La reforma de la nueva Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial que entró en vigor hace unos meses ha introducido novedades que buscan una mayor seguridad para los usuarios vulnerables, como los ciclistas.
Pero como el resto de conductores, los usuarios de Vehículos de Movillidad Personal (VMP) y bicicletas también deben conocer y respetar la normativa.
En este post vamos a recordar algunas de las normas de circulación que han de cumplir los ciclistas y que destaca la Dirección General de Tráfico (DGT), para una mayor seguridad de todos los conductores y usuarios de la vía, así como las sanciones correspondientes en cada caso por incumplirlas.
Los 16 preceptos principales que ha de cumplir un ciclista
El pasado 21 de marzo entraba en vigor la nueva ley de Tráfico con siete grandes modificaciones, enfocadas en las distracciones, la velocidad o los usuarios más vulnerables, entre lo que se encuentran los ciclistas.
En este sentido, la ley les concede ‘una de cal y otra de arena’: más protección de cara al resto de usuarios de la vía, pero también más responsabilidades (como la tasa de alcohol 0,0 para menores). Repasamos las normas enfocadas en los ciclistas que destaca la DGT:
1. Se puede llevar pasajero detrás y de hasta 7 años
Una de las normas que más dudas genera tanto a los ciclistas que acaban de empezar a circular, como a los más experimentados, es si se puede o no llevar a un niño como pasajero en bicicleta y cómo ha de hacerse para una mayor seguridad.
En bicicletas unipersonales solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, con casco acorde a la normativa, en un asiento adicional homologado situado detrás del conductor, y siempre que éste sea mayor de edad.
- Llevar incorrectamente a un niño en la bicicleta supone una multa de 100 euros.
- Si además se está en ciudad y no se lleva casco (obligatorio para los menores de 16 años y recomendable para el resto), la multa será de 200 euros. En el caso de los menores de 16, el importe debe ser abonado por los padres o tutores.
2. Uso del casco obligatorio en carretera, y en ciudad para los menores de 16
El casco de protección homologado es obligatorio para los menores de 16 años que circulan por la ciudad y para el resto de ciclistas de la urbe es “recomendable y siempre aconsejable”.
En carretera, el uso de casco homologado es siempre obligatorio para los ciclistas de todas las edades, salvo tres excepciones: en subidas prolongadas, por razones médicas justificadas o con calor extremo. Además, es fundamental ponérselo correctamente y llevarlo siempre abrochado para que no pueda salir despedido.
- De nuevo, recordamos que circular en bici sin casco cuando es obligatorio supone una multa de 200 euros.
3. El teléfono móvil, mejor guardado
Igual que sucede cuando vamos en coche, usar el teléfono móvil mientras conducimos una bici está totalmente prohibido. De igual manera, están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido, ya que según la DGT “limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones”.
- La multa por usar el teléfono móvil o auriculares mientas se circula en bici es de 200 euros.
4. Señalizar las maniobras es obligatorio
Además de la incorporación a la circulación, si vas en bici también es obligatorio señalizar las maniobras que se van a llevar a cabo como los giros, los cambios de sentido y de carril.
- La multa para un ciclista por no señalizar una maniobra es de 200 euros.
5. Advertir la frenada con suficiente anticipación
Relacionado con lo anterior, para advertir al resto de usuarios que va a realizar una frenada, el ciclista lo hará moviendo un brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos. Esta es una señal más que aconsejable para evitar alcances.
6. Por el carril bici, siempre que sea posible
Por seguridad, en ciudad y en carretera es siempre recomendable –no obligatorio– circular por los carriles bici siempre que estén disponibles.
Además, siempre será más seguro hacerlo por el centro del carril. Aunque esto aún no es obligatorio, es una propuesta que lleva tiempo encima de la mesa de los legisladores.
7. Tasa de alcohol 0,0 para menores
La tasa máxima general de alcoholemia para los conductores es de 0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro. Desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, se aplica por primera vez una tasa de alcohol 0,0 también a los usuarios de VMP y ciclistas, pero únicamente a los menores de edad.
Estos están obligados, como el resto de conductores, a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente. La sanción por dar positivo en un test de alcoholemia va desde los 500 a los 1.000 euros (según la tasa y la reincidencia).
