pedagógicos: no es un más que un cinemómetro (generalmente de tecnología láser) acompañado de un panel LED que nos nuestra la velocidad y si superamos o no el límite. No multan, su único fin es informativo y conciencizador, por lo que se emplean mucho en zonas peatonales o cerca de colegios, residencias, etc.
Cinemómetros o radares móviles
Estos cinemómetros son operados por agentes de tráfico de la Guardia Civil, que los instalan o desinstalan a conveniencia de las circunstancias, por lo que a menudo la DGT no hace pública su ubicación (como mucho, un tramo orientativo). La finalidad de esta clase de cinemómetros no es tanto la de vigilar un tramo peligroso como la de controlar los vehículos en determinadas circunstancias especiales: operaciones “salida” en vacaciones, época de comidas de Navidad...
- Camuflados en vehículos: se ubican en el interior de un vehículo camuflado de la Guardia Civil situado en el arcén de la carretera que se desea controlar. Podemos identificar estos vehículos por sus antenas o por los agentes que los ocupan, ya que deben ir perfectamente uniformados.
- De trípode: se esconden tras algún elemento urbano, como vallas, guardarraíles o, setos. El más conocido en la actualidad es el Veloláser, que es capaz de controlar a varios vehículos a la vez y, por su pequeño tamaño, puede colocarse en todo tipo de estructuras o vehículos.
- En cascada: no es más que un radar móvil que se coloca a poca distancia posterior de uno fijo para controlar si los conductores aceleran tras superar a este último.
- Aéreos: estamos hablando de los famosos helicópteros Pegasus de la DGT, que desde el cielo nos vigilan con dos cámaras: una para controlar la velocidad de los vehículos y otra para leer las matrículas en caso necesario. Recientemente, a los Pegasus se han unido los drones de la DGT, cuyo funcionamiento es similar, aunque son más utilizados para vigilar el uso indebido del móvil al volante.
Debemos tener en cuenta que los cinemómetros no son los únicos dispositivos que controlan el tráfico. La DGT, la Guardia Civil e incluso los Ayuntamientos también recurren a cámaras y sensores para controlar los semáforos, el cinturón de seguridad, el uso del móvil, los coches mal aparcados o en zonas restringidas, etc.
A partir de qué velocidad saltan los radares y por qué deberías evitar la “Regla del 7”
Como vemos, los cinemómetros utilizan distintas tecnologías, algunas de ellas muy avanzadas. Aun así, no son herramientas perfectas y pueden cometer errores de medición por múltiples motivos. De hecho, se estima que estos dispositivos pueden fallar entre un 3 % y un 7 % a la hora de calcular la velocidad de un vehículo. La DGT lo reconoció en 2015 y, desde entonces, aplica un margen de error a la hora de controlar la velocidad del tráfico. Este margen de error varía en función del tipo de vía y de cinemómetro:
a) Vías con velocidad máxima inferior a 100 km/h:
- Radar fijo: margen de 5 km/h
- Radar móvil: margen de 7 km/h
b) Vías con velocidad máxima superior a 100 km/h:
- Radar fijo: margen del 5% del límite de la vía.
- Radar móvil: margen del 7% del límite de la vía.
Sabiendo esto, hay muchos conductores que aplican la conocida Regla del 7, que consiste en circular siempre aplicando estos márgenes (por ejemplo, circulando a 97 km/h en carretera convencional o a 131 km/h en autovía). Y, si encuentran una señal avisando de la presencia de un radar fijo, saben que levantando un poco el pie entran en su margen de error del 5 %.
¿Conoces el margen de tolerancia de los radares?
