Los detectores de radar volverán a prohibirse (del todo)

Los detectores de radar volverán a prohibirse (del todo)
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El martes por la mañana acudí a una jornada sobre la reforma de la Ley de Seguridad Vial, organizada por la Fundación PONS y CEA, en el que tenía la esperanza de preguntar al mismísimo Pere Navarro un par de cosas. Fue imposible hablar con él, porque no asistió, pero sí pude preguntar a uno de sus subalternos.

Antes de que yo preguntase nada, otro periodista se anticipó y pidió definir claramente qué estaba prohibido, distinguiendo avisadores, detectores e inhibidores de radar. Respondió Javier Villalba, Subdirector adjunto de Normativa y Recursos de la Dirección General de Tráfico (en imagen).

El señor Villalba dijo lo que ya sabíamos, que los detectores están en un limbo legal, debido al trámite parlamentario y a que el texto legal fue revisado varias veces y quedó incoherente. No solo con el tema de los detectores, también con el de los plazos para avisar al conductor de una sanción, unas veces 15 días, otras 20.

Detector de radar

Ya expliqué en otro artículo poniendo el texto de la Ley tal cual, que los detectores se consideraban como una causa de inmovilización del vehículo al ser un medio para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico. El señor Villalba me confirmó que los detectores entran en esa definición.

Es decir, los detectores están en una situación “chunga” como dijo Pere Navarro. He grabado vídeo, pero lo siento, la calidad del sonido es pésima y no se entiende bien. Pues bien, ayer miércoles Navarro despejó todas las dudas que pudiese haber al respecto, y que confirman mis pronósticos.

Fue en unas jornadas de seguridad vial en Getafe, a las que habría asistido de haber sido informado de ellas. Leo en varios medios que Pere Navarro ha dicho “todos los dispositivos detectores de radares de velocidad serán prohibidos”. Habrá un cambio normativo, no se sabe cuándo, pero lo habrá.

Detector de radar
Puede ser por la vía del “decretazo” sin necesidad de trámite parlamentario. El día antes pude deducir de las palabras del señor Villalba que la DGT no había “legalizado” los detectores de radar voluntariamente, sino que un error del legislador ha provocado una situación de limbo legal.

La Ley, antes de ser aprobada en el Congreso, ya especificaba claramente que los detectores de radar estarían prohibidos, pero con los cambios de las enmiendas propuestas por otros grupos políticos, el texto legal quedó incoherente, y no hacía falta ser un experto en derecho para verlo.

Por lo tanto, resumiendo, los detectores ahora están en un vacío legal. Su instalación no se sanciona, y su tenencia/uso puede sancionarse, de acuerdo a la Ley vigente. Próximamente su definición como elemento no permitido pasará a ser completa, y ahí ya no cabrá tanto hueco a las interpretaciones, la sanción sería segura (si nos pillan, claro).

¿Es un farol de la DGT? Que cada uno juzgue lo que estime conveniente, pero a tenor de los antecedentes que hay, es algo más cercano en el tiempo que el permitir el aprendizaje práctico con 17 años o un hipotético carnet B con distintos niveles. Ahora bien, ¿cuándo? Buena pregunta, pero no tengo la respuesta.

Detector de radar
Investigando un poco sobre el tema de los detectores, veo que existen algunos aparatos que, en caso de cambio normativo, podrían tener una actualización de su software que deshabilitase la función de detección, pasando a ser un mero avisador de radar (por GPS + base datos) y que no podría ser sancionado.

Así que, a partir de aquí, cada uno es dueño o no de utilizar un detector de radar, arriesgándose, como ya he dicho reiteradas veces, a que le sorprenda un nuevo cambio normativo que tenga base legal completa y que no pueda tirar una denuncia por ambigüedad de la Ley, perdiendo la inversión.

Es cuestión de tiempo, no se sabe cuánto.

Fuente | El Mundo Motor, COPE, RTVE, Diario Vasco, 20 Minutos...
En Motorpasión | Detectores de radar: ¿legales, ilegales o alegales?

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