Un vídeo que se ha hecho viral en las últimas horas pone de manifiesto las ganas de movilidad individual a bajo coste que tienen algunos. Así, han grabado a un usuario de patinete eléctrico circulando por carretera a unos 100 km/h en un tramo limitado a 60 km/h. Además, va en manga corta y pantalones cortos. Al menos parece que lleva algún tipo de casco.
Los patinetes eléctricos resultan ser vehículos de movilidad personal (o VMP, es su definición legal) asequibles y prácticos -se recargan en casa-. Eso sí, no se permite su uso a dúo y su velocidad máxima no debe exceder los 25 km/h. Está claro que no cumple este último apartado.
La limitación de velocidad se consigue mediante software. Y por tanto, es relativamente fácil hacer saltarse esa limitación mediante software pirata. Sin embargo, si bien el motor eléctrico de estos patinetes permite alcanzar esa velocidad, el resto del vehículo no está preparado para velocidades tan altas.
Los neumáticos, muy pequeños, para 100 km/h no son realmente seguros. La adherencia es realmente mínima y el desgaste enorme. Los frenos, aunque sean por discos, tampoco están pensados para detener rápidamente y de forma segura desde 100 km/h el patinete.
Y todo ello sin mencionar la delicada estabilidad que la combinación de ruedas diminutas y posición erguida confieren al patinete. De hecho, en el vídeo se aprecia como está ocupando todo el carril con sus bandazos, tanto por querer adelantar el coche que lo precede como por mantener la estabilidad.
Aparte de poner en riesgo su vida y la de otros usuarios (qué pasaría si se cae y el patinete derriba a un motorista o se empotra en un coche y a consecuencia de ello su conductor pierde el control), las sanciones a las que se enfrenta no son baladí. Además, en contra de lo que se podría pensar por ser una norma transitoria. La DGT ha definido de forma clara cuales son las sanciones por un uso indebido de estos VMP.
Hasta 500 euros de multa y la inmovilización de su patinete
Así, la DGT, que define claramente un VMP como un vehículo de una o más ruedas, con una única plaza y propulsado sólo por motores eléctricos con una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Todo vehículo que supere o exceda alguna de estas características no será considerado como un VMP.
Te explicamos aquí la batería de sanciones aplicables a los usuarios de VMP, pero en el caso concreto de este vídeo podría incurrir en una sanción de 500 euros y la inmovilización de su vehículo por haber manipulado el VMP para que superase los 25 km/h y por circular por vías públicas. Y es que si lo ha manipulado, ya no es un VMP y por tanto, no puede circular por vías públicas.
Además, en caso de que policía o Guardia Civil lo interceptase, podrían haberlo sometido a una prueba de alcoholemia y detección de drogas. En caso de positivo la sanción puede alcanzar los 1.000 euros y la inmovilización del vehículo. Si se niegan a realizar las pruebas se les puede imputar un delito penal recogido en el artículo 379.2 del Código Penal.
Mención aparte se merecen tanto el conductor del patinete como el del coche que lo graba circulando a casi 100 km/h en un tramo limitado a 60 km/h. En este caso la sanción prevista para un exceso de velocidad de entre 91 y 110 km/h es de 300 euros y la retirada de dos puntos del carnet de conducir.
En Motorpasión | Probamos el CUPRA Formentor: un sorprendente coche de 310 CV con espacio de SUV coupé y carácter de compacto deportivo