Tras ponerse en funcionamiento en diciembre, mañana martes 22 de febrero comienzan las multas en la segunda Zona de Bajas Emisiones de Madrid. Se trata de la ZBE de Especial Protección de Plaza Elíptica, donde se restringe el acceso y circulación a los vehículos más contaminantes.
Pasados ya los dos meses de periodo de aviso, circular con un coche o vehículo que no lo tiene permitido será ahora sancionable. Aunque hay excepciones, como ocurre en la ZBE de Distrito Centro, antes conocida como Madrid Central.
La capital española sigue así encaminada a reducir emisiones con el acento en el tráfico rodado, sumándose esta ZBE a otras medidas como la prohibición paulatina de todos los coches sin etiqueta en toda la ciudad, la nueva tarifa dinámica de las zonas SER o las nuevas plazas de estacionamiento alta rotación en zonas de alta demanda de estacionamiento.
¿Qué coches y vehículos no pueden circular por la ZBE de Plaza Elíptica? ¿Cuáles son las multas? ¿Qué calles y perímetro comprende? ¿Cuáles son las excepciones? Lo repasamos.
Qué coches pueden acceder y cuáles no
A diferencia de la ZBE de Distrito Centro, en la ZBE de Plaza Elíptica solo se restringe el acceso y circulación a los coches y vehículos sin etiqueta. Es decir que el veto se aplica a:
- Los gasolina que no cumplen la normativa Euro 3 o anterior, normalmente matriculados antes de 2001.
- Los diésel que no cumplen la normativa Euro 4 o anterior, usualmente los matriculados antes de 2006.
Por lo tanto puede acceder libremente cualquier coche o vehículo con distintivo medioambiental, ya sea B, C, ECO o CERO.
Multas de 90 euros, hasta el 21 de marzo
La sanción que se aplicará a partir de mañana por transitar con un coche o vehículo que no lo tenga permitido es de 90 euros.
No obstante, a partir del 21 de marzo la multa se elevará a 200 euros, pues Madrid opta por aplicar la nueva sanción recogida en la reformulada Ley de Tráfico y cuyo grueso de novedades entra en vigor precisamente en dicha fecha.
En la revisada normativa incumplir los preceptos asociados a las ZBE o los protocolos por elevada contaminación se añade como infracción grave, de ahí que suponga 200 euros de sanción. No conlleva resta de puntos.
¿Cómo se controla a los infractores?
El control de acceso se realiza de manera automática gracias a más de 100 cámaras de lectura de matrícula instaladas en el perímetro y el interior de esta zona.
La ZBE de Plaza Elíptica: calles y perímetro
La que es la segunda Zona de Bajas Emisiones de Madrid conforma un área de 0,3 km² y está acotada por la A-42 entre Avenida de Los Poblados y la M-30.
En su interior encontramos 17 calles donde se restringe el tráfico a los sin etiqueta, ya sea parcial y totalmente.
- Vía Lusitana entre calle Faro y Plaza Elíptica.
- Avenida de Abrantes entre 2 y el 14, ambos inclusive.
- Pasaje de Estoril, completo.
- Calle de Braganza del nº 1 al nº 19, ambos inclusive.
- Calle de Viana, completa.
- Avenida de Oporto del nº 2 al nº 6, ambos inclusive.
- Calle de Antonia Lancha entre la Travesía de Antonia Lancha y calle de La Vía.
- Calle de La Vía entre Calle Sta. Lucrecia y Plaza Elíptica.
- Calle de Évora entre el nº 14 y el nº 18.
- Calle Antonio Leyva entre Sta. Lucrecia y Plaza Elíptica.
- Calle Marcelo Usera entre Manuel Noya y Plaza Elíptica.
- Calle San Filiberto, completa.
- Travesía de San Filiberto, completa.
- Calle Marquesa de Silvela, completa
- Calle Juan Español, entre calle de Manuel Noya y lateral del Pº Sta. María de la Cabeza.
- Lateral Pº Sta. Mª de la Cabeza, sentido Madrid, entre Plaza Elíptica y la calle Juan de España.
- Calle San Nicomedes, completa.
Esta zona no se puede atravesar con un vehículo o coche sin etiqueta (incluyendo el tramo de la autovía A-42), a menos que se incluya entre las excepciones contempladas.
No obstante, todas las calles que conforman su perímetro son de libre acceso y circulación, siendo las siguientes: Calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.
Excepciones: residentes, comerciantes...
Como ocurre en la ZBE de Distrito Centro, en la ZBE de Plaza Elíptica se aplican ciertas excepciones. Es decir que hay coches y vehículos sin etiqueta que sí que pueden acceder y discurrir por esta zona.
- Residentes.
- Comerciantes con local en la zona.
- Vehículos de empresas o trabajadores autónomos que tengan un local en la zona.
- Vehículos cuyo titular es una persona de movilidad reducida o adaptados para este tipo de pasajeros.
- Vehículos de servicio: ambulancias y sanitarios, de fuerzas de seguridad, instalaciones, servicios de emergencia, funerarios o vehículos del ayuntamiento.
- Transporte escolar privado: aquellos padres o tutores cuyos hijos/niños a cargo acudan a un centro situado en el interior de esta ZBE pueden circular y acceder, siempre y cuando sean de educación infantil o primaria. Para ello deben solicitar un permiso que pueden gestionar desde el mismo centro educativo.
Hay que tener en cuenta que en caso de residentes, comerciantes y empresas, para evitar la sanción el vehículo ha de estar dado de alta (empadronado) en esta zona. Concretamente en los barrios de Abrantes, Opañel y Comillas (Carabanchel), así como en los de Moscardó y Zofío (Usera).
Si esta gestión aún no se ha realizado puede hacerse desde la sede electrónica del Ayuntamiento o en la Oficina de Zonas de Bajas (calle Bustamante, 16), siempre con cita previa, que se solicita en este enlace.
En el caso de empresas y comerciantes siempre es indispensable que su local se sitúe en el interior del área.
Y solo se puede dar de alta un único vehículo sin etiqueta, aunque éste se puede modificar dos veces al mes. Asimismo, siempre han de acreditar que la utilización de este vehículo es esencial para el desarrollo de su actividad.
Además, solo estarán contemplados entre las excepciones hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir de esa fecha dejarán de tener permitida tanto el acceso como la circulación, es decir dentro de casi tres años.
Por último, señalar que si se tiene una plaza de garaje en la ZBE de Plaza Elíptica no se tendrá permitido el acceso si el coche o vehículo no tiene etiqueta, ya que no está situación no está entre las excepciones contempladas.
Todos los detalles y cuestiones relativas a esta nueva ZBE los puedes encontrar en este enlace.
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