Comienza la cuenta atrás para la prohibición total de los coches sin etiqueta en la ciudad de Madrid: en tres meses, a partir del 1 de enero de 2024, los automóviles sin distintivo de la DGT no podrán circular.
Aunque no serán todos los coches sin etiqueta, al menos hasta 2025, y además hay un buen grueso de excepciones. Sea como fuere Madrid se encamina a ser una ZBE al completo como ya ocurre en Barcelona y su área metropolitana (aunque en su caso sólo en determinados días y a ciertas horas).
¿Qué coches sin etiqueta NO podrán circular por todo Madrid desde enero?
Desde el próximo 1 de enero no podrá circular por cualquier calle y carretera del término municipal de Madrid ningún coche sin etiqueta que no esté empadronado en la ciudad. Esto amplía el veto que ya se aplica en la M-30 y en la almendra central madrileña.
Los coches sin distintivo sí que podrán circular por la Comunidad de Madrid y resto de municipios, a menos de que lo prohíban en sus respectivas ZBE: hay más de 20 localidades de la región que deben aplicarlas por ley.
Sólo los registrados en Madrid hasta el diciembre de 2021. Y ojo, que no vale con registrarse ahora: sólo se libran del veto los coches que estuvieran dados de alta en el padrón de la ciudad antes del 1 de enero de 2022, que es cuando comenzó Madrid ZBE. Es decir, los que como mínimo y desde entonces paguen el impuesto de circulación o numerito en Madrid capital.
¿Qué se considera Madrid capital? Se considera como término municipal de Madrid cualquiera de sus 21 distritos y sus respectivos barrios, así como la circunvalación urbana M-30. De momento no se ha detallado si la autovía de circunvalación M-40 (que también parte algunos distritos) se incluye en este veto, ya que es de titularidad estatal y quién sanciona en esta vía es la DGT.
¿Qué coches no tienen etiqueta? La clasificación de distintivos medioambientales de la DGT, y hasta que supuestamente se revisen, dependen de la norma Euro del motor del automóvil, variando si es diésel o gasolina:
- Los gasolina que no cumplen la normativa Euro 3 o anterior, normalmente matriculados antes de 2000 (Euro 0, Euro 1 y Euro 2).
- Los diésel que no cumplen la normativa Euro 4 o anterior, usualmente los matriculados antes de 2006 (Euro 0, Euro 1, Euro 2 y Euro 3).
¿Qué coches SÍ que podrán circular por Madrid a partir de enero?
- Todos los coches que sean etiqueta B, C, ECO y CERO no tienen restricción alguna, excepto los B y C en la ZBE de Distrito Centro (antes Madrid Central). Hay que tener en cuenta que siempre prevalece la zona más restrictiva.
- Los coches sin etiqueta que estén empadronados en Madrid, siempre que estuvieran dados de alta en la ciudad antes del 31 de diciembre de 2022.
Y luego en Madrid ZBE hay dos excepciones permanentes, independientemente de su etiqueta y a los que nunca se les prohibirá circular incluso cuando lleguemos a la última fase de Madrid ZBE en 2025:
- Coches de movilidad reducida. Ya sean adaptados para el transporte de este tipo de usuarios (taxis, VTC etc.), o bien los pertenecientes (adaptados o no) a una persona con movilidad reducida y que sea titular de la tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR). Esta tarjeta se puede solicitar aquí y con este trámite ya se tendrá acceso sin restricciones tanto a Madrid ZBE como a las de ZBE de especial protección: Distrito Centro y Plaza Elíptica.
- Coches históricos. Aquellos automóviles que estén matriculados como históricos, siempre podrán circular por Madrid indefinidamente incluso cuando los sin etiqueta no puedan circular al completo (incluyendo los empadronados en Madrid). Sí que tienen restricciones, u obligaciones, en cuanto al estacionamiento. A finales de este año, o principios de 2024, la DGT lanzará un nuevo reglamento para matricular un coche como histórico, con un proceso más sencillo, menos costoso y con menos exigencias.
¿Y las motos, furgonetas y camiones sin etiqueta?
Cualquier vehículo sin etiqueta, que no sea un coche, podrá seguir circulando por Madrid durante todo 2024. Esto incluye a las motos y los ciclomotores, los vehículos de transporte de mercancías (camiones, furgonetas etc.) así como los colectivos de pasajeros (autocares, autobuses etc.).
Esto será así hasta el 31 de diciembre del próximo año, ya que desde el 1 de enero de 2025 la prohibición a los sin etiqueta también se extienden a cualquier vehículo y no sólo a los coches.
Sólo quedarán exentos en este caso los que estén adaptados para personas de movilidad reducida, así como los matriculados como históricos. También los vehículos de extinción de incendios o de fuerzas armadas.
¿Cómo se va a controlar y multar?
La gran pregunta, siempre. De momento el Ayuntamiento no ha detallado cómo se va a realizar este control en todo Madrid, pero se entiende que en algún momento será automatizado como ya ocurre en las zonas ya restringidas a los coches sin etiqueta.
Casi 260 cámaras en la M-30 y la almendra central. El consistorio acaba de poner en marcha 257 cámaras con lector OCR para vigilar los accesos indebidos a la actual Madrid ZBE. Eso sí, no multarán hasta enero de 2024 pese a que los sin etiqueta no pueden circular en la M-30 desde enero de este 2023 y en su zona interior desde 2022 (antes de la instalación de las nuevas cámaras controlaban los accesos los semáforos foto-rojo). Las cámaras vigilan únicamente estas dos zonas, pero no todo Madrid.
Si no hay cámaras más allá de la M-30, ¿no me van a multar desde enero de 2024? No necesariamente. Como ha ocurrido en las otras fases de Madrid ZBE hasta que esté listo el dispositivo de control automatizado, los agentes municipales son los que controlan que se cumpla la norma.
¿Cuál es la multa?
Desde marzo de 2022, los accesos indebidos a las ZBE se multan con 200 euros, pasando a ser una infracción grave de la DGT. Con reducción se queda en 100 euros (pagando la multa en los 20 días siguientes tras la notificación).Nunca conlleva resta de puntos.
Esta misma sanción se aplica cuando no se cumplen con las restricciones de protocolos por elevada contaminación, lo que incluye igualmente a los de Madrid.