Madrid Central cambia para siempre la forma de concebir la movilidad en las grandes ciudades de España. Ya conocemos los requisitos básicos para acceder al centro de Madrid, pero hay casos muy específicos que van a tener que lidiar con la nueva Ordenanza de Movilidad al margen de lo que hagan los conductores en general. Por ejemplo, los talleres mecánicos de Madrid Central.
Cuatro vehículos diarios por cada plaza del taller
La nueva Ordenanza de Movilidad de Madrid permite el acceso a Madrid Central de un máximo de cuatro vehículos diarios por cada plaza de las instalaciones del taller mecánico donde puedan estacionarse los vehículos. Es decir, si el taller dispone de 15 plazas, cada día podrían acceder a sus instalaciones un máximo de 60 vehículos para reparar.
A este número se le añadirán cuatro vehículos más al día, por cada plaza del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) que tenga el taller mecánico, si forma parte del colectivo cualificado de titulares de talleres de reparación de vehículos del SER y tiene la debida autorización.
Con independencia de su categoría de clasificación medioambiental, todos los coches podrán acceder a los talleres hasta finales de 2019. A partir del 1 de enero de 2020, sólo podrán ir a talleres mecánicos de Madrid Central los vehículos que dispongan de alguna etiqueta medioambiental.
Mientras dure la fase informativa que comienza mañana, los conductores deberán mostrar a los agentes de Movilidad o de la Policía Municipal que se lo pidan, un justificante del taller que acredite la circulación del vehículo por la zona restringida.
Para acreditar la visita al taller en Madrid Central servirá, por ejemplo, un correo electrónico con la cita concertada por el conductor o bien la factura o el presupuesto de la reparación, si la circulación se realiza para abandonar Madrid Central.
Cómo pedir los permisos para un taller mecánico en Madrid Central
Los titulares de los talleres mecánicos deberán pedir permisos de acceso a partir del 8 de enero de 2019. El trámite se realizará, con cita previa, en las oficinas de Madrid Central (Bustamante, 16). La cita previa se puede pedir a partir del 10 de diciembre, bien en el teléfono 010 (915298210, para llamadas desde fuera de Madrid) o en la web del Ayuntamiento, marcando en el tipo de servicio “Movilidad”.
Ya en la oficina de Madrid Central, se dará de alta el taller en el sistema de gestión y control de accesos después de comprobarse por la Administración:
- Que el taller se encuentra inscrito (o ha solicitado su inscripción) en el Censo de Locales del Ayuntamiento de Madrid.
- Que el titular está dado de alta en el IAE.
- Que el local cuenta con una licencia de vado, y cuál es su número.
- Que el taller cuenta con plazas de estacionamiento, y cuál es su número, y que así consta en la licencia urbanística o en otra documentación acreditativa.