Este artículo ha sido modificado tras el anuncio del Ayuntamiento de Madrid en el cambio del calendario de multas. |
El pasado 1 de enero se dio pistoletazo al veto a los coches sin etiqueta en la zona interior de la M-30 de Madrid y, aunque estaba previsto que comenzaran las multas esta semana, el consistorio madrileño ha anunciado que se retrasan las sanciones hasta las 00:00 del 1 de mayo.
Esta medida se enmarca en la revisada Ordenanza de Movilidad Sostenible del gobierno de José Luís Martínez-Almeida y forma a su vez parte de la estrategia Madrid 360, cuyo objetivo es el de reducir las emisiones en la capital poniendo el acento en el tráfico rodado.
Sea como fuere, las multas aún no se harán efectivas: sobre la bocina, el Ayuntamiento ha extendido el periodo de preaviso de dos a cuatro meses. Según ha publicado el consistorio se ha adoptado esta decisión para "ofrecer mayor seguridad jurídica a los ciudadanos".
Y el motivo tiene que ver con las modificaciones en la base de datos por cambios en el empadronamiento de los coches realizados en diciembre pues "podrían producirse sanciones indebidas". De lo que se deduce que estos cambios no se han volcado a tiempo para que se comience a multar de forma telemática. Aunque los agentes de movilidad ya sí que sancionan esta infracción como ocurría hasta ahora.
Hay que recordar que esta medida, en la que es su primera fase, solo afecta a los coches sin etiqueta que no estén dados de alta en el padrón municipal de la ciudad de Madrid.
Así, se extiende el periodo de aviso hasta mayo, es decir que se seguirá enviando una nota informativa a aquellos conductores que no cumplan las restricciones hasta dicha fecha, a menos que sean sorprendidos por un agente. El Ayuntamiento detalla que desde que comenzara la medida ha detectado a 1.454 automóviles infractores.
¿A qué coches afecta? ¿En qué barrios de la ciudad se aplica? ¿Cuál será la cuantía de las multas y cómo se controla ya a los conductores? ¿Hay excepciones? Lo repasamos.
Solo los coches sin etiqueta no empadronados en la ciudad Madrid
Esta medida se aplica únicamente a los coches sin etiqueta que NO estén dados de alta en el padrón municipal en Madrid capital y por tanto que no paguen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad.
Es decir que aquellos usuarios cuyo coche esté empadronado en cualquier municipio de la periferia, pese a pertenecer a la Comunidad de Madrid, serán multados a partir de mayo. Y lo mismo ocurre con aquellos de otras comunidades.
Por el contrario, si se tiene un coche sin etiqueta pero está inscrito en Madrid, sí que se puede circular sin miedo a una multa. Y así será hasta enero de 2025.
¿Y cuáles son los automóviles sin distintivo medioambiental?
- Los gasolina que no cumplen la normativa Euro 3 o anterior, normalmente matriculados antes de 2001.
- Los diésel que no cumplen la normativa Euro 4 o anterior, usualmente los matriculados antes de 2006.
Hay que tener en cuenta que esto se aplica a todos los coches que no estuvieran empadronados en la ciudad de Madrid antes del 1 de enero de este 2022, por lo que no se tendrá en cuenta a aquellos que hayan cambiado posteriormente su domiciliación.
¿Y qué hay del resto de vehículos? De momento, a partir de mayo, no serán multados ya que, como señala el Ayuntamiento hasta el 31 de diciembre de 2024 únicamente se aplicará a los coches quedando fuera hasta dicha fecha todos los vehículos que no sean turismos: camiones, furgonetas, motocicletas o ciclomotores sin etiqueta.
¿Cuáles son las multas y dónde se aplica?
A partir de las 00:00 horas de domingo 1 de mayo, todo coche sin etiqueta que acceda o circule por la zona interior del la M-30, también conocida como almendra central, será sancionado telemáticamente. La propia M-30 queda exenta.
Mapa ZBE Madrid (Primera fase)
Este área comprende siete distritos de Madrid: Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán y Chamberí. Aunque también parcialmente el de Moncloa-Aravaca, en concreto los barrios de Argüelles, la Colonia del Manzanares (Barrio Casa de Campo) y parte de Ciudad Universitaria.
Pero ojo, que hay dos zonas en las que los coches sin etiqueta, aunque estén empadronados en Madrid, no pueden acceder ni circular: las ZBE de especial protección de Distrito Centro (el anteriormente conocido como Madrid Central) y Plaza Elíptica (donde ya se multa a los transgresores).
¿ Y cuál es la cuantía de las multas? Dado que comienzan en mayo las sanciones, la multa será de 200 euros, pues desde el 21 de marzo entrarán en vigor la nuevas sanciones de la Ley de Tráfico.
Y es que saltarse las medidas de las ZBE o de los protocolos por elevada contaminación pasa a considerarse una infracción grave y se aplica la sanción genérica para este tipo de infracciones (100 euros con pronto pago)-
No obstante, ya que los agentes pueden multar, la sanción que aplican y aplicarán en caso de detectar un coche que circulaba de forma indebida será de 90 euros (45 euros con pronto pago) hasta dicha fecha.
¿Cómo se vigila a los infractores? Los agentes ya sancionan
El control de acceso indebido, así como la circulación, en la zona enmarcada por la M-30 se hace de forma telemática por lectura de matrícula. Aunque los agentes de movilidad sí que pueden denunciar a los infractores.
De momento son los semáforos foto-rojo situados en el interior de la M-30 los que controlan automáticamente a los transgresores. Así, cuando detecten un infractor se les seguirá enviando una nota informativa hasta mayo.
No obstante a lo largo del año se instalarán cámaras de vigilancia con lector OCR específicas para asimismo controlar que se cumpla la medida. Aunque no se ha determinado fecha exacta para su instalación y, desde que se produzca, tampoco multarán hasta pasados dos meses.
Así, y de momento, los únicos que multan los accesos indebidos son los agentes de movilidad: el Ayuntamiento de Madrid, desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad ha establecido un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en en el área interior de la M-30. Estos agentes se sitúan en puestos aleatorios de la zona.
Coches históricos y otras excepciones permanentes
Hay que tener en cuenta que en este veto a los coches sin etiqueta hay una serie de vehículos y coches que figuran entre las excepciones permanentes a los que nunca se aplicará esta restricción de circulación, incluso a partir del 1 de enero de 2025.
- Vehículos especialmente adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida, así como aquellos coches cuyos titulares sean personas con discapacidad.
No obstante, han de darse de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)' y disponer de la tarjeta de estacionamiento correspondiente.
- Vehículos y coches históricos. Que son aquellos que cumplen los requisitos establecidos en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio: edad mínima de 30 años, vehículos de colección y de valor histórico etc.
- Vehículos de emergencias (extinción de incendios) y de las Fuerzas Armadas.
Así se irá extendiendo el veto a todos los sin etiqueta en la ciudad de Madrid
Dado que el objetivo es convertir a todo Madrid en una ZBE, se irá restringiendo paulatinamente la circulación a los coches sin etiqueta. Y a partir de 2025 será aplicable a todos los vehículos sin distintivo, incluyendo a los coches empadronados en la ciudad de Madrid.
El calendario previsto es el siguiente:
- Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido el acceso y circulación por la M-30 a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para todos los vehículos y coches sin etiqueta domiciliados en Madrid (los que figuran en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de la ciudad).
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