Así son las 'puertas antiatasco' que usa la DGT: una herramienta para reducir congestiones y mejorar la asistencia en carretera

Las carreteras no están diseñadas de forma inamovible: en las que tienen una separación física entre los dos sentidos de la marcha encontramos pasos que son denominados bypass, transfers o pasos de mediana, conocidos coloquialmente como "puertas antiatasco".

En esencia, sirven para habilitar un carril adicional en sentido contrario, normalmente para mejorar la fluidez del tráfico ante una congestión, pero también se usan por ejemplo cuando un tramo queda inutilizado ya sea por accidente, obras o por exigencias meteorológicas.

Qué son los pasos de mediana

Según las define la propia DGT, las "puertas antiatasco" son una interrupción en la separación física entre los dos sentidos de circulación de una carretera de calzadas separadas, que facilita la comunicación entre ambas en casos singulares y de emergencia.

Por este motivo, las autopistas, autovías o carreteras multicarril con separación física entre los dos sentidos, se diseñan con estos pasos, que suelen ir colocados a intervalos de dos kilómetros.

También en los túneles de más de 500 m de longitud deben disponerse a 200 m de los extremos (entrada y salida).

Y para que se hagan efectivos, la normativa exige que los distintos sistemas de barrera en el paso de mediana pueden ser móviles o desmontables, a fin de abrirse cuando la situación lo exija.

Cuándo se utilizan estas "puertas antiatasco"

Hay diversos momentos en los que Tráfico opta por abrir estos pasos para que la circulación fluya por un carril adicional en sentido contrario:

- Atascos: en situaciones puntuales de elevada congestión (fines de semana, puentes, festivos, operaciones de salida o retorno). Suelen habilitarse en los accesos a grandes ciudades, que suelen ser los que más problemas presentan en estos supuestos.

- Accidentes: en caso de un siniestro que deje inutilizado el tramo, permitiendo liberar al resto de vehículos y coches. Además, también facilitan el acceso a grúas y vehículos de emergencia (bomberos, ambulancias) para asistir a los accidentados o víctimas.

- Obras: si un tramo debe cortarse por obras de mantenimiento (asfaltar, limpieza, colocación o saneamiento de barreras etc.).

- Situaciones climatológicas adversas: por ejemplo en nevadas, facilitan el recorrido de los vehículos de mantenimiento y de las máquinas quitanieves.

En cada uno de estos supuestos, la apertura de medianas se lleva acabo con de forma coordinada entre los agentes de Tráfico y los Centros de Gestión de Trafico.

El levantamiento de la barrera desmontable la llevan a cabo los operarios de mantenimiento de las carreteras, apoyados por los agentes que para garantizar su seguridad, y después se procede a habilitar un carril en sentido contrario, balizado mediante conos.

"Los pasos en medianas son herramientas muy útiles, facilitan cualquier operativo. Sin ellos sería más complicado. Solo en nuestro subsector abrimos cada año unos 60 bypass aproximadamente", explica Rubén González, teniente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y responsable del subsector norte de la Comunidad de Madrid.

Carriles en sentido contrario, lo que necesitas saber

Como los reversibles, los adicionales, o los Bus-VAO, los carriles en sentido contrario son carriles habilitados para mejorar la fluidez del tráfico. En su caso ocupan otro carril del sentido contrario, añadiendo un carril más al sentido de la circulación que se encuentra atascado o afectado por un incidente puntual.

Cómo están señalizados

Se delimitan mediante balizas (conos) y se anuncian a los conductores en la señalización variable, donde se indica el kilómetro de inicio y finalización del carril adicional así como la velocidad a la que se debe circular por él.

Asimismo, pueden ir acompañados de paneles direccionales provisionales y las entrada y salida puede estar delimitada por balizas.

Cómo se debe circular por un carril en sentido contrario al habitual

- Velocidad máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h, aunque puede ser inferior si así se establece o señaliza de forma específica.

- Luz de cruce: los vehículos siempre deben activar la luz de cruce para utilizarlos, aunque sea de día.

- Solo para turismos sin remolque y motocicletas, a excepción de que el motivo por el que se habilite sea por obras o se indique expresamente la contrario.

- No está permitido adelantar: obviamente, ya que esto supondría atravesar la línea de conos, además que los vehículos en los carriles inmediatos circulan en sentido contrario al de este carril provisional.

Respecto a los vehículos que circulan por el carril inmediatamente contiguo a este adicional, también deben encender las luces de cruce y circular a idéntica velocidad (80 km/h - 60 km/h). Si la vía tiene más carriles para este sentido, el resto puede circular al límite máximo fijado en la vía.

Multas de entre 200 y 500 euros

Si no se transita siguiendo la exigencias de un carril en sentido contrario, se puede estar incurriendo en diferentes infracciones según establece el  Reglamento de Circulación y la Ley de Tráfico y esta penado con multas que oscilan entre los 100 euros y los 600 euros.

- Circular en sentido contrario al indicado en los carriles provisionales o reversibles: la ley establece que "los supuestos de circulación en sentido contrario al estipulado tendrán la consideración de infracciones muy graves". La sanción es de 500 euros y también supone la resta de 6 puntos del carnet de conducir.

- Circular superando los 80 km/h: si se supera la velocidad establecida en este tipo de carriles está considerado una infracción grave o muy grave, dependiendo de cuál sea el exceso de velocidad y puede conllevar o no la resta de puntos (de 2 a 6), además de la sanción económica, que varía entre 100 euros y  600 euros.

VELOCIDAD

TIPO DE INFRACCIÓN

multa

puntos

81 - 110 km/h

Grave

100 euros

-

111 - 130 km/h

Grave

300 euros

2

131 - 140 km/h

Grave

400 euros

4

141 - 150 km/h

Grave

500 euros

6

151 km/h o más

Muy grave

600 euros

6

- Circular sin encender las luces de cruce: no hacer el uso del alumbrado reglamentario está considerado una falta grave. La multa es de 200 euros.

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