Os lo adelantamos hace semanas, este otoño los excesos gordos de velocidad pasarán a ser un delito, castigado con 3 a 6 meses de prisión y privación del derecho de conducir entre 1 y 4 años. Todo esto sin olvidar las sanciones económicas y resta de puntos. Por ejemplo, pasar de 200 Km/h en autopista acarreará estas consecuencias. Si es la primera condena y es inferior a 2 años, no se pisa la cárcel, pero a la segunda, sí.
La DGT se ha puesto en contacto con los titulares de las vías que tienen instalados controles de velocidad fijos y que vigilan una velocidad inferior a la genérica (el máximo de la vía). Por ejemplo, el típico radar que vigila un límite de 100 Km/h en una autopista.
Estos límites deberán ser revisados de acuerdo a parámetros técnicos internacionales y características de la vía para asegurar que habrá más seguridad jurídica para los conductores y la Administración cuando se aplique el nuevo Código Penal.
Hay 205 puntos en la red viaria que cumplen estas condiciones, y también será revisada la señalización existente. Como breve recordatorio, la DGT no es la autoridad competente de establecer los límites específicos (que no genéricos) en las vías, si no sus titulares: ayuntamientos, comunidades autónomas, Ministerio de Fomento, etc.
Por cierto, se han hecho públicos los datos de la última campaña de control de velocidad. El 97,44% de los conductores respetaron los límites, de un total de 1,3 millones de vehículos. Respecto a la campaña de verano del año pasado, el número de infracciones ha subido un 0,1%.
Porcentualmente, la mayoría de infracciones se dieron en vías convencionales (único carril por sentido).
En términos absolutos, fueron denunciados más conductores en autopistas y autovías, aunque representan un porcentaje menor de infractores sobre el total de vehículos, mientras que porcentualmente es el tipo de vía en el que más se respetan los límites.
En total han sido denunciados 34.088 conductores.
Fuente | DGT
Fotografía | Autopista A-66 por jlmaral
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