BlaBlaCar se enfrenta a su primera multa en Europa, y lo hace en Madrid

«La Comunidad de Madrid impone a BlaBlaCar su primera sanción en Europa», por carecer de autorización para el servicio de transporte público. Además, ha abierto expedientes contra dos de sus conductores. Así lo ha publicado hoy el periódico ABC, citando como fuente de su información al director general de la Consejería Transportes de la Comunidad de Madrid, Pablo Rodríguez Sardinero.

Rodríguez ha explicado que su departamento seguirá inspeccionando a los conductores de BlaBlaCar, y ha lanzado un aviso a la empresa, según el cual BlaBlaCar "tendrá que cambiar su metodología si quiere funcionar en España". Por su parte, BlaBlaCar no ha tardado en emitir un comunicado en el que matiza las informaciones publicadas.

Según ABC, se trata de dos infracciones de carácter muy grave y grave, por vulnerar los artículos 140.2 y 141.7 de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre. Las multas serían de 4.001 euros y 801 euros, respectivamente.

El lucro, como base de la sanción contra BlaBlaCar

La Consejería de Transportes basa sus sanciones en el lucro que según sus investigaciones obtienen los conductores. BlaBlaCar no cuenta con una autorización para trabajar en el sector, pero según la Consejería queda "constatado" que "el importe total cobrado (...) por los trayectos realizados se excede del importe resultante de compartir los gastos del trayecto entre los diferentes viajeros".

Durante el mes de agosto, los conductores recibieron la notificación por la incoación de los expedientes y presentaron alegaciones negando el lucro. Estas fueron desestimadas por la Consejería. En este sentido, BlaBlaCar ha insistido en la legalidad de las actividades realizadas por los conductores:

Las aportaciones recibidas por los conductores a través de la plataforma no superaron nunca sus costes de desplazamiento, al ser inferiores a 14 céntimos de euro por kilómetro. Lejos, por ejemplo, de los 28,02 céntimos que establece el Observatorio del Transporte y la Logística en España ("OTLE"), dependiente del Ministerio de Fomento, que ha fijado en diversas ocasiones la estructura de costes del transporte privado.

Si se confirmara la multa a BlaBlaCar, sería la primera vez que este servicio de coche compartido es sancionado en Europa por permitir lucro de forma ilegal.

Además, la plataforma de coches compartidos ha explicado que "no ha recibido ninguna notificación de la incoación de ningún expediente en su contra", y que "esta misma mañana" han confirmado con "fuentes de la Consejería de Transportes" que "los expedientes administrativos contra los usuarios mencionados siguen pendientes de resolución, por lo que no se ha impuesto ninguna sanción".

Siendo así las cosas, no se entenderían las informaciones sobre las desestimaciones de las alegaciones presentadas por los dos conductores afectados, y de hecho en BlaBlaCar ya dan por hecho que las sanciones no prosperarán: "Entendemos que al final no habrá sanción para nadie. Es un error de interpretación", han declarado a ABC.

Por otra parte, la empresa ha recordado que los procedimientos administrativos (entre ellos, los sancionadores) no tienen carácter público, por lo que revelar y difundir sus contenidos "constituye una grave infracción del deber de confidencialidad de los que intervienen en los procedimientos". Por todo esto, fuentes de BlaBlaCar ya han pedido una reunión con las autoridades de transporte de la Comunidad de Madrid "con objeto de aclarar esta situación".

BlaBlaCar y la guerra del transporte de viajeros

BlaBlaCar actúa como intermediario entre los usuarios que quieren compartir los gastos de un viaje, y obtiene a cambio el 20 % de lo que paga cada pasajero.

BlaBlaCar se define como "una red social de viajes en coche compartido", y resalta que su plataforma "permite que dos usuarios contacten para realizar desplazamientos compartiendo gastos, sin ánimo de lucro". También defienden que "no es una empresa de transporte, ni los servicios que presta puedan considerarse una modalidad de transporte terrestre sujeta a la LOTT", por lo que se resisten a entrar en el mismo saco que el resto de operadores, como los taxis o los autobuses.

Desde que aterrizara en España, hace ya más de seis años, BlaBlaCar ha topado con las reticencias del sector del transporte de viajeros, que amparándose en la ley reclama para la plataforma de coches compartidos una regulación equiparable a la que tienen los profesionales del sector. Por su parte, el Ministerio de Fomento amenazó en su momento a los conductores de este tipo de servicios, por lucrarse sin estar autorizados para ello. BlaBlaCar siempre se ha escudado en el carácter no lucrativo de sus afiliados y en el carácter alternativo de las rutas que cubren para defender la legalidad y la viabilidad de su negocio.

"Compartir los gastos de un viaje está previsto en la LOTT, dentro de la figura de transporte privado particular", recuerdan en BlaBlaCar.

En el caso de las posibles sanciones que hoy se han dado a conocer, BlaBlaCar explica que ha colaborado con las autoridades administrativas "en todo momento" y que "siempre ha cumplido escrupulosamente la ley vigente" en los 21 países en los que opera. "Ni la compañía ni ninguno de sus más de 3.000.000 de usuarios ha recibido sanción alguna", insisten.

Claramente, se trata de un diálogo de sordos en el que cada una de las partes reclama que lo suyo es lo correcto y que lo que hace el contrario es incorrecto. Para el sector del transporte, avalado por la Consejería en el caso de Madrid, BlaBlaCar realiza transporte de viajeros y no cumple con lo estipulado en la ley. Para BlaBlaCar, en cambio, lo que hacen los conductores no es una actividad lucrativa y por tanto no se les puede considerar profesionales del transporte. No se trata de una situación sencilla, por lo que hasta que no exista una clara resolución al respecto estaremos ante un agrio debate de posiciones antagónicas y difícilmente conciliables.

En Motorpasión | La fiscalidad de los ingresos de Blablacar: haciendo cuentas con Hacienda | ¿Se puede multar por compartir el coche?

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