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) March 5, 2020
¿A qué velocidad denuncian en cada tipo de carretera?#RecuerdaElSietehttps://t.co/JAXIdCvWaU … … pic.twitter.com/Y9aXrzD4qp
Sin embargo, hay varios motivos por los que deberíamos desistir de aplicar esta regla. Por un lado, porque estos márgenes de error ya no son fiables: existen tecnologías, como la de algunos radares de tramo, que cuentan con una gran fiabilidad y con los que la DGT no está aplicando márgenes; también existen sentencias judiciales que consideran como fijos algunos radares colocados en trípodes y, por tanto, tendrían un margen de tan solo el 5 %.
Por otro lado, existe la creencia de que la DGT está obligada a avisar de todos los radares fijos, y podría no ser cierto. Según los expertos, los cinemómetros podrían estar sujetos a la Ley de Protección de Datos y no a la Ley de Videovigilancia. En consecuencia, la institución no tendría por qué estar obligada a señalizarlos.
Cómo podemos conocer y localizar los radares de la DGT
Como hemos ido diciendo a lo largo del artículo, la DGT publica en su web la ubicación de la mayoría de radares (ojo, porque no incluye muchos del País Vasco o Cataluña, al tener transferidas las competencias en tráfico). Contamos con un mapa interactivo en el que los cinemómetros fijos se señalan con vía y punto kilométrico, y los móviles se marcan por los tramos controlados por ellos.
También podemos buscar los cinemómetros en aplicaciones de navegación para smartphone como Google Maps o Waze. No es posible verlos directamente en el mapa, pero sí aquellos que se encuentran en una determinada ruta marcada, pudiendo conocer además el tipo y la fecha de la última comprobación. Y, por supuesto, la app nos avisará de la proximidad de algún radar mientras circulamos. También existen comunidades, como TodoPOI, que crean listas de radares para importarlas a la aplicación y mostrarlos en el mapa como puntos de interés.
Estas aplicaciones para smartphones, así como muchos navegadores GPS o asistentes a la conducción, utilizan la propia lista de la DGT para actualizar su base de datos de cinemómetros. La DGT no lo prohíbe, e incluso lo fomenta, pues como hemos comentado, su intención es disuadirnos de pisar el acelerador en los tramos más peligrosos.
Avisadores, detectores e inhibidores de radares: qué es legal y qué no
Sin embargo, muchas de estas apps o dispositivos también cuentan con modos colaborativos con los que sus usuarios pueden señalizar otros radares no publicados por la institución. Algunas, incluso, permiten avisar de controles policiales de alcoholemia o consumo de estupefacientes. La DGT y numerosos colectivos sociales ya han denunciado esta práctica e instan al gobierno a regular los diversos vacíos legales.
No obstante, la gran mayoría de aplicaciones para smartphones, navegadores GPS y asistentes de navegación actúan como simples avisadores, son perfectamente legales y cuentan con el apoyo y la colaboración de la DGT. En un plano muy distinto se encuentran los llamados detectores e inhibidores de radares, que ya os adelantamos que son ilegales.
Avisar de la ubicación exacta de un radar fijo es legal, se trata de información pública que #DGT difunde aquí ▶️📶https://t.co/UFXFh5Icq4.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) January 30, 2021
Usar detectores e inhibidores no.
✅Avisador
❌Detector
❌Inhibidorhttps://t.co/s2MctVYsjt #MejorMásDespacio💟 pic.twitter.com/VDFcr28Snw
Los detectores rastrean las señales emitidas por los radares y nos avisan ante la presencia de uno, pudiendo afectar en el proceso al correcto funcionamiento del mismo. Debido a ello, su uso se sanciona con 200 euros de multa y la pérdida de 3 puntos en el carnet de conducir. En el caso de los inhibidores, sí existe una intención expresa de afectar la actividad del radar, por lo que la sanción puede ascender a 6.000 euros y 6 puntos (o a los 20.000 euros y penas de cárcel en los casos más extremos).
En definitiva, es interesante averiguar el emplazamiento de los radares, pero lo es más circular con precaución y cumpliendo toda la normativa.
Imágenes | Wikimedia/José A. Montes, Twitter/DGT, Motorpasión.