Un conductor consigue ilegalizar un radar en Asturias, pero a la DGT le da igual: seguirá multando

Un conductor consigue ilegalizar un radar en Asturias, pero a la DGT le da igual: seguirá multando
19 comentarios

Una multa por exceso de velocidad de 100 euros enfrenta a un automovilista y a la DGT. De la victoria en los tribunales de uno u otro depende la legalidad de más de 7.000 multas.

El pasado 24 de febrero, un automovilista fue fotografiado por un radar ubicado en el kilómetro 13,66 de la A-66 en dirección Gijón-Avilés (en la "Y", donde la A-66 muere en la A8, a la altura de Serín) cuando supuestamente circulaba a 133 km/h en una vía limitada a 120 km/h.

Es una infracción penada con una multa de 100 euros, 50 euros en caso de pronto pago, y que no supone retirada de puntos. Aun así, Luis Cuadrado, abogado del automovilista, vio un resquicio con el que pedir la anulación de la multa.

Y es que algunos modelos de radares, según se desprende de su documentación técnica y de la normas de homologación de los radares, tienen que tomar dos fotos del coche infractor. Es el caso de este radar, pero sólo ha tomado una foto.

Según la Orden ITC/155/2020 que marca el control metrológico de los radares de tráfico, los modelos «que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación».

El problema para la DGT es que el radar en cuestión, un Multanova 6F-MR, no puede hacer el seguimiento y tendría que haber tomado dos fotos. Según la documentación técnica recogida por el abogado, el Multanova 6F-MR “no cuenta con la función de seguimiento e identificación del cuerpo o vehículo objetivo o blanco durante el proceso de medición».

radar tráfico

Ante esta situación, la DGT presentó dos fotos de la infracción. Sin embargo, el juez consideró que la segunda no era más que un recorte de la primera. En su sentencia, el juez da la razón al automovilista y convierte de facto en ilegal ese radar situado en la A66.

Es uno de los radares que más recaudan en toda la región. Según datos de 2015, los últimos disponibles, ese radar puso 7.074 sanciones por un importe global de 737.600 euros, aseguran desde El Comercio. Es decir, más de 2.000 euros recaudados cada día. Esto nos da una idea de la magnitud de lo que tendría que devolver la DGT al anularse todas las multas.

Foto multa radar
Foto hecha por radar (Foto de archivo, no de este caso concreto).

Sin embargo, la DGT hace caso omiso de la sentencia del juez y mantiene que el funcionamiento de su radar es legal y considera que «es suficiente» una sola foto. La DGT argumenta que el modelo al que se refiere este caso es el Multanova 6F-MR que fue homologado de acuerdo a la OM 11/02/1994, con lo que es suficiente que se remita un único fotograma».

Es decir, según la DGT como el radar ha sido homologado con anterioridad a la nueva normativa, considera que no ha de adecuarse a ella. Es como si a un coche de 1994 se le exigieran las mismas medidas anticontaminación y equipamiento de seguridad que a un modelo de 2022.

Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, recuerda que «la ley establece que este tipo de casos se resuelvan sin recurso, de manera que un juez puede decir una cosa y el de al lado la contraria y no tienes acceso a instancias superiores para que consoliden criterio», argumenta.

Es una situación de la que la DGT «se aprovecha para no cambiar nada y seguir recaudando», considera. Aún así, la Justicia tumba la mitad de las multas tramitadas por la DGT, según la asociación.

Arnaldo se refiere a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en la que se considera que las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo o de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo no son susceptibles de apelación si la cuantía no excede 30.000 euros. Es decir, no hay apelación posible por una multa de 100 euros.

Mientras tanto, la DGT seguirá multando. Y en La Nueva España, por cierto, explica cómo saber si uno es elegible para reclamar una multa de ese radar de la "Y" en Serín y cómo hacerlo.

Temas
Comentarios cerrados