Madrid da la bienvenida a 2022 estrenando restricciones para los coches sin etiqueta: hoy, 1 de enero, llega Madrid ZBE que convierte a toda la capital en una Zona de Bajas Emisiones.
No obstante, el área de aplicación será de momento solo en la almendra central, aunque se irá ampliando y en 2024 se extenderá a toda la ciudad. Además a partir de 2025 cualquier vehículo sin etiqueta tendrá vetada la circulación en la totalidad de la urbe madrileña.
¿Se restringe la circulación a todos los coches sin distintivo? ¿Hay excepciones? ¿Qué pasa con las motos, furgonetas y camiones sin etiqueta? ¿En qué distritos se restringe desde ahora el tráfico? ¿Cuáles son las multas? ¿Ya se sanciona? ¿Cómo se controla a los infractores? Lo repasamos.
Solo coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid
El veto a los coches sin distintivo medioambiental de la DGT (turismos y todoterrenos) solo se aplica a todos aquellos automóviles que no estén empadronados en la ciudad de Madrid.
Es decir que sí podrán seguir circulando los automóviles que se encuentren domiciliados en Madrid capital en el Registro de Vehículos de la DGT y que figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid antes del 1 de enero de este 2022. Esto no cambiará hasta el 1 de enero de 2025.
Esto significa que los coches que estén dados de alta en municipios de la periferia y de la Comunidad de Madrid, sí que tendrán aplicado el veto. Además de los que vengan de fuera, claro.
Hay que recordar que los coches sin etiqueta son aquellos de combustión más antiguos:
- Los gasolina con normativa Euro 3 o anterior.
- Los diésel de normativa Euro 4 o anterior.
¿Dónde se aplican las nuevas restricciones de movilidad?
En esta primera fase, solo se imponen las restricciones de circulación en la almendra central, que es la zona interior acotada por la M-30 y sin incluir esta circunvalación urbana, que seguirá siendo de libre acceso durante todo 2022 para cualquier coche independientemente de su distintivo.
Comprende siete distritos: Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán y Chamberí. Aunque también parcialmente el de Moncloa-Aravaca, en concreto los barrios de Argüelles, la Colonia del Manzanares (Barrio Casa de Campo) y parte de Ciudad Universitaria.
Tengo una moto, ¿puedo circular por la almendra central?
Sí. Motocicletas y ciclomotores sin etiqueta podrán seguir circulando sin restricciones por la almendra central de Madrid hasta el 1 de enero de 2025.
Aunque no podrán hacerlo por la ZBE de especial protección del Distrito Centro, antes Madrid Central, donde ningún vehículo sin etiqueta puede circular, aunque se excepcionan residentes y comerciantes con local en la zona.
¿Y furgonetas y camiones?
Tampoco sufrirán el veto en la almendra central los vehículos industriales ligeros (furgonetas) y pesados (camiones) sin distintivo, por lo que podrán seguir accediendo y circulando por este área de la ciudad también hasta el 1 de enero de 2025.
Como ocurre con las motos, sí que tienen vetado el acceso a la ZBE del Distrito Centro, a excepción de los comerciantes que tengan un local en este distrito (empresas y autónomos) y siempre que hayan registrado sus vehículos en esta zona en el padrón municipal antes del 22 de diciembre de 2021.
Tengo un coche histórico, ¿me libro de las restricciones?
Sí, ni siquiera a partir de 2025 los coches y vehículos matriculados como históricos tendrán restricción alguna en Madrid. Y esto incluye tanto Madrid ZBE como las ZBE de Distrito Centro y Plaza Elíptica.
Hay que recordar que los coches y vehículos históricos son aquellos que cumplen los requisitos recogidos en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio: edad mínima de 30 años, vehículos de colección y de valor histórico etc.
Además, aunque podrán circular por toda la almendra central no tienen permitido aparcar en superficie, a excepción de los de más de 50 años y solo en la ZBE de Distrito Centro.
¿Hay más excepciones?
Sí, además de los mencionados pueden circular y acceder a la zona interior de la M-30 los siguientes coches sin etiqueta:
- Adaptados para personas de movilidad reducida: tanto para el transporte de los mismos como los modificados para que sean conducidos por este tipo de conductores.
- Los coches y vehículos de emergencias (extinción de incendios, servicio médico) y de fuerzas Armadas.
Además, estos vehículos, como ocurrirá con los históricos, no tendrán nunca restricciones de circulación en la ciudad, ni siquiera desde 2025.
¿Se multa ya por acceder indebidamente?
No, las sanciones no comenzarán hasta las 23:59 horas del 1 de marzo.
Así, desde hoy y hasta esta fecha se inicia un periodo de aviso: los infractores recibirán una comunicación de carácter meramente informativo sobre la regulación de Madrid ZBE (fecha de sanciones, cuantía, a quién se aplica y dónde etc.), pero no serán denunciados.
¿Cuál es la multa?
Entre el 1 de marzo y el 20 de marzo será de 90 euros, pero a partir del 21 de marzo se elevará a 200 euros.
Y es que saltarse las medidas de las ZBE, así como las de los protocolos por episodios de elevada contaminación pasan a ser infracciones graves en la nueva Ley de Tráfico. Y precisamente las nuevas multas entran en vigor en dicha fecha.
Así se vigilará a los infractores
El control de acceso y circulación en la almendra central de Madrid se hará de forma telemática por lectura de matrícula, pero también podrán denunciar a los infractores los agentes de movilidad.
- Semáforos foto-rojo: desde hoy, son los dispositivos foto-rojo situados en el interior de la M-30 los que vigilan el acceso indebido a esta zona, pues han sido adaptados para controlar esta infracción.
- Cámaras de vigilancia con lector OCR: a lo largo de este año se instalarán cámaras específicas que controlen la circulación en la almendra central, pero sin fecha determinada. Desde su instalación, no multarán hasta pasados dos meses.
Además, el Ayuntamiento de Madrid, desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad ha establecido un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en el interior de la M-30. Estos agentes se situarán en puestos aleatorios de la zona.
¿Cuándo se extenderá a toda la ciudad y a todos los vehículos sin etiqueta?
El calendario establecido para Madrid ZBE es el siguiente:
- Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido el acceso y circulación por la M-30 a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para todos los vehículos que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores), además de a los coches sin etiqueta domiciliados en Madrid (los que figuran en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de la ciudad).
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