El uso del móvil y las distracciones han sido señalados por la DGT como los principales causantes de siniestros viales y caballo de batalla en materia de concienciación. Hace dos años el director de la DGT, Pere Navarro, puso sobre la mesa la obligatoriedad de activar el modo coche en el teléfono móvil mientras conducimos, y su última intervención ha ido un poco más allá.
Navarro ha puesto el foco en las aplicaciones que, al estilo Waze, Social Drive o de forma más reciente, Google Maps, avisan de la presencia de radares y controles policiales y que según el organismo, deberían limitarse.
Coto a los chivatazos de controles policiales
Durante una rueda de prensa en A Coruña y con motivo de la Semana de la Movilidad, Navarro ha expresado su voluntad de "impedir, dificultar o limitar" el uso de estas app 'chivatas', que por otro lado se han convertido en toda una red social para conductores.
Una de las principales razones que ha esgrimido es la de la peligrosidad de alertar de la presencia de patrullas policiales; una conducta que puede desmontar un operativo policial y permitir que un conductor huya de un delito.
Así, se ha posicionado a favor de reformar la ley para limitar su uso e incluso sancionar a aquellos usuarios que informen de los controles en las vías de circulación. Sin duda, un complejo procedimiento jurídico que ha tenido su precedente en Nueva York, pero no ha conseguido salir adelante.
Curiosamente, el 2017 la DGT se incorporó al programa 'Connected Citizens Program' de Waze para intercambiar datos de tráfico de usuarios con la compañía. Por entonces, el organismo consideraba que esta app "de alto valor añadido" posibilita una gestión más inteligente que los Centros de Gestión de Tráfico efectúan tanto en la detección como en la transmisión de incidentes "para mejorar la fluidez y la seguridad de la circulación".
Hasta ahora, el uso de un avisador de radar que consulte la base de datos de la DGT y de otros organismos es legal, pero ojo: no lo es el uso de inhibidores de radar. Estos dispositivos bloquean la acción del radar a través de una señal, y su uso está penado con 6.000 euros y 6 puntos.
Tampoco es legal el uso de detectores de radares; aquellos que identifican la frecuencia del radar y avisan al conductor de su presencia. La multa por conducir un vehículo que utilice este tipo de mecanismos es de 200 euros, por infracción grave, y su utilización conlleva aparejada la detracción de 3 puntos del permiso de conducción.
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