La DGT defiende las nuevas normas: "Es de sentido común que en una vía de un solo carril no se pueda circular a 50 km/h"

La DGT defiende las nuevas normas: "Es de sentido común que en una vía de un solo carril no se pueda circular a 50 km/h"
20 comentarios

El director de la DGT, Pere Navarro, ha mantenido un 'encuentro' digital en el que ha respondido a una batería de preguntas acerca del anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y que toca prácticamente todo lo relacionado con la conducción del día a día.

Navarro ha aprovechado para hablar sobre la polémica que despertó la posibilidad de que se limitaran sistemas de navegación como Waze: "Los navegadores con o sin avisador de radar, se consideran un elemento de apoyo al conductor en la decisión del itinerario [...]. Los que están prohibidos son los inhibidores y detectores", ha aclarado.

A 30 km/h en vías urbanas

Pere Navarro
Pere Navarro, director de la DGT.

Los nuevos límites de velocidad en vías urbanas -otro tema que ha salido a colación- serán de:

  • 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de la circulación.
  • 50 km/ en vías de dos más carriles por sentido de circulación.

En este escenario, Pere Navarro ha asegurado que "es de sentido común que en una vía de un solo carril no se pueda circular a 50 km/h". El director de la DGT ha explicado que la medida persigue la protección de los usuarios más vulnerables y responde a una propuesta de los Ayuntamientos.

"Estamos convencidos de que se puede circular a 30 km/h y, además, está contrastado, porque ya son muchos los municipios en los que ya se aplica", ha respondido.

Waze y los chivatazos

Waze

Una de las cosas que la DGT se ha planteado limitar ha sido el uso de aplicaciones móviles que alertan de la presencia controles policiales, como Google Maps o Waze. Sin embargo, Navarro ha querido aportar algo de tranquilidad en este aspecto:

"Los navegadores con o sin avisador de radar se consideran un elemento de apoyo al conductor en la decisión del itinerario y, más concretamente, una ayuda para elegir la ruta más segura. Y nos parece bien", ha dicho.

Y ha zanjado: "No olvide que también en la web de la DGT informamos de la ubicación de nuestros radares".

La polémica por prohibir superar en 20 km/h la velocidad para adelantar

Velocimetro

Una de las medidas que entrará en vigor el 2 de enero de 2021 -cuando se apruebe en el Congreso- es la de eliminar la posibilidad de rebasar en 20 km/h el límite máximo en adelantamientos en carreteras convencionales.

Uno de los usuarios ha planteado que con esta norma se obliga al conductor a tardar más en realizar los adelantamientos, a lo que Navarro ha respondido:

"Casi el 80 % de los accidentes mortales se producen en carreteras secundarias. La gran mayoría, por salidas de la vía provocadas por excesos de velocidad y por distracciones. Permitir superar en 20 km/h el límite para adelantar incita a superar los límites. Con esta limitación se adecúa la velocidad de estas vías a su capacidad de seguridad y se refuerza el mensaje de que adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal de consecuencias más graves cuanto mayor sea la velocidad. Y las excepciones siempre dificultan la comunicación de que la velocidad es uno de los principales factores de riesgo"

¿Detector y avisador de radar es lo mismo?

Radar Movil

Otro de los temas que han surgido ha sido el de los detectores de radar. La reforma contempla que se multe si el conductor lleva uno en el coche, aunque no lo esté usando.

En este sentido, el director de la DGT ha aclarado si un avisador de radar se considera un detector:

"No, un avisador no sería un detector sino un dispositivo que comparte información de la ubicación de los cinemómetros fijos de España. Un detector sería el dispositivo que es capaz de detectar las ondas emitidas por un cinemómetro (tecnología doppler) y de este modo alertar al conductor".

Llevar este tipo de dispositivo pasará a suponer una infracción grave, lo que acarrea 200 euros de multa y la resta de tres puntos del carnet de conducir. También está prohibido el uso de inhibidores, claro.

Coches que pueden ir a 200 km/h: ¿prohibirlos es la solución?

Mercedes Benz

Otra de las preguntas ha vuelto a reabrir el debate de si la velocidad máxima permitida es de 120 km/h, por qué se fabrican coches que superan con creces esa velocidad.

El año pasado, Navarro aseguró que "comprar un coche que puede ir a más de 200 km/h sólo te puede llevar a la cárcel". En este sentido ha recordado que siempre han estado "en contra de la comercialización de vehículos que puedan alcanzar esas velocidades, pero la normativa aplicable es la legislación acordada en Europa".

Navarro ha aprovechado para elogiar la decisión de Volvo de empezar a limitar de fábrica la velocidad máxima de sus coches hasta 180 km/h.

¿Demasiados radares?

Radares

Uno de los usuarios que han enviado sus preguntas al director de la DGT se ha mostrado especialmente molesto ante el aumento de vigilancia policial en carretera (aludiendo tanto a radares como a helicópteros) y ha recriminado que no se hace por seguridad, sino por afán recaudatorio, ya que obliga al conductor "a estar pendiente del velocímetro".

Al respecto, Navarro ha sido bastante escueto: "En España tenemos 1.300 radares; en Francia, 4.000; y en el Reino Unido, 8.000".

Accidentes en patinete: ¿quién se hace cargo?

Patinete

En la reforma, los patinetes estarán definidos como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.

Además queda prohibida la circulación de los patinetes eléctricos por las aceras y por las zonas peatonales y deberán disponer del correspondiente certificado de circulación; todas estas novedades entrarán en vigor enero.

Sin embargo hay un tema que sigue suscitando preguntas: en caso de accidente en el que se vea involucrado un patinete, ¿a quién reclamamos?

El director de la DGT ha explicado que si el responsable del accidente es el conductor de un patinete eléctrico alquilado, habrá seguro al que reclamar, ya que las compañías que alquilan estos patinetes tienen suscritas pólizas de responsabilidad civil a tal efecto.

En caso de particulares, las compañías de seguros ya empiezan a ofrecer cobertura en las pólizas del hogar para este tipo de accidentes (como el atropello a un peatón o el choque contra un coche).

¿Y si no hay póliza a la que reclamar o el sujeto se da a la fuga? En este caso la DGT abre la posibilidad a que el Consorcio de Compensación de Seguros se haga cargo.

Es posible además que, a partir del 2 de enero, cuando entre en vigor la primera fase de la reforma, se plantee obligar a los usuarios de patinetes a contratar un seguro.

En Motorpasión | Kay Petre, la piloto que 'voló' a 215 km/h con su Delage V12 en el circuito de Brooklands

Temas
Comentarios cerrados