Para la DGT, España tiene un problema con el alcohol: solo uno de cada cuatro fallecidos en accidente en 2021 no había bebido

El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses ha elaborado junto a la DGT la Memoria 2021 de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas de Accidente de Tráfico para dar a conocer el uso de alcohol y otras drogas al volante que se dio el año pasado.

Los datos arrojan cuestiones preocupantes, como que el 75% de los conductores que perdieron la vida en la carretera mostraron una tasa de alcoholemia muy alta, igual o superior a 1,2g/L.

La memoria se ha elaborado a partir de muestras post-mortem de 1.004 fallecidos por accidente de tráfico, 812 conductores y 180 peatones, explica la DGT.

De los 812 conductores fallecidos en accidentes de tráfico, y sometidos a autopsia y a un análisis toxicológico, 401 conductores arrojaron resultados toxicológicos positivos a alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos, aisladamente o en combinación.

Esto es casi la mitad.

Del total, el 92,3 % de los fallecidos con resultados toxicológicos positivos fueron hombres entre 25 y 54 años y mayoritariamente conducían un turismo, una motocicleta o un ciclomotor.

Entre los jóvenes de 18 a 34 años, los accidentes tuvieron lugar con más frecuencia los fines de semana y consumieron mayormente cannabis. En la franja de 35 a 65 años, la mayor incidencia se dio durante días de la semana y el consumo principal fue de cocaína.

Por su parte, de los 180 peatones fallecidos, un 38% dio resultados toxicológicos positivos a alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos, aisladamente o en combinación.

Según el director de la DGT, Pere Navarro, en España hay "un problema con el alcohol que va más allá de la seguridad vial" y la divulgación de datos es la forma que tiene Tráfico de elevar el debate sobre el consumo al volante.

Solo en las últimas navidades, la DGT cazó en seis días a 1.731 conductores que dieron positivo en alcohol y otros 1.444 hicieron lo propio en otras drogas, la mayoría cannabis.

Recordemos que, según se detalla en la Ley de Seguridad Vial vigente (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre), una tasa superior a 0,50 mg/l de aire espirado (o más de 0,30 mg/l en el caso de conductores profesionales o noveles) supone una multa de 1.000 euros y la retirada de seis puntos del carnet.

Pero si la tasa supera los 0,60 mg/l, está contemplado como delito contra la seguridad vial según establece el Artículo 379 del Código Penal, y puede suponer penas de cárcel de tres a seis meses, multas de seis meses a un año, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y la retirada del carnet de conducir entre uno y cuatro años.

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