Una conductora esquivó 8.000 euros de multas tras ser cazada 80 veces por radares utilizando una matrícula falsa

Los Mossos d’Esquadra han denunciado penalmente a una conductora que se libró de pagar 8.000 euros de multas, el montante resultante de ser captada por los radares en 80 ocasiones, utilizando una matrícula falsa.

Tal y como relata el propio cuerpo policial catalán, el caso conllevó una larga investigación que arrancó en diciembre de 2019 y terminó el pasado 29 de enero determinando que durante dos años llegó a evitar el pago de sanciones por exceso de velocidad por un valor de 8.000 euros.

Para ello, utilizó un vehículo dado de baja en 2001 que portaba una matrícula diferente a la suya original. De hecho, la placa se correspondía a una marca y modelo diferente al visionado en las imágenes del radar, y relacionaron el vehículo con otra placa de matrícula en la que variaba un solo número, en concreto, cambiaba un '9' de la real por un '7' de la falsificada.

Un elemento que facilitó las pesquisas de los investigadores fue que el vehículo tenía unos tornillos en la placa de matrícula posterior, lo que dejó posibilitaba el reemplazo de esta.

Finalmente, la mujer fue informada de esta irregularidad y terminó siendo denunciada penalmente por un delito de falsificación de documento público. Aparte, la infractora deberá abonar 8.000 euros debido a los 80 expedientes abiertos por exceso de velocidad. Será el juzgado de guardia de Granollers el que se hará cargo de la instrucción de este hecho.

¿Qué sanción recoge la ley por manipular la matrícula?

Cabe recordar que, con el objetivo principal de supervisar que todos los vehículos que circulan por las carreteras españolas lo hacen con la ITV en regla, uno de los elementos más controlados por los agentes de Tráfico son las matrículas.

Sin ir más lejos, a finales del pasado mes de enero la DGT desarrolló una nueva campaña que puso los coches bajo lupa usando lectores de matrícula. Por ello, la obligación del conductor es "verificar que las placas de matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación", tal y como recoge el Artículo 9.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.

En el caso de que la matrícula sea ilegible, se considera una infracción grave que acarrea una sanción de 200 euros sin detracción de puntos; mientras que la multa asciende a 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos si la placa de la matrícula ha sido manipulada.

En cualquier caso, atendiendo a la legislación española, dependiendo de cómo se incoe el expediente también es susceptible de suponer una sanción por lo penal, según reza el artículo 392.1 del Código Penal:

"El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses".

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