En los últimos días han circulado varias informaciones que afirmaban que en 2022 sería obligatorio presentar el resguardo del seguro para pasar la ITV. Pero la patronal de las ITV lo acaba de desmentir: no habrá cambios en la documentación a aportar para pasar la inspección.
Así lo señala la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) en un comunicado, en el que se niega la obligatoriedad de presentar este justificante y que esté contemplada modificación alguna en la documentación obligatoria.
Algo que es lógico, pues a fin de cuentas supondría sumar una traba para pasar la inspección. Algo que no va de la mano precisamente con evitar el absentismo de este trámite obligatorio, que en España es uno de los más elevados de Europa y según esta entidad roza actualmente el 40 %.
No se va a requerir "más documentación que la que actualmente se solicita"
Como recuerda AECA-ITV, "la normativa está diseñada con la finalidad de que el conductor cuente con el mayor número de facilidades posibles a la hora de realizar la ITV para agilizar el proceso y que resulte cómodo para él".
Así, esta asociación remarca que, el año que viene no se va a requerir "más documentación que la que actualmente se solicita" para pasar la inspección.
Una aclaración que pretende "resolver las dudas ocasionadas a lo largo de la última semana y clarificar cualquier tipo de información errónea que se haya publicado al respecto", haciendo referencia a esas falsas informaciones que se han difundido en las últimas semanas.
Para que no haya ninguna duda, hace hincapié precisamente en presentar el justificante acreditativo del seguro obligatorio de responsabilidad civil del vehículo para acudir a la ITV, lo cual no es necesario actualmente ni lo será en 2022.
Lo que sí recuerda la patronal de las ITV es que para pasar la inspección sí que es necesario que el vehículo esté asegurado. Pero como ha venido ocurriendo hasta ahora, esto lo comprueban las propias estaciones cuando se acude a la inspección a través del Registro de la DGT.
Por otro lado, precisamente para reducir el absentismo, AECA-ITV propuso en septiembre exigir por ley tener la ITV en regla a la hora de contratar o renovar el seguro del coche o vehículo. No obstante se trata de una medida meramente propuesta que, de momento, no se ha contemplado ni hecho efectiva.
Qué documentos son necesarios para pasar la ITV
De esta manera la documentación a aportar cuando se acude a la inspección será la misma que se ha venido solicitando esta la fecha. Y es la siguiente.
- Ficha técnica: también denominada tarjeta de inspección técnica o tarjeta de la ITV. En la misma se recogen las especificaciones técnicas del vehículo, donde se reflejan las características específicas homologadas del mismo, así como las posibles transformaciones que se le hayan realizado y legalizado.
- Permiso de circulación: este documento vincula el vehículo con su propietario. En éste se recogen los datos fundamentales del vehículo como su marca, modelo, número de matrícula, número de bastidor, tipo, fecha de matriculación o número de plazas, además de los datos personales del titular a nombre de quien esté matriculado.
Además en algunas provincias también se requiere el DNI y para los vehículos de empresa se ha de aportar el CIF. Por otro lado, algunas situaciones especiales requieren de más documentación.
Por ejemplo aquellos vehículos que hayan sufrido un daño relevante en un accidente en elementos como la dirección, la suspensión, la transmisión, el sistema de frenado o en la estructura autoportante en los puntos de anclaje deberán presentar un informe de las reparaciones.
AECA-ITV recuerda además que, en el caso del permiso de circulación, se admite también fotocopia compulsada o "una nota simple de antecedentes previamente emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico".
Por otro lado, en caso de no poder presentar este documento, las estaciones realizan la consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico para comprobarlo. En definitiva, incluso es posible acudir sin este documento si se ha extraviado o se está en proceso de trámite, siempre y cuando se haya solicitado a Tráfico.
Más allá de la inspección en sí, ambos documentos (ficha técnica y permiso de circulación), se encuentran entre la documentación obligatoria que ha de llevarse siempre en el coche o vehículo.
No hacerlo supone una infracción leve y está penado con hasta 100 euros, no implicando la resta de puntos del carnet de conducir.
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