Si bien no se requiere carnet para circular con una bici ya sea por las carreteras o carriles segregados, estos usuarios también deben cumplir las normas de tráfico como los conductores. Por ejemplo, someterse a un test de alcoholemia.
Y pese a que que en su caso no se restan puntos al carecer de permiso, si cometen ciertas infracciones les puede caer la misma multa que al resto. Hablamos por tanto de sanciones que pueden ser elevadas, llegando hasta los 1.000 euros. Las repasamos.
Entre 500 y 1.000 euros por circular bebido
Los ciclistas tampoco pueden circular superando la tasa de alcohol permitida. Y como el resto, deben someterse a la pruebas de alcoholemia en caso de que un agente lo requiera.
Las multas son idénticas que para el general de conductores y en base a las mismas tasas, lo que incluye a los profesionales que realizan servicios de transporte (por ejemplo los riders de empresas como Glovo, Uber Eats, etc.)
- Multa de 500 euros: entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l de aire espirado o bien entre 0,16 mg/l y 0,30 mg/l para profesionales.
- Multa de 1.000 euros: más de 0,50 mg/l o bien más de 0,30 mg/l en el caso de los profesionales.
¿Y cuál es la multa por negarse a hacer las pruebas de alcohol? De nuevo la misma que para el resto de automovilistas, pese a ser una infracción muy grave, en su caso no se aplica la sanción genérica sino una multa de 1.000 euros.
¿Puede ser delito? No. Todos los delitos de tráfico recogidos en el Código Penal se relacionan con conductores de vehículos a motor o ciclomotores, no siendo el caso de las bicicletas.
10 multas que se sancionan con 200 euros
Si bien las sanciones relacionadas con el alcohol son las más elevadas que se pueden aplicar a los ciclistas, hay otras infracciones que también se multan con generosas cuantías.
Por ejemplo por superar el límite de velocidad, que igualmente son exponenciales en tanto en cuanto se rebase el límite. Pero además, hay un buen grueso de multas que se sancionan con 200 euros.
- Usar el móvil mientras se circula con una mano o bien con auriculares.
- Escuchar música con auriculares estando en circulación haciendo uso de un reproductor o simular.
- Sin luces, cuando se está obligado a ello: de noche o por pasos inferiores y túneles. Se deben llevar encendidas tanto la delantera como la trasera.
- No ceder el paso en un paso de peatones: como el resto, los ciclistas que circulen por la calzada deben detenerse ante un peatón en un paso señalizado. E igualmente cuando giren para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no haya paso.
- No respetar la prioridad en un cruce: los ciclistas tienen prioridad respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por un arcén debidamente señalizado. En el resto de casos deben respetar la prioridad de paso como establecen las normas de tráfico.
- Saltarse un semáforo, un ceda al paso o un STOP: circular en bici no exime a los usuarios de acatar las señales de tráfico, lo que incluye por ejemplo un semáforo en rojo o un ceda al paso al entrar en una rotonda o intersección.
- No señalizar una maniobra: los ciclistas están obligados a señalizar las maniobras que realicen, por ejemplo giros, cambios de sentido o cambios de carril. Las mismas se deben hacer con ambos brazos, tal y como específica el código de circulación.
- No llevar el casco cuando es obligatorio: en ciudad, para los menores de 16 años, y fuera de ciudad, para el grueso de ciclistas.
- No bajarse de la bici en un paso de peatones: en caso de que se vaya a cruzar un paso de cebra, dado que son exclusivos para peatones, es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando.
- No ir por el arcén cuando es posible: siempre que una calzada tenga un arcén transitable, los ciclistas están obligados a circular por el mismo. Además, siempre que haya un carril segregado, deberán circular por el mismo, aunque la multa es menor en este caso.