Sí, nos pueden multar por no repostar correctamente nuestro coche en una gasolinera.
La normativa exige que cumplamos ciertas directrices para esta tarea tan común como poco agradable para el bolsillo en los últimos tiempos a causa del precio elevado de la gasolina, el diésel y otros combustibles.
Si no lo hacemos nos puede caer una sanción o incluso dos, y no solo a nosotros como conductores, sino también al empleado que nos atienda en la estación de servicio.
Todo apagado
Según estipula en el Artículo 115 del Reglamento de Circulación, siempre que vayamos a repostar ya sea gasolina y diésel en el surtidor, para realizar la tarea el coche o vehículo tiene que:
- Tener apagado el motor.
- Tener apagadas las luces.
- E igualmente deben estar apagados sistemas eléctricos como la radio o sistema multimedia, así como cualquier dispositivo que emita radiación electromagnética, como el caso de los teléfonos móviles.
Si es el propio conductor el que va enchufar la manguera en el depósito para realizar el repostaje, es quien debe cuidar de cumplir estas exigencias. Si no lo hace, podrá ser sancionado.
No obstante, también el operario de la gasolinera debe chequear que todos estos elementos están apagados si va a ser quien reposte el coche. En caso de no hacerlo, la multa se la llevará él y no el automovilista.
Si bien es habitual que cuando vamos solos esto se cumpla, ya que apagamos por completo el coche y sacamos la llave mientras repostamos. No siempre es así si hay otro ocupante, ya que aunque se apague el motor si dejamos la llave en el contacto sin girarla por completo se quedarán encendidos algunos sistemas como el multimedia.
¿Por qué es así? El objetivo de estas medidas es evitar posibles incendios o explosiones, pues por ejemplo con un móvil si lo estamos usando mientras repostamos, puede haber contacto entre la radiación electromagnética y el vapor del combustible, pudiendo ocasionar estos peligrosos efectos cuando hablamos de una gasolinera.
Por ello así lo indican los carteles que suele haber en las gasolineras, en los que aparecen tachados todos estos elementos que debemos tener apagados o bien no usar durante este proceso.
Hasta 160 euros en multas
En el Codificado de Sanciones de Tráfico encontramos dos infracciones, que computan como leves, relacionadas con incumplir estas medidas, siendo idénticas o bien para conductores o bien para los operarios de las estaciones.
- Repostar con el motor encendido: 80 euros de multa (40 euros con pronto pago).
- Repostar sin estar apagadas las luces o los sistemas eléctricos del coche (radio, sistema multimedia, navegador etc.): 80 euros de multa (40 euros con pronto pago).
Hablamos por tanto de dos infracciones diferenciadas, por lo que nos pueden sancionar o bien por una de ellas, o bien por las dos.
De esta manera, si cometemos ambas infracciones nos pueden sancionar con hasta 160 euros con la suma de ambas, o de 80 si nos atenemos al pronto pago (abonar la sanción en los siguientes 20 días a la notificación).