En la DGT no quieren líos con las concesionarias de autopistas de peaje, por lo que han establecido todo un protocolo de actuación dirigido a los agentes que realicen su servicio en las proximidades de estas vías. Por ejemplo, informan a los agentes de cuál es la infracción: incumplimiento del artículo 153 o bien del artículo 132.1 (obediencia de las señales, donde habla de la obligación de detención).
Si el conductor se pone cazurro y entorpece la circulación, entonces hablamos de incumplir el Artículo 2, que busca la fluidez del tráfico. En cualquier caso, es de entender que hablamos de infracciones leves: 100 euros que con bonificación se quedarían en 50. Eso sí, si el conductor se pusiera tan tonto persistente que abandonara el vehículo en el peaje, se interpretaría como un estacionamiento indebido, infracción grave, y se castigaría con 200 euros de multa.
Lo más descriptivo de todo: se urge a los agentes a que tramiten estas multas “de forma prioritaria”, no vaya a ser que la locura del #novullpagar se extienda. Para lograr que todo llegue a buen puerto, se les recomienda que acompañen la denuncia con una “prueba gráfica de la matrícula del vehículo” y con “la indicación de la identidad de otra persona que hubiera presenciado los hechos” a modo de testigo.
Vía | Fesvial
Foto | Contando Estelas (Flickr)
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