La DGT ha emitido un comunicado en el que avisa sobre cómo en los últimos tres meses han aumentado los positivos en controles de alcohol y otras drogas. Así, se ha pasado de un 35 % de positivos en controles preventivos realizados a un 50 %. En el caso de pruebas realizadas a conductores que habían sufrido un siniestro vial, ese porcentaje ha aumentado del 19 % al 23 %.
Esta semana se intensificarán los controles de drogas en carretera. Desde hoy hasta el 13 de diciembre, la Guardia Civil hará más controles con la idea de "evitar que conductores que hayan consumido alguna sustancia psicotrópica circulen por la red viaria", en palabras de la DGT.
Aunque este año se espera que haya menos comidas y cenas navideñas debido a las restricciones por la covid, la DGT sigue apostando por aumentar la vigilancia en este ámbito.
Así, los puntos de control se establecerán en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día. La idea es disuadir a los conductores de manejar vehículos bajo los efectos del alcohol o de otras drogas.
Alcohol y otras drogas en el coche, un combinado que puede ser mortal
Las drogas fueron la segunda causa de los siniestros viales mortales que se registraron el año pasado, con un 24 %, solo por detrás de la distracción, que continúa siendo el principal factor de riesgo de la conducción. Uno de cada tres conductores fallecidos en carretera había consumido alcohol u otras drogas.
De hecho, el alcohol y otras drogas constituyen un factor de riesgo que no sólo incrementa la tasa de incidencia de siniestralidad, sino también la gravedad de los siniestros viales, en parte debido a la falta de control que experimentan los conductores que circulan bajo los efectos de estas sustancias.
Por un lado, el alcohol afecta al sistema nervioso central incluso desde bajas tasas de concentración en sangre, y de hecho no permite conducir con seguridad.
Alcohol en sangre | Riesgo multiplicado | Efectos más comunes |
---|---|---|
0,15 g/l | por 1,2 | • Disminución de reflejos |
0,2 g/l | por 1,5 | • Error de apreciación en las distancias |
0,3 g/l | por 2 | • Excitación emocional • Disminución de la agudeza mental • Rejalación y sensación de bienestar • Deterioro ocular |
0,5 g/l | por 3 | • Aumento del tiempo de reacción • Inicio de la perturbación motriz • Euforia, distensión, falsa sensación de bienestar |
0,8 g/l | por 4,5 | • Estado de embriaguez o borrachera • Reflejos muy perturbados • Pérdida de control de los movimientos |
1,20 g/l | por 9 | • Embriaguez muy importante • Alteración de la coordinación y la visión • Disminución de la percepción del riesgo |
1,50 g/l | por 16 | • Embriaguez severa con notable confusión mental • Agitación psicomotriz y sensorial • Visión doble, actitud titubeante |
Por el otro, los efectos de otras drogas en el organismo suelen ser menos conocidos por el común de los conductores.
Tipo de droga | Ejemplos | Efectos más comunes |
---|---|---|
Depresoras | • Alcohol • Opiáceos • Derivados del cannabis • Psicofármacos (ansiolíticos, tranquilizantes, hipnóticos) | • Disminuyen la capacidad de reacción • Disminuyen la capacidad de atención • Disminuyen los reflejos |
Estimulantes | • Cocaína • Anfetaminas • Nicotina • Xantinas | • Falsa sensación de control • Falta de coordinación • Disminución de reflejos • Pérdida de capacidad visual y auditiva |
Perturbadoras o alucinógenas | • LSD (dietilamida de ácido lisérgico) • Drogas de síntesis • Hongos | • Alucinaciones • Cambios en la percepción de la realidad • Visiones imaginarias |
En resumen, qué dice la ley sobre conducción, alcohol y otras drogas
La Ley de seguridad vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, en función de su tipología:
Tipo de conductor | Límite en sangre | Límite en aire espirado |
---|---|---|
General | 0,5 g/l | 0,25 mg/l |
Novel (durante dos años) | 0,3 g/l | 0,15 mg/l |
Profesional | 0,3 g/l | 0,15 mg/l |
La ley también establece la prohibición de conducir con tasas de alcoholemia superiores a las permitidas, así como conducir con presencia de drogas en el organismo. En caso de incumplimiento, el conductor comete una infracción administrativa.
Sustancia | Tasa | Sanción |
---|---|---|
Alcohol | más de 0,25 mg/l hasta 0,50 mg/l | 500 euros y 4 puntos |
más de 0,50 mg/l | 1.000 euros y 6 puntos | |
Reincidentes | 1.000 euros y 4 o 6 puntos, en función de la tasa registrada | |
Otras drogas | presencia en el organismo | 1.000 euros y 6 puntos |
Por su parte, el Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.
Sustancia | Delito | Penas |
---|---|---|
Alcohol | Tasas superiores a 0,60 mg/l | Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. | |
Otras drogas | Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas | Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. |
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