En las carreteras españolas contamos con una gran cantidad de radares que se encargan de controlar la velocidad máxima de los vehículos. Algunos de ellos, colocados estratégicamente, llegan a poner más de 100 multas diarias.
Estos dispositivos son cada vez más precisos y algunos ya son capaces de detectar a conductores que van sin cinturón de seguridad o circulan sin haber pasado la ITV del coche, por ejemplo.
Pero en materia de radares no todo está escrito y prueba de ello son los dos dispositivos que acaba de presentar la Policía Foral de Navarra, que se usarán para detectar a los conductores que circulan sin tener el carnet de conducir.
Cómo funcionan los nuevos radares que ya están activos en Navarra
Los dispositivos presentados por la Policía Foral de Navarra (que este año ya asumirá todas las competencias en materia de Tráfico en la Comunidad Autónoma), son pioneros en España y están enfocados a la detección de conductores reincidentes que o bien han perdido todos los puntos del carnet, o se han visto privados del mismo por sentencia judicial.
Han sido desarrollados por el Grupo de Delincuencia del Automóvil (GDA) en colaboración con la empresa Tradesegur, y funcionan gracias a dos equipos de lectores de matrícula (OCR) conectados a la base de datos ATEX-5 de la Dirección General de Tráfico (DGT). En cuanto a su colocación, pueden funcionar tanto en un trípode, como en movimiento.
Los dispositivos OCR ya llevan tiempo funcionando en el mercado, aunque en materia de Tráfico solo se empleaban para tareas como comprobar las condiciones administrativas del vehículo: si es o no robado, si tiene o no seguro, si está al corriente en la ITV, si está de baja temporal o definitiva, etc.
Ahora, con la nueva implementación realizada por la Policía Foral se realiza una doble consulta a la base de datos de la DGT. Una de ellas por el vehículo y la otra por el conductor al que está asociada la propiedad del vehículo.
Así, se puede comprobar si el propietario del vehículo tiene o no puntos en su carnet de conducir o si posee alguna sentencia judicial en firme como la retirada del carnet. En ambos casos, estaríamos ante delitos tipificados en el Código Penal.
Conducir sin carnet: un delito tipificado en el Código Penal
El artículo 384 del Código Penal castiga la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor de forma severa, con penas de prisión de tres a seis meses o, a criterio del juez, con multa de doce a veinticuatro meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Además, se impondrá la misma pena al que conduzca tras haber sido privado del permiso de conducir temporal o definitivamente y al que conduzca cualquier vehículo sin haberse sacado nunca el carnet.
Según la propia Policía Foral, en el momento en el que salta una alerta con implicación penal la patrulla que maneja el OCR (o la de apoyo), debe interceptar el vehículo y verificar que, efectivamente, el vehículo está siendo conducido por la persona que está privada del derecho a conducir y no por otra.
Alrededor de 1.200 residentes en Navarra en la actualidad están privados del derecho a conducir por alguno de los motivos mencionados, por lo que la Policía Foral considera se ayudará de estos nuevos dispositivos para poder controlar de forma más eficiente sus conductas.
Este tipo de radares se podría ir implantando en el resto del país, si las distintas fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con competencias en materia de Tráfico los solicitan.
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