Goodbye, British drivers! España da nueve meses de plazo a los conductores afectados por el Brexit para que canjeen su carnet

Goodbye, British drivers! España da nueve meses de plazo a los conductores afectados por el Brexit para que canjeen su carnet
4 comentarios

No sólo los fabricantes se preparan para un Brexit duro. Tras los anuncios sobre cierres de plantas por parte de Ford y de Honda, llega el momento de ver cómo afectaría, o afectará, la salida del Reino Unido de la Unión Europea en otros ámbitos del automóvil. Por ejemplo, en lo que concierne a los conductores británicos que circulan con su permiso de conducción fuera de su país.

En previsión de un Brexit duro, que nadie sabe si llegará antes de abril, España ya ha publicado el Real Decreto-ley 5/2019, "por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea".

Y este Real Decreto-ley de nombre interminable establece, entre otras muchas cosas, lo siguiente:

Artículo 22. Permisos de conducción.

  1. Los permisos de conducción, válidos y en vigor, expedidos por las autoridades británicas habilitarán a sus titulares a conducir en nuestro país durante un plazo de nueve meses, desde la fecha de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. Durante ese plazo, quienes reúnan los requisitos establecidos en la disposición adicional segunda del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, podrán canjear su permiso de conducción, siempre que se mantenga el sistema actual de verificación de los mismos, en las condiciones previstas para los permisos expedidos por Estados miembros de la Unión Europea, todo ello conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de tráfico.
  2. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, el régimen de los permisos de conducción expedidos por las autoridades británicas será el previsto para los permisos expedidos en terceros países, en los términos regulados en la normativa vigente en materia de tráfico.

Cómo canjear el permiso de conducción británico en España

Canje Permiso Conducción Brexit

Esto significa que los permisos de conducción expedidos por las autoridades británicas que se encuentren en vigor serán válidos para conducir por España solamente durante un plazo de nueve meses, contados a partir de la fecha en la que el Reino Unido oficialice su abandono de la Unión Europea.

Durante ese plazo, los británicos podrán proceder al canje del permiso de conducción como lo hace cualquier conductor de un Estado miembro de la Unión Europea, siendo preciso solicitar cita previa para canje de permiso de conducción europeo. La documentación que deberán aportar es la siguiente:

  • Solicitud en impreso oficial.
  • Acreditación de identidad y residencia, con DNI, NIE o Pasaporte en vigor y cualquier otro medio de prueba que se solicite por la Jefatura de Tráfico, para acreditar la residencia.
  • Permiso de conducción comunitario: original en vigor y fotocopia.
  • Fotografía actualizada original de 32 x 26 mm, realizada de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona.
  • Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico, cumplimentado y firmado.
  • Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del permiso que posea.
  • Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.
  • Tasa de 28,30 euros.

Pasados esos nueve meses de plazo, los permisos de conducción británicos sólo servirán para conducir por España de forma temporal durante seis meses, igual que sucede como norma general con los permisos de conducir extranjeros. Esos seis meses comienzan a contar desde la entrada del conductor en España o bien desde la obtención de la residencia legal en nuestro país.

A partir de ese momento, los conductores británicos deberán proceder al canje de su permiso de conducción si desean continuar circulando por España, y lo harán como conductores de terceros países. En ese caso es necesario solicitar cita previa para canjes de permisos de conducción, y aportar la misma documentación que en el caso anterior, más un informe de aptitud psicofísica elaborado por un centro de reconocimiento de conductores, que se encargará de hacerlo llegar a la Jefatura Provincial de Tráfico.

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Comentarios cerrados
    • El tratamiento que se hace de los carnets extranjeros (me refiero al que se hace de facto) es un cachondeo y esto no es más que papel mojado.
      La realidad es que ni el tato cumple la norma y los que tienen que hacer cumplirla pasan de todo. Y lo mismo con los coches con matrícula extranjera aunque aquí son un poco más rígidos.

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    • Avatar de kikocastro Respondiendo a kikocastro

      Y no solo en España. Yo mismo he tenido carnets en tres paises. Uno de ellos simplemente lo canjee al momento, sin ningun examen de ningun tipo. En otro me hicieron un test de 20 preguntas absurdas (del estilo de si se puede adelantar por el arcen) en un ordenador.

    • Me parece absurdo que España se adelanta a las resoluciones de la UE. España tiene varias condenas por tribunales europeos por querer obligar los ciudadanos de la UE convalidar sus permisos de conducir. La normativa de UE en este caso es muy clara y indiscutible, cualquier documento oficial expedido en un país comunitario es válido en todo el territorio de la UE sin restricciones. Creo que España debería esperar que resolución en este caso adopta la UE. Llevo viviendo en España más de 26 años y nunca canjeado mi permiso de conducir aún que tuve algunos problemas sobre todo con los cuerpos de los policías autonómicos pero enseñándoles las resoluciones de tribunales europeos (se pueden bajar de internet) han dejado de insistir sobre el canje de permiso de conducir. Que alguien me explique como puedes sacarte la tarjeta de tacógrafo con un permiso de un país comunitario y luego cuando conduces tu coche particular te piden un carnet convalidado. El desconocimiento de algunos cuerpos de la policía de las normativas europeas es más que evidente. Es increíble que un ciudadano de la UE tiene que enseñar a la policía cuales son sus derechos cuando debería ser al revés. Pagamos la policía con nuestros impuestos para que protege nuestros derechos y no para que los restringe.

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    • Avatar de scania Respondiendo a scania

      No es una convalidación sino que es un canje directo sin ningún tipo de restricciones y a mi me parece muy bien. Te asisten los mismos derechos (poder conducir) y las mismas obligaciones, es decir que si a mi me quitan puntos de mi carnet por utilizar el móvil a ti también te los tienen que quitar, pero si vas con un carnet de holanda, por poner un ejemplo, ¿como te los retiran?

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