El fin de estado de alarma ha puesto el fin de las limitaciones de movilidad, por lo que, a priori y a menos de que se produzca un rebrote, se puede circular por todo el territorio español sin restricciones.
Esto se traduce en que este verano las carreteras pueden colapsarse en las fechas habituales de salida y retorno de las vacaciones y, para minimizar los atascos, la DGT suele utilizar herramientas como los carriles para aligerar la fluidez del tráfico. Repasamos los tipos de carriles que puedes encontrarte y cómo debes circular por ellos para ahorrarte una multa.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que hay diferentes métodos para favorecer la circulación del tráfico en congestiones. En esencia encontramos cuatro tipos: carriles en sentido contrario al habitual, carriles adicionales, carriles reversibles y carriles BUS-VAO.
¿Cuáles son sus diferencias? ¿Se permite a todos los vehículos circular por ellos? ¿Hay que encender las luces? ¿Tienen limitada la velocidad máxima? ¿Qué maniobras están permitidas? Repasamos las principales dudas.
Carril en sentido contrario al habitual
Se coloca provisionalmente en vías de más de un carril por sentido y su objetivo, en general, suele ser o bien aliviar el tráfico o bien salvar un tramo de carretera cortado por obras. Por ejemplo, es habitual encontrarlo a la entrada y salida de las grandes urbes, pues suelen presentar altos volúmenes de tráfico debido a su mayor población.
¿Cómo están señalizados?
Van delimitados por conos y habitualmente se utiliza señalización variable para anunciarlos, así como para indicar el kilómetro donde empieza o acaba y la velocidad máxima a la que se puede circula. Además, pueden ir acompañados de paneles direccionales provisionales y las entrada y salida puede estar delimitada por balizas.
¿Qué vehículos pueden circular y cómo?
Únicamente pueden utilizarlos turismos sin remolque o motocicletas, excepto si se coloca por motivo de obra: en este caso puede circular cualquier tipo de vehículo, salvo que se prohíba expresamente.
Asimismo:
- Se debe llevar encendida, al menos la luz de cruce, ya sea de día o de noche.
- La velocidad máxima es de 80 km/h y la mínima de 60 km/h, aunque puede ser inferior si así está establecido o señalizado de forma específica.
¿Qué maniobras están permitidas?
En este tipo de carriles no se puede adelantar, ni atravesar la línea de conos.
Además...
En caso de circular por un carril contiguo a uno provisional de sentido contrario a la marcha habitual, también se debe activar las luces de cruce y la velocidad debe oscilar entre los 60 km/h y los 80 km/h. No obstante, si hay más de un carril para ese sentido se aplica el límite fijado para la vía.
Carriles adicionales
A diferencia de los anteriores, este tipo de carriles se suele ubicar en carreteras con doble sentido de circulación, es decir, las convencionales, y supone añadir un único carril adicional utilizando la superficie del arcén y siempre que la anchura del arcén y calzada lo permita.
Así, una vía con sólo dos sentidos, aumenta a tres, con dos carriles en un sentido y otro en el contrario. Y nuevamente, su objetivo también es el de descongestionar una carretera dada.
¿Cómo están señalizados?
También van delimitados por elementos provisionales de señalización, como conos o balizas, que modifican la zona de rodadura.
¿Qué vehículos pueden circular y cómo?
Por un carril adicional puede circular cualquier vehículo, excepto aquellos que están obligados a ir por el arcén en condiciones normales, es decir: bicicletas, ciclomotores, vehículos especiales de menos de 3.500 kilos, vehículos de tracción animal o vehículos averiados asimismo inferiores a los 3.500 kilos.
De igual manera,
Es obligatorio llevar encendidas, al menos, las luces de cruce, ya sea de día o de noche.
La velocidad máxima es de 80 km/h y la mínima de 60 km/h, aunque puede ser inferior si así está establecido o señalizado especificamente.
¿Qué maniobras están permitidas?
Se prohíbe de forma expresa girar a la izquierda desde el carril adicional, pues supone rebasar la línea de conos.
Carriles reversibles
A diferencia de los anteriores, este tipo de carriles no son provisionales, sino que pueden ser bidireccionales según lo requiera la situación del tráfico. Normalmente se encuentran en carreteras urbanas.
¿Cómo están señalizados?
Mediante marcas viales, estando delimitados por líneas dobles discontinúas por ambos lados. Además, mediante señalización variable o semáforos de carril se indica qué sentido es el que está activo en ese momento.
¿Qué vehículos pueden circular y cómo?
- Cualquier vehículo apto para circular por la vía en la que se ubican puede utilizarlos.
- No tienen velocidad específica, por lo que la velocidad mínima y máxima viene marcada por la general del tipo de vía.
- Es obligatorio llevar encendida la luz de cruce, ya sea de noche o de día.
¿Qué maniobras están permitidas?
Los carriles reversibles se pueden utilizar para adelantar, siempre que se circule en el mismo sentido como es obvio. Además, en ningún caso se podrá invadir o circular por el carril situado a la izquierda del reversible.
Carriles BUS-VAO
Como los reversibles, los denominados carriles para ‘Vehículos de Alta Ocupación’ (VAO) no son provisionales y se adecuan a las condiciones del tráfico, pudiendo variar su sentido, el horario o el mínimo de pasajeros permitido.
Están destinados a vehículos de transporte de pasajeros, por tanto a motocicletas, automóviles, vehículos mixtos o autobuses, y, por norma general, se exige que lleven más de un ocupante, aunque esto puede modificarse según la situación.
Asimismo, los vehículos con la etiqueta medioambiental CERO, eléctricos o híbridos enchufables de más de 40 kilómetros de autonomía eléctrica, pueden circular por ellos independientemente de su número de ocupantes.
En lo que toca a la velocidad máxima permitida, es la misma a la de la vía en el que está situado, a menos que se señalice lo contrario.
¿Me pueden multar por circular indebidamente por estos carriles?
En estos carriles se aplica el Reglamento de Circulación en base a sus especificaciones concretas, por lo que podemos incurrir en infracciones si no cumplimos con las normas aplicadas, por ejemplo si invadimos el carril contiguo, no encendemos las luces o circulamos a una velocidad superior o inferior a la permitida en ellos.
Circular en sentido contrario al indicado en los carriles provisionales o reversibles: la ley establece que "los supuestos de circulación en sentido contrario al estipulado tendrán la consideración de infracciones muy graves". La multa es de 500 euros.
Circular por encima de los 80 km/h: si se supera la velocidad establecida en este tipo de carriles está considerado una infracción grave o muy grave, dependiendo de cuál sea el exceso de velocidad y puede conllevar o no la resta de puntos, además de la sanción económica, que oscila entre los 200 euros y los 500 euros.
VELOCIDAD | TIPO DE INFRACCIÓN | MULTA | PUNTOS |
---|---|---|---|
81 - 110 km/h | Grave | 200 euros | - |
111 - 130 km/h | Grave | 200 euros | 2 |
131 - 140 km/h | Grave | 200 euros | 4 |
141 - 150 km/h | Grave | 200 euros | 6 |
151 km/h o más | Muy grave | 500 euros | 6 |
- Circular sin las luces de cruce puestas: no hacer el uso del alumbrado reglamentario está considerado una falta grave. La multa es de 200 euros.
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