8. Hazte visible
Tan importante como ver, es ser visto. Siempre que circulen de noche, en pasos inferiores o por túneles, los ciclistas deben llevar las luces encendidas delante y detrás para ver y hacerse visibles.
- En la parte delantera de la bicicleta, se ha de llevar una luz de posición blanca.
- En la parte trasera, una luz de posición roja y un catadióptrico no triangular del mismo color.
- Además, se pueden añadir catadióptricos color amarillo auto en los radios de las ruedas e incluso poner dos en cada pedal.
Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, también se deberá llevar una prenda reflectante (y visible a 150 metros) si se circula por vías interurbanas pero lo más recomendable es que siempre, a cualquier hora y en cualquier vía, se lleven prendas reflectantes que hagan más visible al ciclista.
- No llevar luces en los casos en los que la normativa estipula que es obligatorio supone una sanción de 200 euros.
- Circular sin reflectantes cuando sea obligatorio, puede suponer 80 euros de multa.
9. Cuándo tienen prioridad de paso los ciclistas
Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. En el resto de situaciones, deben respetar las prioridades de otros usuarios como establezcan las normas y las señales.
- Recordamos que no respetar la prioridad de en una intersección supone una multa de 200 euros para el infractor.
10. Los peatones siempre primero
Los ciclistas deben ceder el paso ante un paso para peatones debidamente señalizado y cuando giran para entrar en otra vía y hay peatones cruzándola, aunque no haya paso.
- No respetar la prioridad de paso de los peatones supone una sanción económica de 200 euros.
11. Los pasos de peatones, siempre andando
Relacionado con el punto anterior, hemos de recordar que para cruzar por un paso de peatones, es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando.
- No hacerlo puede suponer una multa de 200 euros si la autoridad del tráfico pertinente detecta este comportamiento.
12. Por la acera, ni patinetes ni bicicletas
Como sucede con las bicicletas, está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones.
Incumplir la normativa supone una sanción de hasta 100 euros.
13. Cuidado con las incorporaciones
Antes de iniciar la marcha, todos los ciclistas deben –como el resto de los conductores– observar la vía a la que se va a incorporar, comprobar que no circulan otros vehículos cerca o que se encuentran tan lejos que no hay peligro alguno para iniciar la marcha y señalizar la maniobra.
- Incorporarse de forma peligrosa puede suponer una multa de 200 euros.
14. Respetar siempre las señales y su prioridad
Como el resto de conductores, si circulamos en bici debemos conocer y respetar las señales del tráfico y la prioridad establecida entre ellas. Estas pueden ser tanto indicaciones de un agente de tráfico, como circunstanciales (cambiando el funcionamiento habitual de la vía) o además de fijas (semáforos, verticales o marcas viales).
Su objetivo siempre es el de advertir, informar, ordenar y reglamentar la circulación del tráfico para que los conductores reaccionen con la antelación necesaria ante una circunstancia específica de la vía.
15. En ciudad, dos ciclistas en paralelo como máximo
En ciudad, y en ausencia de carril bici, las bicicletas deben circular lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados. Y si van en grupo, podrán circular en columna de a dos como máximo.
- Circular en ciudad en grupos sin orden supone una sanción económica de 100 euros.
16. En carretera, mejor por el arcén
En carretera, los ciclistas deben utilizar el arcén de su derecha, si existe, para circular. Solo podrán abandonarlo en descensos prolongados en condiciones seguras.
Además, los ciclistas tienen permitido circular en filas de dos en carretera, orillándose todo lo posible a la derecha de la vía. En cambio, en tramos sin visibilidad (como curvas cerradas) y cuando formen aglomeraciones no podrán circular en paralelo y deberán colocarse en hilera.
- Ocupar la calzada cuando es posible circular por el arcén: 200 euros de multa.
- Circular en carretera en grupos sin orden: sanción de 100 euros.
Estas no son las únicas recomendaciones a tener en cuenta a la hora de circular en bicicleta, pero sí son algunas de las fundamentales. Conocer bien las normas, las señales de circulación y cumplirlas, sea cual sea el vehículo que conducimos, hará que la convivencia entre usuarios de la vía mejore y que evitemos muchos siniestros viales.