En 2001, el Tribunal de Defensa de la Competencia multó a Repsol con tres millones de euros por obligar a las estaciones de servicio de la marca a fijar sus precios.
El matiz legal es el siguiente: las estaciones de servicio actúan como revendedores, no como agencias a comisión, asumiendo riesgos como por ejemplo el no vender toda la mercancía adquirida. Por tanto, según la Audiencia Nacional, Repsol no puede fijar los precios sino que debe permitir que cada una los establezca.
Según la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES), esta sentencia redundará en mejores precios y servicios para el usuario final. Por nuestra parte, los usuarios finales nos lo tomaremos con esperanza, aunque con cierto escepticismo.
Vía | Terra Motor