Desgraciadamente, alcohol y conducción siguen estando presentes en la carretera: el último capítulo lo escribe un camionero que ha septuplicado la tasa permitida, por lo que se enfrenta a un posible delito contra la seguridad vial.
La Guardia Civil de la Comandancia de Soria está investigando a este profesional del transporte que, a lo mandos de un camión articulado, sufrió un accidente saliéndose de la vía. Como es habitual, se le practicó la prueba de alcoholemia que arrojó una cifra más de siete veces mayor que la fijada en este caso: 0,15 miligramos por litro de aire aspirado.
Toda una irresponsabilidad a lo que se suma el agravante de que se trata de un profesional. No es el primer negligente y por desgracia seguramente no sea el último: sirva de ejemplo el conductor de un autobús de línea que circuló más de 30 km/h haciendo uso del teléfono móvil.
El límite es de 0,15 mg/l y dio hasta 1,08
En concreto, según recoge Europa Press, los hechos tuvieron lugar el pasado martes 8 de junio sobre las 18:00 en el kilómetro 4,100 de la carretera SO-380 (Matalebreras-Ólvega) en la provincia de Soria y dentro del término municipal de la localidad de Ólvega.
Si bien el vehículo articulado se salió de la carretera, parte del convoy quedó sobre el carril, obstaculizando el paso a otros vehículos y tras una curva. Aunque rápidamente fue retirado por la Guardia Civil y solo hubo que lamentar un herido: el propio conductor del camión, afortunadamente leve.
Tras someterle al test, el alcoholímetro arrojó resultados de 1,06 y 1,08 mg/l de aire espirado, nada menos que más de siete veces la tasa permitida, que es menor en caso de profesionales o nóveles (la genérica es de 0,25 mg/l). El negligente camionero, de 58 años y residente en Vizcaya (País Vasco), fue atendido de urgencia en Ólvega.
Así, es presunto autor de un delito de seguridad vial, ya que según recoge el Código Penal en el segundo punto del Artículo 379 este supuesto se aplica a aquellos conductores que "circulen con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro". Una cifra ampliamente sobrepasada en este caso.
Podría enfrentarse por tanto a penas de cárcel de tres a seis meses, una multa de seis a 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y la retirada del carnet de conducir entre uno y cuatro años.
Además, circular con semejante cantidad de alcohol en el organismo también supone una falta administrativa muy grave, que en este caso está penado con 1.000 euros de multa, por duplicar el máximo permitido, y la retirada de seis puntos del permiso.
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