Controles "fijos y móviles" en carretera para frenar el coronavirus y evitar el colapso del sistema sanitario

Controles "fijos y móviles" en carretera para frenar el coronavirus y evitar el colapso del sistema sanitario
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El Gobierno ha decretado el estado de alarma en España -que entró en vigor anoche- durante 15 días para evitar que nuestro sistema sanitario colapse a causa del coronavirus. La cosa parece estar bastante clara: es imparable, casi todos lo acabaremos pasando, pero el aislamiento y la responsabilidad individual pueden evitar que nuestros hospitales acaben absolutamente desbordados.

En este escenario, el Ministerio del Interior establecerá, a partir ya mismo, controles policiales fijos y móviles en carreteras, espacios públicos y redes de transporte.

Controles en las carreteras y posibles sanciones

Estado Alarma

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para gestionar la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 o coronavirus.

Se trata del primer nivel de tres herramientas constitucionales para situaciones de emergencia: el estado de alarma, el de excepción y el de sitio.

Una de las medidas que se han tomado es que los cuerpos policiales van a establecer controles de seguridad fijos y móviles, "tanto en las vías y espacios públicos como en la red de transporte, y en particular en aquellos lugares o franjas horarias que específicamente se puedan ver afectados por las restricciones que se acuerden, para asegurar la observancia de las medidas limitativas de la libertad ambulatoria".

De hecho, la orden dictada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, contempla sanciones para aquellos que incumplan el estado de alarma, y ya se están viendo sanciones a ciclistas.

No obstante, "en la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se tendrá en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario, así como la de permitir la movilidad del personal perteneciente a entidades dedicadas a la prestación de servicios esenciales o al abastecimiento y distribución de bienes y servicios de primera necesidad", recoge la orden.

Qué implica el estado de alarma

  • ¿Qué comunidades están afectadas? Toda España.
  • ¿Qué duración tiene? 15 días naturales, aplicables desde anoche, 14 de marzo.
  • ¿Qué autoridades quedan ahora bajo las órdenes del Gobierno? Según establece el Real Decreto, los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales quedarán bajo las órdenes directas del Ministro del Interior en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.

También el Sistema Nacional de Protección Civil. Además, se podrá requerir la actuación de las Fuerzas Armadas.

El repostaje en gasolineras está permitido

Gasolinera

El Artículo 7 del Real Decreto establece uno de los puntos más importantes de este estado de alarma: limitar la libertad de movimientos y circulación. Desde hoy quedan prohibidas las actividades recreativas y deportivas tanto en gimnasios como al aire libre y se ha ordenado el cierre de bares, restaurantes, parques o museos, entre otros.

Solo en estos casos está permitida la circulación en vías públicas:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

Únicamente se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

El apartado 4 establece además que el Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.

Cabe recordar que la DGT, que ha suspendido todos los exámenes prácticos y teóricos en España, levantó el viernes las restricciones a la circulación de vehículos de transporte de mercancías para garantizar el suministro de bienes esenciales y abastecimiento a las ciudades.

Este punto es importante; desde el sector del transporte de mercancías hacen un llamamiento a esa población que está realizando compras compulsivas en los supermercados (que pueden ser, por otro lado, un foco de contagio): no va a haber desabastecimiento, y el hecho de que los supermercados se queden sin existencias provoca que los transportistas tengan que trabajar el doble.

El Ministerio de Sanidad asegura el suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, y podrá intervenir u ocupar transitoriamente industrias, o locales de cualquier naturaleza, incluidos los de titularidad privada.

España registra en estos momentos 7.753 contagiados (de los cuales 3.544 pertenecen a Madrid), 288 fallecidos y 517 altas hospitalarias.

En resumidas cuentas, evita viajar si no es necesario y quédate en casa en la medida de lo posible para proteger al resto. El objetivo es evitar que nuestro sistema sanitario colapse.

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