La nueva Ley de Tráfico es inminente: seis puntos por usar el móvil y se mantiene el margen de 20 km/h para adelantar
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La nueva Ley de Tráfico es inminente: seis puntos por usar el móvil y se mantiene el margen de 20 km/h para adelantar

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La esperada reforma sobre la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial previsiblemente se aprobará hoy 30 de septiembre en el Congreso de los Diputados, ya en su texto definitivo y con las enmiendas propuestas incluidas.

La modificación contempla novedades en el carnet por puntos, nuevas medidas como obligar a los usuarios de patinetes eléctricos a llevar casco o la prohibición de rebasar la velocidad máxima en 20 km/h para adelantar en convencionales, entre las más destacadas. Esta última ha sido la medida que más polémica está suscitando.

Con el texto final ya aprobado, solo queda su tramitación en el Senado para que entren en vigor los cambios en la normativa y se comience a aplicar.

Rebasar el límite de velocidad para adelantar en convencionales, ¿sí o no?

El principal debate se centra en la eliminación de exceder el límite de velocidad en carreteras convencionales para adelantar. Actualmente se permite rebasarlo en 20 km/h, pero la DGT quería armonizarlo con la legislación europea. "No pasa nada por ir detrás de un camión", argumentó Pere Navarro.

Tráfico defiende que España es el único país de la UE donde se admite superar la velocidad marcada por la vía para adelantar, pero esta ante esta medida han presentado enmiendas varios grupos parlamentarios como el Partido Popular, Ciudadanos, PNV, ERC o Vox.

Según informaba Servimedia, esta medida iba a salir adelante y acabaría incluida en el texto definitivo, aunque finalmente no ha sido así.

Esta nueva norma ha sido criticada por diversas asociaciones de conductores y motoristas, pues consideran que atenta contra la seguridad vial.

Por ejemplo Automovilistas Europeos Asociados (AEA) señala que "es necesario muchas veces tener una reserva de potencia y terminar cuanto antes el adelantamiento".  Y desde Mutua Motera argumentan que ante un imprevisto, se debe poder "tanto frenar como adelantar".

¿Adiós a superar en 20 km/h el límite para adelantar a camiones en convencionales?

No obstante, hay posturas más equidistantes, como la Fundación Española para la Seguridad Vial (FESVIAL), pues valora que "hay argumentos para mantener la situación actual, pero son muchas más las razones de seguridad que aconsejan no rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en los adelantamientos".

Finalmente, el texto definitivo acepta que coches y motos puedan seguir superando los 90 km/h para adelantar a camiones, pues es el límite genérico de las carreteras convencionales. En las vías con separación física entre los dos sentidos de circulación la velocidad máxima fijada es de 100 km/h, más ese margen en adelantamientos.

Tanto camiones como otros vehículos pesados tienen marcado el límite a 80 km/h en este tipo de vía interurbana, y no pueden añadir ese margen de velocidad para adelantar.

¿Qué novedades incluirá la reforma de la Ley de Tráfico?

La nueva Ley de Tráfico es inminente: seis puntos por usar el móvil y adiós a superar el límite para adelantar

Más allá de la prohibición de rebasar la velocidad para adelantar en convencionales, en la reforma se incluyen novedades para algunas infracciones en lo que respecta a la resta de puntos del carnet.

También se se contemplan modificaciones para la recuperación de puntos del permiso, así como nuevas prohibiciones para las pruebas prácticas de obtención del mismo.

- Casco obligatorio para patinetes eléctricos: los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VPM) deberán usar este elemento de protección, que se sumará a las exigencias ya aprobadas a principios de año para este tipo de vehículos. La medida quedó fuera de esta normativa, pero se sumará ante las enmiendas presentadas por PSOE, Unidas Podemos, PP, PNV y Ciudadanos

- Seis puntos por conducir sujetando con la mano el teléfono móvil: actualmente supone la resta de tres puntos. No obstante seguirá siendo una infracción grave, por lo que se mantendrá la multa en 200 euros.

- Cuatro puntos por no llevar abrochado el cinturón: a lo que se suma no utilizar sistemas de retención infantil (sillitas) o utilizar el casco y otros sistemas de protección. Ahora estas infracciones están penadas con la pérdida de tres puntos. Igualmente seguirán siendo graves y la sanción seguirá en 200 euros.

- Tres puntos por llevar instalados detectores de radar: hasta la fecha, solo se sancionaba su uso, pero ahora también se penará simplemente equiparlo en el coche. Pasará a ser infracción grave y supondrá además 200 euros de multa.

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- Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para obtener el carnet de conducir o en cursos de recuperación de puntos: ya sea por asistir, o colaborar, con este tipo de comunicadores en los exámenes prácticos será considerado una infracción muy grave y acarreará una multa de 500 euros. Además, el candidato tendrá que volverse a presentarse a las pruebas en un plazo de seis meses. Tráfico defiende que suele ser un fraude habitual en este tipo de pruebas.

- Dos años sin cometer infracciones para recuperar los 12 puntos: se unifica el periodo para aquellos conductores que hayan perdido puntos y siempre que su saldo total de puntos del carnet de conducir no esté a cero.

- Se premiará con dos puntos adicionales la realización de cursos de conducción segura. Aquellos conductores que superen cursos de este tipo recibirán dos puntos extra, aunque siempre deberán tener un saldo positivo. El máximo se mantendrá en 15 puntos.

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