El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la ordenanza de movilidad Madrid Central "por defectos formales" y "por la omisión del trámite de información pública", estimando de forma parcial los recursos presentados por el actual Gobierno regional (Partido Popular) y por la asociación DVuelta Asistencia Legal.
Los magistrados han tomado la decisión "sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación".
Posible anulación de todas las multas
Lo de Madrid Central es uno de esos temas cíclicos que traen cola desde que el Gobierno de Manuela Carmena lo aprobara en octubre de 2018. Si hace un mes el juzgado número 24 de Madrid dictó una sentencia que anulaba la moratoria temporal de las multas en Madrid Central, y por tanto apuntalando el proyecto estrella de la exalcaldesa, ahora las tornas cambian.
Según ha determinado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Madrid Central no es válido ya que se omitió el trámite de información pública.
Quedan así anulados los artículos 21, 22, 23,24 y 25 de la ordenanza, que regulan precisamente la Zona de Bajas Emisiones. ¿Qué implica esta medida? En el caso de que la sentencia sea firme, todas las multas impuestas se anularán. No obstante el fallo es recurrible, y es más que probable que así sea.
Según la web del Ayuntamiento, el primer punto que se llevó a cabo a la hora de desarrollar la nueva Ordenanza de Movilidad fue el de "consulta pública (proceso de consulta, debate y opiniones de los ciudadanos y organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados)".
Sin embargo, el Gobierno regional considera que no ha habido espacio a alegaciones ni a un proceso informativo justo para la población.
El máximo órgano judicial en el ámbito territorial de Madrid también estima que la ordenanza carece de memoria económica.
Hace poco más de un mes dos juzgados de Madrid anularon definitivamente la suspensión de multas en Madrid Central por retroceder en las normas medioambientales, sentenciando que "la protección a la salud y el medio ambiente deben regir la actuación de los poderes públicos".
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