Señal V12: la clave para que los vehículos de pruebas puedan circular a 150 km/h de forma legal en España

Los vehículos prioritarios, como una ambulancia o un coche de la Guardia Civil, pueden circular a una velocidad superior a la permitida e incumplir otras normas de tráfico, como un ceda el paso o un semáforo, siempre que se encuentren en un servicio de emergencia y lo indiquen mediante señales luminosas y acústicas.

Pero hay otra excepción a la regla y no nos referimos a las pruebas deportivas que tengan lugar en tramo cerrado, como un rallye, sino a la señal V12 que se utiliza para hacer pruebas en carretera abierta por parte de fabricantes, carroceros y laboratorios oficiales.

Hay que solicitar permiso

El Artículo 47 del Reglamento General de Vehículos contempla esta excepción para superar en 30 km/h la velocidad máxima a la que se puede circular legalmente en España, es decir, para conducir a un máximo de 150 km/h sin riesgo a llevarse una multa de 100 euros sin pérdida de puntos.

Muchos fabricantes utilizan las carreteras españolas para poner a prueba sus coches antes de llevarlos a producción, especialmente en ciertas zonas, como Sierra Nevada.

Casi siempre lo hacen con unidades que esconden su diseño con un vinilo de camuflaje, por eso llaman mucho la atención, pero también despiertan la curiosidad del resto de conductores porque suelen circular más rápido de la cuenta.

Para poder hacerlo de forma legal, los fabricantes o laboratorios oficiales que lleven a cabo estas pruebas deben pedir una autorización en la que venga reflejada la velocidad máxima a desarrollar, que en ningún caso puede ser superior a 30 km/h sobre la normalmente autorizada. Los ensayos tampoco pueden tener lugar en vías urbanas.

Según señala el Artículo 47 del reglamento General de Vehículos, ese permiso especial se tiene que pedir con tres días de antelación: “Los fabricantes de vehículos, cuando realicen pruebas especiales o ensayos que impliquen exceso de velocidad, solicitarán la realización de aquéllos con un plazo mínimo de antelación de setenta y dos horas, a fin de que se dispongan los servicios especiales que se estimen oportunos”.

Una vez conseguido el permiso, los vehículos autorizados deben llevar placas de matrícula en regla y dos señales V12, es decir, dos placas rojas con las letras F.V., una en el frontal y otra en la parte trasera.

La autorización se debe pedir a la DGT, ya sea de forma presencial o telemática. Pueden solicitarla fabricantes de vehículos o sus representantes legales, carroceros,  laboratorios oficiales o centros de investigación sobre vehículos o infraestructuras de carreteras, así como Importadores, vendedores o distribuidores de vehículos de motor, ciclomotores, remolques o semirremolques, con establecimiento abierto en España para cualquiera de estas actividades.

Excepcionalmente, la DGT contempla que puedan solicitar esta autorización aquellas entidades que no pertenezcan a ninguna de estas categorías, pero participen o colaboren en una prueba o ensayo de investigación extraordinario que esté llevando a cabo alguna entidad que sí cumpla los requisitos para la solicitud de la autorización.

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