La asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se ha hecho eco de un reciente éxito que ha tenido en los juzgados y que atañe a la DGT. Tanto, ha sido la propia DGT la que ha sido condenada al pago de costas.
Según explica la AEA, un juzgado de Madrid ha anulado una multa de 300 euros y la detracción de dos puntos impuesta por el Jefe provincial de Tráfico de Segovia a un conductor por un supuesto exceso de velocidad captado por un radar cuyo soporte, y aquí reside la clave, estaba en mal estado.
Las cabinas donde se instalan los radares tienen que pasar revisiones metrológicas
La sentencia judicial dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid ha estimado el recurso promovido por la asociación (en defensa de uno de sus socios) y ha anulado tanto la multa económica como la detracción de puntos.
La razón es que "al no constar el correcto estado del soporte del radar utilizado" no puede garantizarse su correcto funcionamiento.
A su vez, ha impuesto a la DGT que se haga cargo de 400 euros de costas. Según se recoge en el fundamento de derecho primero de la sentencia, la revisión de los radares y las cabinas es obligatoria:
"En la Orden ITC (3123/2010) se regula la verificación periódica, no sólo de los propios aparatos cinemómetros, sino también de las cabinas que constituyen su alojamiento, soporte o protección, como deriva del artículo 12 de la misma Orden, antes transcrito, pero en el expediente administrativo no consta ningún certificado o documento que garantice la obligatoria verificación de la cabina".
Esta revisión, de acuerdo a la DGT, debe solicitarla el titular del cinemómetro de forma anual. En el caso de las cabinas la verificación periódica se realizará cada seis años.
Los hechos se iniciaron por una denuncia formulada el pasado año por el radar que la DGT tiene situado en el km 59,2 de la N-VI (bien señalizado y al comienzo del Puerto de Los Leones, en sentido Segovia-Madrid).
Se trata de un cinemómetro 'famoso' desde hace años, que lleva operativo desde 2016 y que encabeza la lista de AEA de los radares que más multan en España. En un año 'repartió' más de 55.000 multas; el equivalente a tres millones de euros.
En este tramo, la velocidad máxima es de 50 km/h, pero la AEA no ha especificado a cuánto iba el conductor al que ha defendido. Sin embargo, el argumento de que la falta de control metrológico invalida la medición de los radares puede abrir la puerta a muchos casos de anulación de multas.
Si el conductor se anima a recurrir, claro.
Foto | Google Maps
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